Control Interno

 

1. Ubicación dentro del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses

Imagen del organigrama en la que se señala la ubicación de la Oficina de Control Interno dentro del Instituto

 

2. Normatividad Relacionada

2.1. Normatividad Externa

  • Constitución Política de Colombia: Título VII “De la Rama Ejecutiva”, Capítulo 5 “De la función Administrativa”, Artículo 209. Título X “De los Organismos de Control”, Capítulo 1 “De la Contraloría General de la República” Artículo 269. 
  • Ley 87 de 1993: “Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del estado y se dictan otras disposiciones".
  • Ley 489 de 1998: “Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones.", Capitulo II “Principios y Finalidades de la Función Administrativa”, Artículos 3 y 4.
  • Ley 938 de 2004: “Por la cual se expide el Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la Nación”, Título III “De las entidades adscritas establecimiento público – del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses”, Capítulo II “De la estructura y funciones específicas”, Articulo 37 Numeral 2.1.  
  • Ley 1474 de 2011: “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública".
  • Ley 1952 de 2019: “Por medio de la cual se expide el Código General Disciplinario se derogan la Ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la Ley 1474 de 2011, relacionadas con el Derecho Disciplinario”.
  • Decreto 1083 de 2015: “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública”.
  • Decreto 1499 de 2017: “Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015”.
  • Decreto 648 de 2017: “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública”.
  • Decreto 338 de 2019: “Por la cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, único reglamentario del sector de función pública, en lo relacionado con el sistema de control interno y se crea la red anticorrupción, Capítulo 7 “Red Anticorrupción”, Artículo 2.2.21.7.4”. 
  • Decreto 403 de 2020: Título XIV “Fortalecimiento del Control Fiscal Interno”, Artículo 151.
  • Decreto 1537 de 2021: “Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 87 de 1993 en cuanto a elementos técnicos y administrativos que fortalezcan el sistema de control interno de las entidades y organismos del estado”.

2.2. Normatividad Interna

  • Acuerdo No. 08 de 2012 (junio 19): “Por el cual se desarrolla la estructura interna del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y establecen sus funciones", Capitulo III “Oficinas”, Artículo 6.  
  • Resolución No. 000261 de 2018 (mayo 31) del INMLCF: “Por la cual se reestructura el Comité de Coordinación de Control Interno”.
  • Resolución No. 000511 de 2018 (septiembre 11): “Por la cual se reestructura el Comité Directivo del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses”.
  • Resolución No. 001135 de 2018 (diciembre 18) del INMLCF: “Por la cual se adopta el estatuto de Auditoría Interna y el Código de Ética del Auditor del INMLCF”.
  • Resolución No. 000403 del 2020 (Julio 03): “Por la cual se ajusta y actualiza la composición del Sistema Integrado de Gestión”.
  • Resolución No. 000703 del 2020 (Diciembre 14): “Por la cual se modifica el artículo 2 de la Resolución No. 000261 de mayo 31 de 2018 por la cual se reestructura el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno”.
  • Resolución No. 001142 del 2022 (diciembre 29): "Por la cual se actualiza la Política de Gestión del riesgo en el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses".
  • Resolución No. 00172 del 2023 (marzo 7): "Por la cual se actualizan los grupos internos de trabajo, establecen sus funciones y dictan otras disposiciones".

3. De la Oficina de Control Interno.

De acuerdo con lo que define la Ley 87 de 1993 en su artículo 9 “Definición de la unidad u Oficina de Coordinación del Control Interno”, la oficina de control interno “Es uno de los componentes del Sistema de Control Interno, de nivel gerencial o directivo, encargado de medir y evaluar la eficiencia, eficacia y economía de los demás controles, asesorando a la dirección en la continuidad del proceso administrativo, la revaluación de los planes establecidos y en la introducción de los correctivos necesarios para el cumplimiento de las metas u objetivos previstos”.

 

4. Funciones de la Oficina de Control Interno.

Las funciones de la Oficina de Control Interno están definidas en el Artículo 12 de la Ley 87 de 1993 y Artículo 6 del Acuerdo 08 de junio 19 de 2012 del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
 

5. Roles de la Oficina de Control Interno.

El Decreto 648 de 2017 en el artículo 17 “De las Oficinas de Control Interno”, define “Las Unidades u Oficinas de Control Interno o quien haga sus veces desarrollarán su labor a través de los siguientes roles: liderazgo estratégico; enfoque hacia la prevención, evaluación de la gestión del riesgo, evaluación y seguimiento, relación con entes externos de control”.

El Departamento Administrativo de la Función Pública determinará los lineamientos para el desarrollo de los citados roles.

 

6. Articulación de la Oficina de Control Interno con MIPG.

Acorde con el Decreto 1499 de 2017, el Instituto adopto la Séptima Dimensión del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG, mediante la Resolución No. 00123 de marzo 04 de 2019, definiendo las líneas de defensa.

La Oficina de Control Interno participa en la Línea Estratégica desde el Comité Institucional de Control Interno donde se definen los lineamientos de la gestión del riesgo y en la Tercera Línea de Defensa donde desarrolla la Auditoría interna.

Imagen correspondiente a las líneas de defensa

Fuente: Elaboración de la Oficina de Control Interno INMLCF

 

7. Productos y Servicios

  • Asesorías y acompañamiento
  • Informes de Auditorías
  • Informes para entes externos
  • Informes de seguimiento
  • Informe de evaluación de riesgos Institucionales

 

8. Datos de Ubicación de la Oficina

Dirección General - Oficina de Control Interno
Dirección: Carrera 7 No. 32-16 - piso 6 Torre Sur. Edificio San Martín - Bogotá
PBX: (57) 601 9187020, extensiones 14000 - 14001
Correo electrónico: cinterno@medicinalegal.gov.co
Contacto: Néstor Fan León Niño, Jefe Oficina de Control Interno.

 

9. Informes Entes de Control

Accesos directos