Con el interés de aportar a la reflexión que se adelanta al interior de la comunidad forense en torno a la construcción de la Perspectiva Forense como epistemología de lo forense por un lado y como guía metodológica del ejercicio práctico de nuestro que hacer forense por el otro, este artículo pretende develar algunas de las tareas que la Perspectiva Forense tiene frente a las Violencias Basadas en el Género (VBG) en Colombia, teniendo en cuenta que las VBG en sí misma es una categoría de análisis reciente del comportamiento humano y de las relaciones asimétricas entre lo femenino y lo masculino.
Antecedentes de las Ciencias Forenses
No es equivocado afirmar que existe un conflicto entre los orígenes de las ciencias forenses y la exigencia que las violencias basadas en el género hacen a los actuales sistemas forenses tanto nacionales como internacionales. Recordando que lo forense es todo aquello que está en función del foro, es decir del juicio, tenemos que decir que las ciencias forenses o lo forense estará compuesto por todo conocimiento fruto del desarrollo científico de la humanidad, pero también de los conocimientos empíricos de un determinado oficio o arte que se convierten en conocimiento experto, y en el marco del foro obrarán como auxilio a la administración de justicia, lo cual estará reglamentado para Colombia en el artículo 408 del código de procedimiento penal (Congreso de la República, 2021, p. 906)
Una de las áreas emblemáticas de la ciencias forenses ha sido la medicina forense o medicina legal, cuyo surgimiento y desarrollo ha estado estrechamente vinculado al apoyo de la administración de justicia, en un contexto de ideas determinadas y para una época específica (Hernández, 2013). Es así como el rastreo de sus antecedentes se remonta hasta el año 2700 a.C., cuando se documentó la importancia de Imhotep médico, arquitecto y la más importante autoridad judicial del rey Zoser en Egipto. De igual manera cada cultura que ha desarrollado la escritura ha dejado documentado a lo largo de su historia el nacimiento y desarrollo de los antecedentes de la medicina legal en particular y de las ciencias forenses en general.
Algunos de los antecedentes que hoy hacen parte de la historia reconocida y aceptada de las ciencias forenses son el código de Hammurabi en 1700 a.C., en Babilonia; el código de los Hititas en 1400 a.C., que reconocían la relación entre la medicina y la ley; posteriormente las doce tablas que hablaban de la duración del embarazo y la responsabilidad de los enfermos mentales con una vigencia de 9 siglos a partir del 451 a.C.; el código Justiniano en el 529 a.C., que regulaba la práctica médica, la cirugía y la obstetricia; el código Hsi Yuan Lu en el siglo XIII en China escrito por un juez chino el cual clasificaba las lesiones de acuerdo con el instrumento causante y la gravedad de las lesiones. Es hacia el siglo XV cuando la medicina legal empieza a tomar un poco más las formas conocidas en nuestra época, como la aparición de los peritajes médico legales entre otras cosas; en 1532 Carlos V promulga el código Carolino donde le da la tarea explicita a los médicos de ser auxiliares de los jueces. Será en 1575 cuando el médico francés Ambrosio Paré publica lo que se reconoce como la primera obra de medicina legal para el mundo occidental. Entre 1602 y 1635 Fortunato Fedele y Paulo Zacchia publican diversas obras por las que se les considera los padres de la medicina legal moderna (Téllez, 2014), (Vargas et al., 2009), (Hernández, 2013), (Cañadas, 2004).
Será en los siglos XVI y XVII con la invención del microscopio en 1590 y la publicación de la primera anatomía humana moderna por Andreas Vesalius hacia 1543 por un lado, y por el otro la construcción de códigos penales que reconocen y reclaman el apoyo de los médicos para el estudio del daño en el ser humano en clave jurídica, en el contexto del renacimiento más el impulso de la imprenta, es en medio de este cruce de variables socio-históricas, donde surgen las ciencias forenses y en particular la medicina legal como una disciplina aparte. Su formalización y desarrollo tiene lugar en el siglo XVIII con la aparición de las primeras cátedras de medicina legal, en 1789 en Nápoles, en 1794 en París, en 1802 en Berlín, en 1803 en Edimburgo, Viena en 1805, Madrid en 1843, Bogotá con un primer intento en 1826 que se afianzó y se regularizó en 1867 (Téllez, 2014), (Vargas et al., 2009). Será en el siglo XIX cuando se afiance la medicina legal y aparezcan otras ciencias afines en clave forense como la toxicología y los aportes de la antropología, entre otras áreas del conocimiento.
La discusión que nos aporta el conocimiento de la historia del surgimiento y desarrollo de las ciencias forenses en general y en particular de la medicina legal tiene que ver con el hecho de que el origen primario de esta rama de la medicina está asociada al estudio e interpretación del daño biológico en el ser humano a nivel celular, para ser traducido en clave penal. Por lo tanto, de los 400 años de existencia de la medicina legal, los últimos 200 años se han expresado en términos de daño y reparación celular primaria, en concordancia con los desarrollos del concepto de daño en el ámbito jurídico.
A esta relación de la biología y daño jurídico se suman los desarrollos en el estudio del comportamiento humano, la intensión del delincuente y su capacidad de ser consciente de las conductas que se definen como delictivas en un momento y lugar determinado; esta valoración y evaluación de la conciencia, la intensión y la voluntad humana, también tiene sus propias raíces históricas, siendo sus orígenes más recientes con la aparición de la frenología en el siglo XIII (Arias G. & Arias G., 2018), hasta la identificación y estudio de entidades tan complejas como el “Trastorno Mental Transitorio con Base no Patológica” (Betancur, 1980), este autor nos recuerda los importantes aportes que han dejado los estudiosos de la intención y conciencia humana mientras indagan sobre la inimputabilidad como (Sotomayor Acosta, 2007) y (Asúa, 1997), entre mucho otros.
El problema que propongo radica en que los desarrollos sobre el conocimiento del individuo, del ser humano como especie, las complejas relaciones sociales y desarrollos tecnológicos, exigen ampliar la base objetiva para el análisis en medicina legal y en general de las ciencias forenses, ya que el daño y reparación celular primaria siempre será indispensable pero a la vez insuficiente para dar cuenta de toda la complejidad de las diferentes formas de violencia y sus múltiples efectos que a su vez se han venido consagrando en derechos humanos dinámicos y políticas criminales que se ven obligadas a responder a las complejas situaciones sociales.
Retos Modernos de las Ciencias Forenses
Ya no basta con la medicina, se requiere de la psicología, la sociología, la antropología, la toxicología, la genética, la química, la bacteriología, igualmente de la física, la lingüística y muchas otras áreas del conocimiento humano incluyendo diversos oficios y artes del vasto campo de la producción social. Es una realidad cada vez más evidente y apremiante que las ciencias forenses sin dejar de responder al derecho penal pueden y deben responder a otras áreas del derecho no solo para la tasación de las penas y las indemnizaciones, si no para aportar a la reparación de los derechos, al estudio de los conflictos sociales que derivan en las diversas formas de violencia que se convierten en un reto para el estado y para la sociedad en general; además de la construcción de políticas públicas encaminadas a la superación de dichos problemas, no solo a través de la política criminal del país, sino, a través de las políticas públicas que pretender garantizar los derechos humanos.
Por todo lo anterior podemos empezar a identificar algunas de las características de la moderna perspectiva forense, la cual deberá ser dinámica, corresponder a una opinión colectiva de expertos de diferentes disciplinas y, necesariamente, estar sustentadas en un fuerte proceso de investigación. Como es de esperar existirán diversas posturas frente a las ciencias forenses y su papel frente a las VBG, este crisol de posturas deberá ser el sustrato para el desarrollo disciplinar de una perspectiva forense frente a las VBG. En el entendimiento actual de las ciencias forenses en Colombia se difiere de la clasificación que hacen los mexicanos del ejercicio forense cuando se hace una distinción del derecho como criterio, clasificando la medicina legal en: penal, civil, laboral, de los seguros entre otras; y a partir de criterios más médicos como criminalística, tanatología, patología forense, toxicológica, psiquiátrica y laboral (Vargas et al., 2009), de igual manera encontraremos diferencias entre nuestros desarrollos forenses con los de otras latitudes, situación que lejos de ser problemática, se convierte en el sustrato de la discusión internacional para el desarrollo conceptual y metodológico de la Perspectiva Forense.
De cara al desarrollo de una perspectiva forense frente a las VBG es posible que los desarrollos en la concepción sobre la salud y la enfermedad por un lado y los desarrollos de los derechos humanos por el otro, sean los pilares que puedan aportar una base material, una guía científica al desarrollo de las ciencias forenses y, por supuesto, una política criminal adecuada frente a los diferentes tipos de violencia y en particular frente a las VBG.
De estas dos áreas de conocimiento, será la conceptualización sobre la salud y la enfermedad el aspecto más material, es decir el polo a tierra de este binomio salud - derechos humanos; una forma correcta de abordar los conceptos de salud - enfermedad será como “…cambiantes y dependen de las personas y de los contextos desde donde se conceptualizan” (Catalán & Talavera, 2012); los autores refieren que esta conceptualización inicia como una definición de salud por oposición a la enfermedad, es decir la ausencia de enfermedad, este punto de vista con antiguas raíces en el conocimiento humano, encuentra en el desarrollo tecnológico del siglo XIX la base material mediante la descripción de la célula y los microorganismos para hablar de normalidad y, por ende, de lesión.
Posteriormente a consecuencia de la gran sacudida que en todos los terrenos de nuestra existencia como especie produjeron las dos guerras mundiales la definición de salud integró los conceptos de bienestar físico, mental y social, es así como en 1946 la Organización Mundial de la Salud, en su carta de constitución, define salud como “…el estado de completo bienestar físico, mental y social y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades”(Organización Mundial de la Salud, 1946), la cual es aún la definición oficial vigente.
Después con la creciente migración de la población del campo a la ciudad, más la industrialización vertiginosa, el crecimiento acelerado de la población mundial y los problemas de relación e interdependencia con nuestro entorno que ha develado esta transformación planetaria, se ha propiciado el terreno fértil para un nuevo desarrollo del concepto de salud, el cual ha integrado el equilibrio con el entorno y la adaptación al mismo, además de la capacidad de funcionamiento de nuestro organismo. Una vez más siguiendo la línea de desarrollo, se amplía el concepto de salud integrando la conducta del individuo y los estilos de vida como respuesta a la prolongación de la expectativa de vida con la necesaria aparición de las enfermedades crónicas que ponen de manifiesto la importancia de la prevención de la enfermedad y mejora de la salud. Los desarrollos más recientes tienen que ver con la integración de una visión multicausal del proceso salud – enfermedad, por lo cual se habla de una salud como desarrollo personal y social, como una salud holística e integral.
Hoy, desde un enfoque integrador y convergente, podemos decir que la salud es uno de los mayores bienes del ser humano y que se inscribe en todas las dimensiones de nuestra existencia. Por eso se puede hablar de salud física, salud emocional, salud mental, salud social, salud espiritual, salud laboral, salud económica, salud ecológica.
En la definición de esa nueva base material para las ciencias forenses colombianas, se debe considerar la multiplicidad de enfoques desde los que se aborda la salud, además, la elección del enfoque deberá tener en cuenta la capacidad para objetivar el daño a la salud, de tal manera que sea el marco justo para la positivización de los derechos y si es del caso para la tipificación del delito y que a la vez permita la agilidad del proceso penal en particular y en general del desarrollo moderno de lo forense. Esta preocupación de la perspectiva forense frente a las violencias de género la compartimos con otros sistemas forenses, como sucede por lo menos con algunas personas afines al ejercicio forense en España (León et al., 2010).
Las limitaciones prácticas para abordar al mismo tiempo y de manera compleja a todos los componentes de la salud, nos obligará abordar la situación por partes.
“La existencia de un concepto múltiple de salud, así como de diferentes enfoques teóricos acerca de la misma y los modelos derivados, no es de ninguna manera un inconveniente para la intervención en salud, ni confunde la misma. Es tarea del analista en salud determinar cuál es el modelo más adecuado en cada momento y en cada individuo o comunidad. Sería imposible aplicar el mismo modelo de salud a un individuo que tiene un trastorno mental leve que al que tiene una enfermedad crónica musculo esquelética, o al que no tiene ningún problema” (Acosta, 2011)
Esta base más terrenal estará aparejada con los desarrollos de los derechos humanos en calidad del mejor horizonte posible, durante el proceso de positivización de estas máximas morales que surgen y se instauran en nuestra historia tan recientemente gracias a la conquista de dos premisas fundacionales, una que reconoce que todos los integrantes de nuestra especie somos humanos y la otra que reconoce el carácter universal de los derechos humanos; es decir que somos humanas y humanos con iguales derechos. Los desarrollos de esta nueva forma de vernos los unos a los otros, cobra vida oficial el 26 de agosto de 1789 con la declaración de los derechos del hombre y el ciudadano (Jellinek & Jellinek, 2000), la cual ha sido influyente en los orígenes de muchos desarrollos normativos, como es el caso de las políticas y normas genero sensitivas que encuentran sus orígenes en esos primeros pasos. Es así como este horizonte ha conversado con la evidencia de múltiples investigaciones y diversidad de hechos sociales brindando herramientas para la discusión y toma de decisiones. En particular para la comprensión que hoy en día tenemos de las Violencias Basadas en el Género el desarrollo de los derechos humanos de las mujeres ha sido una de las premisas fundamentales, los cuales tienen su origen en la crítica que hacen las mujeres que participaron en la revolución francesa luchando por una nueva declaración que incluyera a la mujeres de manera explícita como sujetos de derechos (de Gouges, Olympe, 1789), el segundo hito en clave derechos humanos será la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948, más los desarrollos posteriores de manera particular frente a la protección y desarrollo de los derechos de las mujeres (Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, 2002), con un largo listado de convenciones, protocolos, declaraciones y resoluciones junto con las instituciones e instrumentos que permiten la implementación, defensa y desarrollo normativo entorno a los derechos de las mujeres.
Desarrollos de la Perspectiva Forense
Ahora entendemos en retrospectiva que la pretendida Perspectiva Forense como epistemología ha indagado por el daño y reparación celular primaria para ser expresados en clave jurídica por un lado y por otro ha dado cuenta de la intensión y la conciencia de quienes comenten los delitos; lo cual se ha traducido metodológicamente en baremos que permiten clasificar, graduar y asignar valores al daño anatómico y/o funcional, igualmente identifica patrones que señalan la correlación entre la conducta delictiva y el daño, entre otras cosas.
Por lo menos desde principios del siglo XXI se ha empezado a hablar de la Perspectiva Forense para dar cuenta de las nuevas aplicaciones forenses desde disciplinas y ciencias que hasta el momento no se habían utilizado como apoyos en la administración de justicia o para dar cuenta de los avances de lo que ya se venía haciendo; los nuevos desarrollos aportan elementos para la construcción epistemológica y metodológica de las modernas ciencias forenses.
Algunos de los nuevos desarrollos que aportan a la construcción epistemológica involucran disciplinas como el trabajo social que habla de la interpretación no solo a través del análisis del discurso, sino, “…la interpretación de los contextos de vida, de los signos y símbolos que comportan identidad para la persona…” (Miguera, 2019); otras disciplinas y ciencias diferentes a la anatomía, la biología y fisiopatología como la estadística, la antropología y en general las ciencias sociales que dan cuenta del comportamiento humano y las relaciones sociales con la pretensión de develar el comportamiento violento y sus efectos en la salud de las personas (Vayá, 2011); una característica obligada de esta nueva epistemología sería la interdisciplinariedad (Rodríguez Jorge & Loy Vera, 2016), (Miceli et al., 2020), además del constante intercambio, enriquecimiento e integración de los diferentes sistemas forenses que se han desarrollado en el mundo (Ogloff et al., 2000), sin dejar de reconocer la importancia del individuo, en este caso la experiencia en el ejercicio forense y la formación interdisciplinar del profesional forense (Sastrón & Rodríguez, 2003), además de la constante investigación de todo lo que hasta el momento tenemos (Gómez-Gómez et al., 2007).
Pero también contamos con desarrollos que aportan a la construcción metodológica como los obligados desarrollos de la informática forense que sistematiza procedimientos rigurosos (Muñoz & Samper, 2015); los continuos avances en la identificación de los individuos a través de las huellas que deja nuestro paso por el mundo macroscópico (Nataraja Moorthy & Sulaiman, 2015) y por el mundo molecular (Arroyo-Cruzado, 2014), etc.
Desarrollos Forenses y Violencias Basadas en el Género
En el ámbito nacional, la veta de esta Perspectiva Forense frente a las VBG tiene origen en la firma de todos los tratados, convenciones y demás documentos bilaterales que reconocen los derechos humanos como derechos inalienables de todos los seres humanos; contando con un bloque de constitucionalidad que reconoce algunas de estas normas internacionales en igualdad de importancia que nuestra propia constitución como lo faculta su artículo 93 (Asamblea Nacional Constituyente, 1991).
La positivización del horizonte normativo para las VBG se ha venido incorporando como derechos fundamentales consagrados en la Constitución, como tipos penales en el código penal y las leyes genero sensitivas del espectro de la política criminal colombiana, como evidencia de un compromiso creciente con la erradicación de todas las formas de violencia y discriminación, contra todos los habitantes del territorio nacional, incluyendo la erradicación de la violencia contra la mujer. Especialmente, durante las últimas tres décadas, se han venido sancionando leyes que pretenden generar las condiciones para el cumplimiento de esta meta tan importante y necesaria.
A la par con el desarrollo normativo internacional y nacional el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (INMLyCF) ha venido desarrollando diferentes instrumentos y una cultura institucional como respuesta a una preocupación histórica por las violencias contra la mujer que se ha venido concretando en un Modelo de Atención para las Violencias Basadas en el Género en Clínica Forense (Hoyos & Moreno, 2012) el cual contempla como parte de sus objetivos específicos la visibilización, el respeto y la adecuada atención a las víctimas de las violencias basadas en el género. Igualmente, desde hace una década el Instituto cuenta con reglamentos técnicos, guías y protocolos para el abordaje de las víctimas de violencia de pareja, delito sexual, violencia intrafamiliar y víctimas de feminicidio; además de 104 años de experiencia de enfrentar los diferentes tipos de violencia a lo largo de un siglo tan convulsionado para la historia de nuestro país.
Siguiendo con el rastreo de los aportes a una perspectiva forense hacia las VBG tenemos que el Instituto hace parte del Sistema Integrado de Información sobre Violencias de Género (SIVIGE) de Colombia, que tiene como objetivos específicos, entre otros:
“…Identificar y visibilizar la dimensión de las violencias de género>[1], así como sus principales manifestaciones; Identificar y monitorear factores de riesgo asociados a cada tipo de violencia de género, de manera que las instituciones puedan promover acciones de prevención, atención, protección y reparación que se enfoquen en esos factores de riesgo; Caracterizar las violencias de género a través de los tipos, ámbitos, modalidades, frecuencia y medios utilizados para ejecutar la violencia con el propósito de diseñar una respuesta institucional efectiva…” (Minsalud, 2019)
Otras experiencias valiosas que han aportado tanto a los participantes como al Instituto mismo es la estrategia de Puntos Focales de Género que se perfilo como grupo de apoyo a la dirección institucional para desarrollar la política de género plasmada en el modelo ya mencionado; además para aportar al desarrollo conceptual y práctico de la atención diferencial con enfoque de género y perspectiva de derechos humanos se resalta la construcción de la guía para la valoración del riesgo en violencia de pareja y su puesta en práctica en por lo menos una docena de ciudades en el país, el desarrollo de un observatorio de violencia en la ciudad de Buenaventura, las publicaciones estadísticas y de análisis de la violencia contra la mujer como el caso del Masatugó, una línea de investigación en violencia sexual, entre muchos otros proyectos y actividades.
Otro de los desarrollos importantes fue la implementación del Sistema de Información en Clínica Forense (SICLICO) que ha permitido una mejor captura de los datos de las violencias de nuestro país. Es así como la mejora de los datos con la pregunta por la preferencia sexual, la posibilidad de marcar el tipo concreto de violencia, el tipo de agresor, entre otras variables e indicadores, ha permitido la construcción de los análisis estadísticos que pasan a ser la base científica para las políticas públicas, incluyendo la política criminal del país (Velandia, 2017). Otra reconocida importancia de la captura del dato es el soporte científico para las organizaciones civiles, como en el caso particular del movimiento de mujeres que se han organizado entorno al apoyo de las víctimas de las agresiones con ácidos por ejemplo, para la ONG Reconstruyendo Rostros, y así muchos otros sectores de la sociedad civil han encontrado en los análisis estadísticos de las diferentes formas de violencia la concreción de lo que ya venían sintiendo y viviendo, las herramientas para expresar su malestar y convertir en palabras sus necesidades.
Por estas vías se han recibido aportes sustanciales en el desarrollo de la perspectiva forense frente a las VBG de Colombia como lo son identificar, visibilizar, caracterizar y monitorear las violencias basadas en el género, a las víctimas y sus factores de riesgo, los cuales se suman a los que ya hemos identificado como el carácter dinámico, la transición hacia opiniones colectiva de expertos en diferentes disciplinas, y una mayor exigencia para estar sustentados en un fuerte proceso de investigación.
Son todos estos desarrollos conceptuales y experiencias diversas las que han venido dando lugar a la posibilidad de que el sistema forense colombiano pueda pronunciarse frente a las VBG tomando la distancia ontológica necesaria de los requerimientos exclusivos del derecho penal, en especial cuando este tendrá su propio ritmo de actualización frente a las exigencias de las diversas formas de violencia de nuestra sociedad, eso sí, en clave de derechos humanos, por lo cual la relación entre las ciencias forenses en general y los derechos humanos es en doble vía, en un primer sentido serán los derechos humanos el horizonte para el desarrollo de la perspectiva forense y en sentido contrario será el ejercicio forense la base material para la positivización y aprensión de tales derechos.
De igual forma, la medicina legal en particular también tendrá una relación en doble vía con los desarrollos sobre la conceptualización sobre el proceso salud enfermedad. En una vía serán los nuevos horizontes del concepto de salud los que permitan ampliar la base material de análisis de la medicina legal y en sentido contrario será la investigación forense del daño en los diferentes componentes de la salud la que arroje los resultados para objetivar los indicadores de tales concepciones sobre la salud.
Es de resaltar que todo este desarrollo comprensivo se encarna en un sistema forense igualmente dinámico que avanza en medio de múltiples tensiones entre las exigencias de la sociedad colombiana, los sistemas de justicia y la comprensión disciplinar al interior del sistema forense, concretado principalmente en la evolución del INML y CF de Colombia que a partir de su nacimiento con la Ordenanza número 45 de la Asamblea de Cundinamarca del 16 de julio de 1894 (Téllez, 2014) ha pasado por varias etapas desde una práctica empírica, poco sistematizada, sin mucho apoyo en la investigación de la realidad nacional, con instancias poco articuladas a lo largo de la división administrativa del Estado a través del territorio nacional, en medio de la transición de un sistema penal inquisitivo a uno acusatorio.
Como lo expresa Ricardo Mora en (Téllez, 2014), es con el artículo 27 transitorio de la Constitución Nacional de 1991 como parte de la modernización del Estado colombiano a partir del cual se logra la unificación del Sistema Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses en general y en particular del INML y CF, adquiriendo el carácter de establecimiento público, característica que pocos sistemas forenses en el mundo poseen, además de facilitar el desarrollo vertiginoso en las siguientes dos décadas, con fortalezas administrativas y de recursos que han permitido una mejor sistematización, análisis y publicación de los datos de la violencia en Colombia. Esto ha dado lugar a instancias administrativas que se han ocupado de manera activa por las VBG como es el caso de la Subdirección de Servicios Forenses y el Grupo Nacional de Clínica y Odontología Forense, y a una organización político administrativa en regionales y seccionales que buscan la cobertura del territorio nacional; además de un Sistema Único Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses que tiene como tarea articular a todas las instituciones e instancias nacionales con responsabilidades forenses en el país, e incluso ahora puede contar con el valioso análisis de una dependencia de asuntos étnicos en el Instituto.
Perspectiva Forense, Genero y Violencia de Género
Ahora que tenemos la certeza de contar con un sistema forense nacional fortalecido, moderno y a la altura de los desarrollos teóricos y normativos nacionales e internacionales entorno a las VBG y los derechos de las mujeres, nos debemos plantear la pregunta ¿cuál es la tarea de la Perspectiva Forense frente a las VBG?
Para responder empecemos por sintetizar lo que comprendemos hasta este momento sobre la Perspectiva Forense: la propuesta para la discusión al interior de la comunidad forense es asumir la Perspectiva Forense como la epistemología de las ciencias forenses, es decir la forma en que lo forense conoce y da cuenta de sus objetos de estudio y opiniones periciales por un lado, y por el otro como la guía metodológica del quehacer cotidiano de lo forense; si se llegara aceptar esta visión seguiría pendiente una definición para lo cual propongo definir la Perspectiva Forense como el ejercicio de objetivar para el estado, una forma de violencia determinada, la dinámica de dicha violencia y por supuesto sus efectos en unas víctimas particulares ya sean individuos o colectivos, con el fin de proporcionar una base material u objetiva al derecho penal y a la reparación de los diferentes derechos humanos vulnerados durante el ejercicio de la violencia estudiada[2] (INMLyCF, 2021).
Suponiendo que fuera aceptada tanto la concepción como la definición de la Perspectiva Forense, la siguiente pregunta que nos debemos hacer es ¿cómo se objetivan las Violencias Basadas en el Género?
Es aquí donde debemos acudir al Género como categoría de análisis social diferenciándolo del sexo, siendo este último la base biológica del género, es decir, la base material entorno a la cual se construyen y se desarrollan el conjunto de relaciones sociales entre lo femenino y lo masculino; el sexo compuesto por la diferenciación genética y fenotípica, que imprimen diferentes énfasis a lo femenino y a lo masculino, no siempre ha estado claramente diferenciado para el conocimiento humano, la historia de nuestra compresión sobre esta dimensión material en la que existimos los seres humanos inicia reconociendo - en términos de nuestro conocimiento actual - un solo sexo; por supuesto se reconocía al hombre como el modelo y lo femenino como lo menos perfecto, lo defectuoso o lo invertido en comparación con dicho modelo (Laqueur, Thomas, 1994).
Esta arqueología de la historia de nuestro conocimiento nos demuestra que si bien no siempre hemos reconocido lo femenino y lo masculino como entidades independientes con características particulares, si es cierto que, siempre ha sido un motivo de preocupación, discusión y acción de nuestra existencia material; una vez reconocemos nuestra base biológica dicotómica e irreductible entre lo femenino y lo masculino se inicia nuestro estudio con nuevos componente como en el siglo XVIII donde se estudia a la mujer como categoría con vida propia (Tardón Recio, 2017). Nos hemos acostumbrado a ver esta base biológica/material de nuestra existencia desde la contradicción, desde la asimetría de poder, pero la verdad es que las relaciones sociales que construimos sobre esta particularidad de nuestra existencia material nos aporta fenómenos deseables y maravillosos como la gran diversidad sexual fruto del tránsito entre los extremos del espectro que existe entre lo femenino y lo masculino; nos aporta además un espectro donde construimos identidades individuales y colectivas, pero además nos aporta elementos para la percepción subjetiva o la simbología que tenemos del mundo y de nosotros mismos (Hawkesworth, Mary, 2006).
Por supuesto la dimensión que nos interesa en este momento es la dimensión de las relaciones asimétricas entre lo femenino y lo masculino como la fuente de las Violencias Basadas en el Género y en especial de la violencia contra la mujer; para lo cual debemos evitar adjudicar al género una fuerza explicativa para dar par paso a su capacidad como herramienta analítica, ya que nos proporciona conceptos, definiciones e hipótesis que guían la investigación y evidencian las intrincadas interrelaciones de sistemas de símbolos, preceptos normativos, estructuras sociales e identidades subjetivas que se dan en relaciones de género culturalmente específicas, históricamente determinadas, las cuales son creadas, sostenidas y transformadas (Hawkesworth, Mary, 2006).
Entendiendo lo que nos aporta la autora, el género será pues el conjunto de relaciones sociales que construimos y transformamos de una manera determinada en un momento determinado, por lo tanto, la Perspectiva Forense debe dar cuenta de las condiciones históricas de la relación entre lo femenino y lo masculino, que se plasman en sistemas culturales, cosmovisiones, sistemas normativos, que a su vez dan fruto a identidades colectivas e individuales y a formas subjetivas de interpretar el mundo entre otros, además de parámetros de relacionamiento entre hombres y mujeres; pero además esta perspectiva deberá tener la capacidad de develar la situación comparativa entre hombres y mujeres, para lo cual se requiere construir las variables e indicadores que puedan dar cuenta de esta comparación, adicionalmente estará obligada a realizar análisis desde los intereses particulares de las mujeres y a develar el papel activo que tuvieron estas en su propia historia (Scott et al., 2012); dicho análisis comparativo no puede perder de vista que no solo se es mujer u hombre, también se tiene una edad determinada, se ocupa un lugar determinado en la sociedad, se pertenece a una clase, a una raza, a un sistema cultural determinado, etc. Vivimos en sociedades estructuradas por relaciones de poder, pero dichas relaciones son variables por lo tanto las categorías analíticas que estructuran la investigación deben reflejar esta variabilidad (Benavides, 2004).
En resumen, estamos construyendo una Perspectiva Forense frente a las VBG que tiene como tarea objetivar las relaciones asimétricas entre lo femenino y lo masculino como fuente de todas las violencias de género. Sabemos que esta perspectiva deberá ser dinámica, se materializará con la opinión colectiva de expertos en diferentes disciplinas las cuales estarán respaldadas en un constante y riguroso proceso de investigación; esta perspectiva forense tendrá la tarea de interpretar no solo a través del análisis del discurso, sino, interpretar los contextos de vida, los signos y símbolos que comportan las identidades personales y colectivas, con el fin de dar cuenta del daño que se presenta en los diferentes componentes de una salud holística e integral y que vulneran los derechos que comprendemos hoy en día; de esta manera la Perspectiva Forense develará el comportamiento violento y sus efectos en la salud de las personas. Para lograr este fin debemos trabajar en una mayor interdisciplinariedad del ejercicio forense, además del constante intercambio, enriquecimiento e integración de los diferentes sistemas forenses internacionales, igualmente debemos trabajar por una formación interdisciplinar y holística del profesional forense que le permita hacer uso de los desarrollos metodológicos como la sistematización de procedimientos rigurosos, aplicación de los diferentes desarrollos tecnológicos, conceptuales y normativo fruto del continuo proceso de investigación.
Todo esto con miras a cumplir de una mejor manera los desarrollos en términos de derechos humanos como por ejemplo garantizar una atención diferencial con enfoque de género y perspectiva de derechos humanos que permita la visibilización de las víctimas de VBG y el tipo de violencia, a través de un proceso basado en el respeto, sin dejar de lado la Identificación y monitoreo de los factores de riesgo asociados a cada tipo de violencia de género que permitan emitir opiniones periciales colectivas que aporten a las acciones de prevención, atención, protección y reparación de las víctimas. Por otro lado, que la captura de los datos aporte al fortalecimiento de los sistemas nacionales de información con miras a caracterizar las violencias de género a través de los tipos, ámbitos, modalidades, frecuencia y medios utilizados para ejecutar la violencia con el propósito de diseñar una respuesta institucional efectiva, igualmente que permitan proporciona conceptos, definiciones e hipótesis que guían la investigación y evidencien las intrincadas interrelaciones de sistemas de símbolos, preceptos normativos, estructuras sociales e identidades subjetivas que se dan en relaciones de género culturalmente específicas, históricamente determinadas.
Si bien hemos avanzando a pasos agigantados en el desarrollo de este tipo de Perspectiva Forense frente a las VBG, es importante reconocer que aún queda un largo camino por recorrer en el proceso de objetivar los diferentes tipos de violencias basadas en el género que suceden a lo largo y ancho del territorio nacional; de esto nos damos cuenta cuando nos enfrentamos a casos que se salen de la normatividad genero sensitiva vigente como por ejemplo los casos de Mutilación Genital Femenina/Ablación en el contexto de la jurisdicción especial indígena y la infiltración de biopolímeros (Alogenosis Iatrogénica) en la jurisdicción ordinaria, frente a los cuales la Perspectiva Forense aún no tiene mucho para decir en términos de violencia de género (Quintero, Leonardo, 2021)
Bibliografía
Acosta, F. J. (2011). El concepto de salud: Una explicación sobre su unicidad, multiplicidad y los modelos de salud. International Journal of Psychological Research, 4(1), 70–79.
Arias G., W. L., & Arias G., W. L. (2018). La frenología y sus implicancias: Un poco de historia sobre un tema olvidado. Revista chilena de neuro-psiquiatría, 56(1), 36–45. https://doi.org/10.4067/s0717-92272018000100036
Arroyo-Cruzado, G. (2014). Crónica sobre el impacto de la tecnología del ADN en las Ciencias Forenses. Revista Umbral, 107–127.
Asamblea Nacional Constituyente. (1991). Leyes desde 1992—Vigencia expresa y control de constitucionalidad [CONSTITUCION_POLITICA_1991_PR002]. http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/constitucion_politica_1991_pr002.html#93
Asúa, L. J. D. (1997). PRINCIPIOS DE DERECHO PENAL, LA LEY Y EL DELITO. Sudamericana S.A.
Benavides, C. M. de. (2004). Pensar (en) género: Teoría y práctica para nuevas cartografías del cuerpo. Pontificia Universidad Javeriana.
Betancur, N. A. (1980). El Trastorno Mental como Causal de Inimputabilidad en el Nuevo Codigo Penal. Nuevo Foro Penal, 6, 55.
Cañadas, E. V. (2004). Gisbert Calabuig, J.A. (+), GISBERT CALABUIG. Medicina legal y toxicología, 6a ed. ©2004. Elsevier España.
Catalán, V. G., & Talavera, M. (2012). La construcción del concepto de salud. Didáctica de las Ciencias Experimentales y Sociales, 0(26). https://doi.org/10.7203/dces.26.1935
Congreso de la República. (2021, junio 20). Ley 906 de 2004 [Diario Oficial 51698 (7 de junio de 2021)]. Secretaría del Senado. http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_09060_204a.html
de Gouges, Olympe. (1789). Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana. Revista Historia de la Educación Latinoamericana, redactada en 1789 por Olympe de Gouges para ser decretada por la Asamblea nacional francesa, 267–279.
Gómez-Gómez, A., Martín-Vega, D., Botías-Talamantes, C., Baz-Ramos, A., & Díaz-Aranda, L. M. (2007). La Entomología Forense en España: Pasado, presente y perspectivas de futuro. Cuadernos de Medicina Forense, 47, 21–31.
Hawkesworth, Mary. (2006). Gender as an Analytic Category, in Feminist Inquiry. From Political Conviction to Methodological Innovation. Rutgers University.
Hernández, O. M. A. (2013). Fundamentos de Medicina Legal (1a ed.). McGraw-Hill.
Hoyos, V. M., & Moreno, C. E. V. (2012). Modelo de atención a las violencias basadas en el género. http://www.medicinalegal.gov.co/documents/20143/40686/Modelo+de+Atenci%C3%B3n+a+las+Violencias+Basadas+en+el+G%C3%A9nero+para+Cl%C3%ADnica+Forense.pdf/b09c98c8-0fae-bfb7-8d05-7e2de4813ab7
INMLyCF. (2021). Masatugó 2015—2019. https://www.medicinalegal.gov.co/cifras-estadisticas/masatugo
Jellinek, G., & Jellinek, G. (2000). La Declaration de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1. ed). Universidad Nacional Autónoma.
Laqueur, Thomas. (1994). La construcción del sexo. Cuerpo y género desde los griegos hasta Freud. https://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:SaJt1HBzBhYJ:https://www.raco.cat/index.php/Dynamis/article/viewFile/109113/150008+&cd=5&hl=es&ct=clnk&gl=co
León, M. de las M. M., Martín, H. T., León, C. M., Burón, D. Q., & Sanz, M. M. F. (2010). Evolución legislativa de la violencia de género desde el punto de vista médico-legal en el marco normativo internacional y nacional. Revista de la Escuela de Medicina Legal, 14 (JUNIO), 15–25.
Miceli, J. H., Salceda, S. S., Ríos, S., Lamenza, G., & Calandra, H. A. (2020). Perspectivas integradoras en Antropología Forense. Análisis de caso. MEMORIAS FORENSES, 3, 85–98.
Miguera, A. (2019). La interpretación Forense en Trabajo Social: Una lectura socio-semiótica en perspectiva socio-jurídica. http://rephip.unr.edu.ar/xmlui/handle/2133/20212
Minsalud. (2019). Sistema Integrado de Información de Violencias de Género. http://onviolenciasgenero.minsalud.gov.co/Paginas/sivige.aspx
Muñoz, D., & Samper, D. (2015). Análisis forense desde una perspectiva práctica. instname:Universidad Piloto de Colombia. http://repository.unipiloto.edu.co/handle/20.500.12277/2935
Nataraja Moorthy, T., & Sulaiman, S. F. B. (2015). Individualizing characteristics of footprints in Malaysian Malays for person identification from a forensic perspective. Egyptian Journal of Forensic Sciences, 5(1), 13–22. https://doi.org/10.1016/j.ejfs.2014.04.003
Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. (2002). Derechos de la Mujer. https://www.hchr.org.co/index.php/publicaciones/category/38-derechos-de-la-mujer
Ogloff, J., Roesch, R., & Eaves, D. (2000). International Perspective on Forensic Mental Health Systems. International journal of law and psychiatry, 23, 429–431. https://doi.org/10.1016/S0160-2527(00)00062-5
Organización Mundial de la Salud. (1946, julio 19). Constitución Organización Mundial de la Salud. Sitio Web Mundial OMS. https://www.who.int/es/about/governance/constitution
Quintero, Leonardo, G., Luz Elena. (2021). Mutilación genital femenina en perspectiva forense como violencia de género. 23 81), 83–97.
Rodríguez Jorge, R. R., & Loy Vera, B. (2016). Bases teóricas de las ciencias forenses contemporáneas y las competencias interdisciplinarias profesionales. Medicentro Electrónica, 20(1), 3–10.
Sastrón, O. F., & Rodríguez, E. E. (2003). Valoración de la peligrosidad criminal (Riesgo-Violencia) en Psicología forense: Instrumentos de evaluación y perspectivas. Psicopatología Clínica Legal y Forense, 3(2), 65–90.
Scott, J. W., Vilà I. Boadas, C., & Universidad Autónoma de la Ciudad de México. (2012). Género e historia. Fondo de Cultura Económica : Universidad Autónoma de la Ciudad de México.
Sotomayor Acosta, J. O. (2007). Las Recientes Reformas Penales en Colombia: Un Ejemplo de Irracionalidad Legislativa. Nuevo Foro Penal, 71, 13.
Tardón Recio, B. (2017). La violencia sexual: Desarrollos feministas, mitos y respuestas normativas globales. https://repositorio.uam.es/handle/10486/680682
Téllez, R. N. R. (Ed.). (2014). Patología Forense: Un enfoque centrado en derechos humanos (Universidad Nacional de Colombia).
Vargas, J. M. S., Suárez, R. A. P., Díaz, A. R., & Ibarra, E. A. R. (2009). Historia de la medicina legal. Revista Médicas UIS, 22(1). https://revistas.uis.edu.co/index.php/revistamedicasuis/article/view/205
Vayá, D. E. C. (2011). Los Riesgos Psicosociales. Perspectiva forense de los riesgos. 18.
Velandia, Montes Rafael. (2017). Ley 1773 de 2016: La corrosión de la ultima ratio. vLex. https://vlex.com.co/source/populismo-penal-punitividad-politica-penal-colombia-siglo-xxi-22075
[1] Cursiva nuestra.
[2] Definición que ya he planteado en el capítulo de violencia sexual del Masatugó 2015 – 2019.