Genética Forense

Icono del Laboratorio de Genética

El Laboratorio de Genética Forense apoya al sistema de justicia mediante el análisis de la molécula de ADN basado en la transmisión de caracteres hereditarios y la variabilidad biológica de los organismos.

El Instituto cuenta con cuatro laboratorios de Genética Forense: Bogotá, Cali, Medellín y Villavicencio. En todas las sedes, el personal está altamente capacitado y experimentado, se cuenta con equipos de última generación para brindar respuestas oportunas, eficientes y efectivas a las solicitudes recibidas de las diferentes regiones.

 

Cobertura del servicio:

  1. Bogotá:
  2. Cali: Laboratorio de Criminalística e Identificación Humana. Calle 4b No. 36-01. geneticacali@medicinalegal.gov.co.

  3. Medellín: Laboratorio de Criminalística, Identificación Humana. Carrera 65 No. 80-325. geneticamedellin@medicinalegal.gov.co.

  4. Villavicencio: Laboratorio de Identificación Humana. Carrera 6 No 24 A -14. geneticavillavicencio@medicinalegal.gov.co.

 

Servicios ofrecidos:

  1. Obtención de perfiles genéticos como apoyo en la identificación de personas, cadáveres y fragmentos corporales humanos.
  2. Individualización por medio de técnicas de análisis y amplificación de ADN, de vestigios biológicos de interés en la investigación criminal.
  3. Investigación y estudio genético de filiación.

 

Que no se realiza:

  1. No se determina la antigüedad de una muestra.
  2. No se determina el origen de la sangre (menstrual, cardíaca, etc.). 
  3. Diagnóstico de enfermedades de origen genético.
  4. Pruebas para la identificación genética de especies no humanas (microorganismos, animales, ni plantas).
     

Requisitos específicos:

1. Identificación de personas, cadáveres y fragmentos corporales humanos:

Tipos de Análisis Requisitos
Toma, análisis y perfilamiento genético de muestras a familiares de personas desaparecidas, los cuales permitirán realizar:
  • Ingreso y búsqueda de perfiles genéticos en el Banco de Perfiles Genéticos de desaparecidos (BPGD).
  • Cotejo con cuerpos en condición de No identificado.
  • Registro de Radicado de desaparecido en el SIRDEC (Sistema de Información Red de Desaparecidos y Cadáveres) (Decreto 303 de 2015). 
  • El familiar debe presentarse con su documento de identidad para la toma de la muestra y debe suscribir el Formato Único de Consentimiento Informado para la Toma Muestras Biológicas.
Análisis genético de cadáveres en condición de no identificados (con o sin presunta identidad y para la re-asociación de partes corporales). Los perfiles obtenidos se ingresan al Banco de Perfiles Genéticos de desaparecidos (BPGD).
  • Solicitud remitida por la autoridad (fiscal, JEP, Unidad de Búsqueda, Defensoría del Pueblo, etc.), peritos responsables de la identificación del caso ó interconsultas por médicos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
  • Muestra de referencia tomada a los familiares más cercanos biológicamente a la víctima, preferiblemente: Padres, hijos o hermanos; en caso de presentarse hijos se recomienda la presencia del cónyuge. Debe estar acompañada del Formato Único de Consentimiento Informado para la Toma Muestras Biológicas indicando claramente el parentesco.

NOTA: Las muestras no deben venir en formol.

 

2. Individualización de vestigios biológicos de interés en la investigación criminal:

Tipos de Análisis Requisitos
Análisis genético mediante el cotejo directo de muestras tomadas a las personas involucradas en los hechos. En los casos de cotejos con sospechoso conocido:
  • Solicitud firmada por el fiscal (Arts. 244 y 245 del Código del Procedimiento Penal C.P.P. y sentencia C-334-10) o defensor acreditado (según aplique).
  • Muestra de referencia de la víctima con la respectiva documentación.
  • Muestras de referencia de los indiciados/imputados, esta se debe tomar en presencia abogado defensor (Art. 249 C.P.P.) y diligenciar la documentación correspondiente.
  • Breve resumen de los hechos que permita contextualizar el estudio genético.

En los casos de Interrupción Voluntaria de Embarazo (IVE) en la investigación del delito Sexual:

  • Solicitud firmada por el fiscal (Arts. 244 y 245 del C.P.P. y sentencia C-334-10) o defensor acreditado (según aplique).
  • Muestra de referencia de la víctima (madre) con la respectiva documentación.
  • Muestras de referencia de los indiciados/imputados, esta se debe tomar en presencia abogado defensor (Art. 249 C.P.P.) y diligenciar la documentación correspondiente.

Para las muestras del producto del IVE: 

  • En caso de fetos, remitir muestra de sangre tomada del cordón umbilical.
  • En caso de restos ovulares, la muestra debe contar con estudio de histopatología para determinar presencia de células fetales en las muestras.

NOTA: las muestras no deben venir en formol.

Estudios de paternidad en la investigación del delito sexual:
  • Solicitud firmada por el fiscal (Arts. 244 y 245 del C.P.P. y sentencia C-334-10) o defensor acreditado (según aplique). 
  • Muestra de referencia de la víctima (madre) y del hijo producto del delito sexual.
  • Cuando el agresor es conocido y se encuentra en calidad de indiciados/imputados la muestra se debe tomar en presencia abogado defensor (Art. 249 C.P.P.) y diligenciar la documentación correspondiente.

En casos de solicitud de Ingreso y búsqueda de perfiles genéticos en la Base Nacional de Perfiles Genéticos:

  • Solicitud firmada por el fiscal/autoridad competente donde indique que se requiere el ingreso a la base de datos.
  • Para búsquedas selectivas, requiere control de legalidad previo por Juez de Control de Garantías (Arts. 244 y 246 C.P.P.).

 

3. Investigación genética de filiación:

Tipos de Análisis Requisitos

Análisis genético de filiación en personas mayores y menores de edad con el respectivo soporte de pago del valor de la prueba.

Los laboratorios que realizan Análisis genético de filiación cumplen con la normatividad definida en la Ley 721 de 2001.

  • Formato Único de Solicitud - FUS diligenciado por la autoridad competente, que establezca claramente los tipos de parentescos de cada uno de los muestradantes.
  • Soporte de pago de la prueba o Auto de Amparo de Pobreza.
  • El grupo familiar citado debe estar completo el día de la toma de la muestra. 

 

 

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