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Aseguramiento de Calidad de los Informes Periciales en las Áreas de Ciencias Forenses

Las áreas de ciencias forenses en el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses incluye las siguientes disciplinas: Biología forense, genética forense, toxicología forense, estupefacientes (sustancias controladas), evidencia traza, balística forense, física forense, lofoscopia forense, documentología y grafología forense y el producto de sus servicios se plasma en informes periciales.

Un informe pericial es un documento en el cual se registra el desarrollo y los resultados de un estudio, análisis o examen realizado por un perito de un laboratorio u organismo de inspección forense a una solicitud realizada por una instancia competente. Es elaborado por un experto en la materia o especialidad; todo experto debe cumplir requisitos de competencia específicos para la especialidad en la cual se desempeña emitiendo informes periciales, dichas competencias son definidas por la institución para cada disciplina forense y se encuentran en el perfil de los expertos en términos de formación, capacitación y experiencia. Para asegurar que los expertos mantienen la competencia, se han implementado procedimientos como la supervisión del personal que realiza análisis o inspecciones de elementos materiales probatorios y evidencias físicas, el monitoreo periódico de los informes periciales y la certificación de peritos, proceso que se lleva cabo de acuerdo con la norma ISO 17024 con el fin de evidenciar las competencias, conocimientos y habilidades profesionales de los expertos de las diferentes disciplinas.

Con el informe pericial se da respuesta a solicitudes de autoridades competentes, para realizar análisis o inspecciones sobre EMP que tienen capacidad demostrativa en un proceso penal principalmente, aunque ocasionalmente y bajo cumplimiento de requisitos, se reciben solicitudes de análisis de otras jurisdicciones. Esto con el objetivo de contar con pruebas dentro del respectivo proceso para aclarar las causas o consecuencias de un determinado hecho delictivo.

El contenido de los informes periciales emitidos por el Instituto tiene requisitos comunes entre las diferentes disciplinas de ciencia forenses ya que deben cumplir con los criterios mínimos establecidos en el Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004), la normativa interna y los requisitos de las normas ISO con las cuales se encuentran acreditadas las áreas de ciencias forenses (NTC ISO/IEC 17025:2017 y NTC ISO/IEC 17020:2012). En general, los informes periciales contienen un encabezado que permite identificar fácilmente el Laboratorio u Organismo de Inspección del INMLCF que lo emite; en este ítem se encuentra el logo del instituto, la dirección regional (ubicación) y la disciplina que emite el informe, adicionalmente, cada informe se encuentra codificado y numerado de tal manera que la información contenida en el mismo es fácilmente rastreable en los archivos de cada área. 

En cuanto a las conclusiones del análisis o la inspección realizada a los elementos materiales probatorios y evidencias físicas (que son el objetivo final del informe pericial), se reportan con base en la obtención y la interpretación de los resultados desde el punto de vista científico. En el INMLCF se tiene establecido que los resultados y la interpretación deben estar debidamente soportados y deben ser trazables para revisiones futuras.

Dada la importancia de contar con parámetros de calidad para que los informes periciales sean oportunos, claros, útiles, completos y tengan criterios de presentación estandarizados, en el Instituto se han implementado varias pautas como:

  • Directrices para la elaboración y contenido de los informes periciales.
  • Revisión y aprobación del 100% de los informes periciales por parte de un par técnico antes de ser remitidos al solicitante.
  • Uso de aplicativos informáticos diseñados para administrar la información de laboratorios, con el fin de estandarizar el contenido y la presentación de los mismos.
  • Monitoreo de informes emitidos, para detectar oportunidades de mejora relacionadas con el proceso de elaboración o el cumplimiento de aspectos técnicos propios de cada ensayo o inspección.
  • Auditorías internas y evaluación de la conformidad por parte de organismos externos.

Adicionalmente, los peritos pueden ser convocados a rendir testimonio en audiencia de juicio oral sobre los informes periciales emitidos. Esta actividad también tiene procedimientos, requisitos de competencia de los expertos y controles para garantizar que la información técnica se sustente ante cualquier sujeto procesal con la competencia para interrogar o contrainterrogar en juicio oral, y dicha información se trasmita de forma imparcial, clara y confiable.

 

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