<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?> <feed xmlns="http://www.w3.org/2005/Atom" xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"> <title>Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses</title> <link rel="self" href="https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271" /> <subtitle>Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses</subtitle> <id>https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271</id> <updated>2026-10-07T08:54:00Z</updated> <dc:date>2026-10-07T08:54:00Z</dc:date> <entry> <title>Más allá del sesgo: Abordaje forense para una atención con enfoque diferencial</title> <link rel="alternate" href="https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1320983" /> <author> <name>Administrador inmlcf</name> </author> <id>https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1320983</id> <updated>2026-07-23T17:27:42Z</updated> <published>2026-07-22T16:36:00Z</published> <summary type="html">&lt;p&gt;Desde el año 2021, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, ha venido documentando y reflexionando sobre los desafíos y avances en la implementación de la estrategia de transversalización de los enfoques diferenciales, en la prestación de servicios forenses, formalizada mediante la Resolución 620 de 2019.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Aquel primer balance, identificó barreras como la mediación lingüística, el desconocimiento de la Jurisdicción Especial Indígena y las dificultades en el acceso geográfico, al tiempo que reconoció avances en capacitación, coordinación interinstitucional y registro de información con variables desagregadas.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;A cinco años de la Resolución 620, se requiere actualizar esa reflexión, desplazando el foco de la fundamentación normativa hacia las manifestaciones concretas de los sesgos implícitos en la práctica pericial cotidiana y las conductas técnicas necesarias para mitigarlos, en el marco de una atención forense con enfoque diferencial.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Estos sesgos implícitos identificados, suelen manifestarse en torno a categorías específicas que inciden directamente en el quehacer pericial afectando así la rigurosidad técnica de los dictámenes.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;A continuación, se describen los principales tipos de sesgos, sus manifestaciones y su impacto en el quehacer pericial:&lt;/p&gt; &lt;ul&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Étnico o racial:&lt;/strong&gt; Desconocimiento de prácticas culturales, cosmovisiones o particularidades lingüísticas. Impacto en el quehacer: Valoraciones incompletas o culturalmente inadecuadas; pérdida de información relevante para el caso.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Género y orientación sexual:&lt;/strong&gt; Naturalización de roles y jerarquías; minimización de violencias contra mujeres; revictimización de personas LGBTIQ+. Impacto en el quehacer: Subregistro de violencias específicas; atención diferenciada que no responde a las necesidades reales.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Etario:&lt;/strong&gt; Atribución de características negativas a adolescentes o adultos mayores; subestimación de su capacidad para narrar hechos. Impacto en el quehacer: Omisión de procedimientos; invisibilizarían de violencias específicas como la violencia patrimonial.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Territorial y socioeconómico:&lt;/strong&gt; Estigmatización de personas según su lugar de procedencia, vestimenta, forma de hablar o nivel educativo. Impacto en el quehacer: Atención diferenciada y sesgada; barreras implícitas en el acceso al servicio.&lt;/li&gt;&lt;/ul&gt; &lt;p&gt;Para mitigar estos sesgos y garantizar un abordaje forense con enfoque diferencial, el perito debe:&lt;/p&gt; &lt;ul&gt; &lt;li&gt;Aplicar protocolos estandarizados.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Utilizar lenguaje claro, comprensible y respetuoso, adecuado a las condiciones de la persona atendida.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Abstenerse de emitir juicios de valor sobre las decisiones, comportamientos o condiciones de vida de la víctima.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Limitar el procedimiento al objeto de la solicitud pericial, sin indagar sobre aspectos no relevantes para el caso.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Registrar en el informe únicamente hallazgos objetivos, sin adjetivos ni valoraciones subjetivas.&lt;/li&gt;&lt;/ul&gt; &lt;p&gt;En síntesis, la mitigación de sesgos implícitos en la práctica pericial constituye un criterio de calidad técnica que incide de manera directa en la elaboración de los dictámenes periciales. La adopción sistemática del enfoque diferencial en protocolos, formación y supervisión reduce la influencia de estereotipos en la toma de decisiones, fortaleciendo la objetividad y la precisión diagnóstica. Su implementación se erige, por tanto, como un requisito para garantizar que los informes periciales respondan a estándares de rigor científico y equidad en el acceso a la justicia.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;/p&gt; &lt;p&gt;Este blog, fue elaborado por Melissa Castaño Lenis, Profesional Universitario Forense del Grupo Regional de Clínica, Psiquiatría y Psicología Forense - Dirección Regional Suroccidente.&lt;/p&gt;</summary> <dc:creator>Administrador inmlcf</dc:creator> <dc:date>2026-07-22T16:36:00Z</dc:date> </entry> <entry> <title>La responsabilidad de los servidores públicos: cuidar lo que es de todos</title> <link rel="alternate" href="https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1320974" /> <author> <name>Administrador inmlcf</name> </author> <id>https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1320974</id> <updated>2026-07-22T16:29:43Z</updated> <published>2026-07-22T16:21:00Z</published> <summary type="html">&lt;p&gt;«&lt;u&gt; &lt;em&gt;Toda lesión que los particulares sufran en sus bienes y derechos como consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos debe ser indemnizada&lt;/em&gt;&lt;/u&gt;»&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Con esta idea, iniciemos recordando que Colombia es un Estado Social de Derecho, lo que significa que las autoridades y los servidores públicos existen para servir a la comunidad, proteger los derechos de las personas y actuar siempre buscando el bienestar general y el interés público respetando la Constitución y la ley.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Precisamente por esta razón, el artículo 90 de la Constitución Política establece el fundamento de la responsabilidad del Estado cuando con su actuar se genera menoscabo a los derechos de las personas. En otras palabras, cuando un servidor público, mediante una acción u omisión en el ejercicio de sus funciones llegare a causar un daño atribuible al Estado, este tiene el deber de repararlo y/o resarcirlo de manera económica y/o simbólica.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Esto nos enseña que desempeñar una función pública no otorga privilegios ni un poder ilimitado sobre los demás y, por el contrario, conlleva a asumir una mayor responsabilidad, pues cada decisión inobservando el ordenamiento jurídico puede afectar la vida y los derechos de las personas a quienes sirve el Estado.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Ahora bien, no toda actuación equivocada de un servidor público puede generar automáticamente responsabilidad patrimonial; para que concurra el deber del Estado de indemnizar, debe mediar un daño antijuridico, esto es, la generación de un perjuicio material o moral que sufre una persona y que no esta en el deber jurídico de soportarlo.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;A modo de ejemplo, téngase el caso de una persona privada de libertad durante varios meses, y por que error de la autoridad nunca debió ser detenida; en este caso, la persona sufrió un daño que no estaba en el deber de soportar, al ser privado injustamente de la libertad, lo que probablemente genera impactos materiales y morales que deberán ser indemnizados por el estado.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Acercándonos al servicio prestado por el Instituto, un daño antijuridico generador de responsabilidad patrimonial podría ser la perdida de elemento material probatorio, o la entrega errónea de un cadáver entre otros muchos ejemplos.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Pero ¿Qué ocurre cuando el Estado indemniza a una persona por un daño antijurídico que le es imputable y que fue ocasionado por la acción u omisión en el ejercicio de sus funciones de un servidor público?&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La respuesta es muy sencilla: el Estado primero debe cumplir con su obligación de reparar el daño causado a la persona afectada, según lo efectivamente demostrado ante estrados judiciales (O por vía conciliatoria o cualquier otro mecanismo alternativo de solución de conflictos), ocurriendo esto a través de la activa participación del afectado y del Estado como partes procesales.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Una vez un juez declare la responsabilidad patrimonial del Estado y ordene indemnizar el daño antijurídico causado a una persona, la entidad pública se encuentra en el deber legal de analizar si tal perjuicio fue consecuencia de una actuación dolosa o gravemente culposa de un servidor público en el ejercicio de sus funciones.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Si en tal estudio, concluye la entidad que existen los requisitos establecidos por la ley, esto es que medio dolo o culpa grave por parte del servidor público, podrá ejercer la acción de repetición para reclamar al responsable el valor de la indemnización pagada con recursos públicos.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;Ahora bien ¿Qué es la acción de repetición?&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Para resolver el interrogante, citaré definición dada por el Consejo de Estado mediante Radicado 16335, así:&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;em&gt;La acción de repetición es el mecanismo judicial dispuesto por la Constitución, y desarrollado por la ley, para efectos de que el Estado recupere de sus servidores o ex-servidores públicos o de los particulares que cumplen funciones públicas, los dineros que ha pagado en razón de las condenas impuestas a través de una sentencia, acta de conciliación o cualquier otro mecanismo alternativo de solución de conflictos, a efectos de resarcir los daños antijurídicos que le han sido imputados. Considerando que el actuar del Estado se ejecuta a través de personas naturales, éstas podrán declararse patrimonialmente responsables, cuando con sus actuaciones u omisiones, calificadas como dolosas o gravemente culposas, se haya causado un daño antijurídico. La acción de repetición se erige, entonces, como el mecanismo procesal especial con que cuenta el Estado para proteger el patrimonio público, pues, sustentado en la responsabilidad patrimonial de los servidores y ex-servidores públicos, tiene el derecho-deber de acudir ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa, para que se declare responsable al sujeto, que con su actuar doloso o gravemente culposo, ha causado un daño antijurídico por el cual -el Estado- ha respondido.&lt;/em&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Este mecanismo institucional no busca castigar a quienes trabajan para el Estado por cometer errores de buena fe. Su verdadero propósito es promover que los servidores públicos actúen con honestidad, diligencia y respeto por la ley, además de proteger los recursos públicos, que pertenecen a toda la comunidad.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Todos los días encontramos personas que trabajan para el Estado. Hay profesores en colegios públicos, médicos en hospitales públicos, policías, jueces, fiscales, ingenieros, alcaldes y muchos otros servidores públicos. Aunque desempeñan trabajos diferentes, todos tienen algo en común: fueron nombrados para servir a la comunidad y trabajar por el bienestar de las personas.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Cuando alguien decide ser funcionario público, también acepta una gran responsabilidad, cumplir la ley, actuar con honestidad, tomar decisiones cuidadosas y proteger los recursos que pertenecen a todos los colombianos.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Cuando el Estado repara un daño causado por una actuación irregular, cumple con su deber constitucional de proteger los derechos de los ciudadanos. Sin embargo, cuando ese daño fue producto del dolo o de la culpa grave de un servidor público, también es justo que esa persona responda por las consecuencias de sus actos mediante los mecanismos previstos por la ley.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En conclusión, la responsabilidad patrimonial del Estado no busca únicamente pagar indemnizaciones. Su verdadera finalidad es fortalecer la confianza de los ciudadanos en las instituciones, garantizar que los derechos sean respetados y recordar que administrar los recursos públicos significa cuidar aquello que pertenece a todos. Cada decisión que toma un funcionario público debe orientarse al interés general, porque servir al Estado no es un privilegio, sino un compromiso jurídico, ético y social para toda la comunidad.&lt;/p&gt;</summary> <dc:creator>Administrador inmlcf</dc:creator> <dc:date>2026-07-22T16:21:00Z</dc:date> </entry> <entry> <title>Ruta de Atención Integral para Víctimas de Violencia Sexual (Resolución 459 de 2012) según Ministerio Protección Social</title> <link rel="alternate" href="https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1312989" /> <author> <name>Administrador inmlcf</name> </author> <id>https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1312989</id> <updated>2026-07-06T15:34:27Z</updated> <published>2026-07-06T15:23:00Z</published> <summary type="html">&lt;p&gt;En Colombia, la &lt;strong&gt;Resolución 459 de 2012&lt;/strong&gt; garantiza que ninguna víctima de violencia sexual sea ignorada por el sistema de salud. No importa cuánto tiempo haya pasado, si tienes papeles o si conoces a tu agresor; tienes derecho a una atención digna, médica y psicológica sin barreras.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;Ruta de Atención Integral para Víctimas de Violencia Sexual (Resolución 459 de 2012)&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La violencia sexual es una &lt;strong&gt;urgencia médica y una prioridad de salud pública&lt;/strong&gt;. En Colombia, la Resolución 459 de 2012 establece que todas las instituciones de salud deben brindar una atención integral, digna y sin barreras.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Aquí te explicamos cómo funciona la ruta de atención:&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;1. El Ingreso: Atención sin barreras.&lt;/strong&gt; &lt;br /&gt; La atención no puede ser negada. No importa si tienes EPS o no, ni el tiempo que haya pasado desde el evento.&lt;/p&gt; &lt;ul&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Prioridad&lt;/strong&gt;: Se debe asignar el Triage más alto para atención inmediata.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Privacidad&lt;/strong&gt;: Tienes derecho a un espacio privado y a estar acompañada por alguien de tu confianza.&lt;/li&gt;&lt;/ul&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;2. Atención Médica de Urgencia (El &amp;quot;Kit&amp;quot; de Emergencia).&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;El objetivo principal es proteger tu salud física y prevenir riesgos a largo plazo. Según la norma, se debe suministrar:&lt;/p&gt; &lt;ul&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Anticoncepción de Emergencia:&lt;/strong&gt; Para prevenir embarazos no deseados (preferiblemente antes de las 72 horas).&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Profilaxis para ITS y VIH:&lt;/strong&gt; Medicamentos para prevenir enfermedades de transmisión sexual.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Vacunación:&lt;/strong&gt; Esquema contra Hepatitis B y Tétanos.&lt;/li&gt;&lt;/ul&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;3. Evidencia Forense.&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;El personal médico realizará un examen físico respetuoso para recolectar pruebas.&lt;/p&gt; &lt;ul&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Importancia&lt;/strong&gt;: Estas pruebas son vitales para el proceso de investigación. &lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Cadena de custodia&lt;/strong&gt;: El médico asegura que las muestras lleguen de forma segura a Medicina Legal para su respectivo análisis.&lt;/li&gt;&lt;/ul&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;4. Apoyo Psicosocial.&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La salud mental es tan importante como la física. La ruta exige:&lt;/p&gt; &lt;ul&gt; &lt;li&gt;Intervención en crisis inmediata.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Valoración por psicología o psiquiatría.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Seguimiento para procesar el impacto emocional y evitar la revictimización.&lt;/li&gt;&lt;/ul&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;5. Denuncia y Protección.&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Aunque el sector salud no es el que juzga, sí tiene la obligación de:&lt;/p&gt; &lt;ul&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Informar&lt;/strong&gt;: Explicarte tus derechos legales.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Reportar&lt;/strong&gt;: Notificar a las autoridades competentes (Fiscalía, CAIVAS, UENNA, ICBF si es menor de edad, Comisarías de Familia).&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Medidas de protección&lt;/strong&gt;: Si tu vida corre peligro al salir del hospital, se deben activar protocolos de seguridad.&lt;/li&gt;&lt;/ul&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;Tres puntos clave que debes recordar:&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;ul&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Es Gratuito&lt;/strong&gt;: Todo el proceso de atención de urgencias está cubierto por el sistema de salud.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Confidencialidad&lt;/strong&gt;: Tus datos y tu historia clínica están protegidos por ley.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;No es tu culpa&lt;/strong&gt;: La responsabilidad siempre recae en el agresor. Tienes derecho a ser tratada con respeto y empatía.&lt;/li&gt;&lt;/ul&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;Líneas de ayuda en Colombia:&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;ul&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Línea 155:&lt;/strong&gt; Orientación nacional para mujeres víctimas de violencia.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Línea 123:&lt;/strong&gt; Emergencias.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Línea 141:&lt;/strong&gt; ICBF (para protección de menores).&lt;br /&gt;  &lt;/li&gt;&lt;/ul&gt;</summary> <dc:creator>Administrador inmlcf</dc:creator> <dc:date>2026-07-06T15:23:00Z</dc:date> </entry> <entry> <title>El Impacto de la Entrevista con fines de Identificación de Personas Fallecidas</title> <link rel="alternate" href="https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1252958" /> <author> <name>Administrador inmlcf</name> </author> <id>https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1252958</id> <updated>2026-01-02T19:51:20Z</updated> <published>2026-01-02T17:39:00Z</published> <summary type="html">&lt;p&gt;En el ámbito de la medicina legal y las ciencias forenses, la &lt;strong&gt;entrevista con fines de identificación&lt;/strong&gt; se ha consolidado como una herramienta crucial en el proceso de &lt;strong&gt;identificación de personas fallecidas&lt;/strong&gt;, especialmente en contextos de desastres masivos, conflictos armados, o desapariciones forzadas.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;¿Qué es una entrevista con fines de Identificación?&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La entrevista con fines de identificación es una herramienta que se usa como complemento en el proceso de identificación de las personas fallecidas, como también contribuye en la búsqueda de personas desparecidas por medio del Registro Nacional de Personas Desaparecidas (SIRDEC). Se basa en una técnica estructurada de obtención de información mediante el diálogo con familiares, amigos o personas cercanas al fallecido o desaparecido. Su objetivo es recopilar datos relevantes que puedan contribuir a establecer la identidad de una persona, incluso en ausencia de pruebas físicas claras o completas.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;¿Qué tipo de información se obtiene?&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;A través de esta técnica, los profesionales forenses recogen información como:&lt;/p&gt; &lt;ul&gt; &lt;li&gt;Características físicas (cicatrices, tatuajes, prótesis, etc.).&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Hábitos personales y costumbres.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Historia médica y dental.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Prendas de vestir utilizadas al momento de la desaparición.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Objetos personales portados.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Información genética (datos familiares útiles para comparación de ADN).&lt;/li&gt;&lt;/ul&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;Su impacto en la identificación&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En muchos casos, especialmente cuando los restos humanos están fragmentados o deteriorados, la entrevista con fines de identificación puede ser el &lt;strong&gt;primer paso clave&lt;/strong&gt; para guiar otros métodos científicos como la comparación odontológica y el análisis de ADN.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Además, permite a los equipos forenses generar perfiles ante mortem detallados, que luego pueden compararse con los hallazgos post mortem.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;Ventajas de esta metodología&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;ul&gt; &lt;li&gt;Humaniza el proceso forense al involucrar a los familiares.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Complementa y da contexto a las pruebas científicas.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Es fundamental cuando otros métodos técnicos no están disponibles o accesibles.&lt;/li&gt;&lt;/ul&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;Consideraciones éticas&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La entrevista con fines de identificación debe realizarse con empatía, respeto y sensibilidad, ya que los entrevistados suelen estar en estados emocionales vulnerables. Se requiere capacitación especializada para evitar revictimización y asegurar la validez de la información recolectada.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;Conclusión&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La entrevista con fines de identificación es mucho más que una técnica de recolección de datos: es un puente entre la ciencia y la humanidad, que permite dar respuesta a las familias y fortalecer el derecho a la verdad y la justicia. En un mundo donde muchas personas aún esperan noticias sobre sus seres queridos desaparecidos, esta herramienta representa una esperanza tangible.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;/p&gt; &lt;p&gt;Grupo de Información de Personas Fallecidas y Desaparecidas, y Cadáveres en Condición de No Identificados - Dirección Regional Bogotá.&lt;/p&gt;</summary> <dc:creator>Administrador inmlcf</dc:creator> <dc:date>2026-01-02T17:39:00Z</dc:date> </entry> <entry> <title>Panorama del presunto delito sexual en población Indígena de la Regional Nororiente durante el año 2024</title> <link rel="alternate" href="https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1237316" /> <author> <name>Administrador inmlcf</name> </author> <id>https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1237316</id> <updated>2025-11-13T21:47:38Z</updated> <published>2025-11-13T21:40:00Z</published> <summary type="html">&lt;p&gt;El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses cuenta con ocho Direcciones Regionales a nivel nacional, una de ellas es la Regional Nororiente, la cual está conformada por las seccionales de Arauca, Cesar, Norte de Santander y Santander.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En el año 2018, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística de Colombia (DANE) en el censo Nacional de Población y Vivienda, establece una cifra de 1.905.617 personas que se auto reconocen como indígenas en Colombia. Según el censo general del DANE en 2005, el departamento de Cesar reportaba 44.835 personas pertenecientes a poblaciones indígenas, por su parte Norte de Santander con una cifra de 7.247, Arauca 3.279 y Santander 2.389. Los pueblos indígenas predominantes en el departamento del Cesar son Arhuaco, Kogui, Wiwa, Yuko, kankuamo; en Arauca los Betoye, Chiricoa, Hitnu, Kuiba, Piapoco, Sikuani, U´wa; en Norte de Santander Motilón -Barí, U´wa y en Santander U´wa, Guanes.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En las diversas comunidades indígenas a nivel nacional coexisten dos sistemas de autoridad: la jurisdicción indígena, que ejerce justicia interna basándose en su propio sistema normativo, y la justicia ordinaria en la cual median instituciones del Estado. Esta dualidad responde a una organización política compleja, donde figuras como el gobernador indígena, caciques, concejos indígenas, taitas o el cabildo tienen roles específicos según el pueblo.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En asuntos de justicia, especialmente frente a presuntos delitos sensibles como los de índole sexual, la jurisdicción indígena opera bajo principios comunitarios como el consenso, la reciprocidad y el equilibrio espiritual. Sin embargo, esta autonomía plantea algunos desafíos cuando se cruza con la justicia ordinaria.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;A lo largo de los años, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en coordinación con entidades como las Comisarías de familia, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), la Fiscalía General de la Nación y la Policía Nacional, ha trabajado de manera articulada para fortalecer el acceso y la administración de justicia propia, garantizando los derechos de la población indígena en el país.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Con el objetivo de seguir fortaleciendo la ruta de atención para casos de violencia sexual en comunidades indígenas, se han llevado a cabo mesas de trabajo con representantes de estas comunidades, donde se ha socializado el portafolio de servicios, puntos de atención y directorios telefónicos de autoridades. Esto ha facilitado la articulación interinstitucional y la activación de la ruta, permitiendo que un mayor número de personas indígenas accedan a una atención forense integral, con un enfoque diferencial e intercultural.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Adicionalmente, la coordinación directa entre el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y las autoridades indígenas, quienes son las encargadas de solicitar las valoraciones y acompañar a las víctimas; garantiza el respeto al derecho a la justicia especial indígena, al permitir que sean las propias autoridades tradicionales quienes lideren el proceso de activación.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En este contexto, es fundamental contar con información que permita dimensionar la magnitud de los delitos sexuales en comunidades indígenas, lo que no sólo visibiliza la problemática, sino que también orienta la toma de decisiones y el diseño de estrategias diferenciadas para la prevención, atención y judicialización de este tipo de violencias.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;A continuación, se presentan las principales cifras correspondientes al año 2024, recopiladas en el registro de casos atendidos en el marco de la ruta de atención forense de presuntos delitos sexuales en población indígena en la Regional Nororiente.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;Número total de presuntos delitos sexuales atendidos en la Regional Nororiente.&lt;/strong&gt; &lt;br /&gt; &lt;img src="https://www.medicinalegal.gov.co/documents/20143/1223816/Blog_Nororiente_1.png/a020594c-fdf9-10ec-266b-75c75526fc5f?t=1763070117120" style="height: auto;width: 645.0px;" /&gt;     &lt;/p&gt; &lt;p&gt;Durante el año 2024, la Dirección Regional Nororiente abordó un total de 2.250 casos relacionados con presuntos delitos sexuales.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;br /&gt; &lt;strong&gt;Número de casos de presuntos delitos sexuales que involucran víctimas indígenas.&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;img src="https://www.medicinalegal.gov.co/documents/20143/1223816/Blog_Nororiente_2.png/4c9dc4d3-b9a7-07cd-29ad-99c7cf064814?t=1763070117244" /&gt; &lt;br /&gt; De los casos de presuntos delitos sexuales abordados en la Regional Nororiente, durante el año 2024, en 98 casos (4,35%) involucraron víctimas pertenecientes a pueblos indígenas. El departamento del Cesar concentra la mayoría de los casos indígenas con 67 casos (68.37%), seguido de Arauca con 27 casos (27.55%), lo que puede estar relacionado con la presencia significativa de pueblos indígenas en estas regiones.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Los casos de violencia sexual en personas indígenas atendidos en la Regional Nororiente durante 2024 revelan una alta afectación, principalmente en niñas y adolescentes. Los hechos se producen mayormente en zonas rurales de difícil acceso, donde existe una relación cercana entre las víctimas y los agresores, lo que agrava aún más la situación. Además, se observa una limitada asistencia a los servicios de salud, lo que impide una atención médica adecuada para las víctimas.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La presencia de múltiples pueblos indígenas en la Regional Nororiente plantea grandes desafíos; uno de los principales retos es continuar fortaleciendo, a nivel institucional, una atención forense con enfoque diferencial, que no solo respete los sistemas de justicia propios de las comunidades indígenas, sino que también garantice el acceso a servicios forenses que protejan integralmente los derechos de las víctimas. En este contexto, es crucial mantener y reforzar las estrategias de articulación institucional e interinstitucional, asegurando una coordinación efectiva entre las diferentes entidades y las autoridades tradicionales.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Este panorama subraya la importancia de contar con una atención intercultural, inclusiva y culturalmente pertinente, que valore y respete las creencias y prácticas culturales indígenas. Además, se debe continuar con la formación y capacitación continua de los servidores públicos, para que puedan trabajar de manera coordinada con las autoridades tradicionales y garantizar el respeto a los sistemas de justicia indígena. Es fundamental que estas acciones se acompañen con el apoyo técnico y científico necesario para la administración de justicia, a fin de que la respuesta institucional sea efectiva y respete los derechos humanos de las víctimas.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Además, es necesario superar barreras geográficas, sensibilizar sobre las especificidades culturales y fomentar el respeto mutuo entre las autoridades tradicionales y las instituciones del Estado. La implementación de políticas públicas adaptadas a las particularidades de estas comunidades, junto con el fortalecimiento de los mecanismos de atención y protección, es clave para garantizar una respuesta integral y respetuosa de los derechos humanos, con un enfoque diferencial, intercultural y de género.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;br /&gt; Dra. Jessica Lorena Parra Rodríguez&lt;br /&gt; Coordinadora Grupo Regional de Clínica Psiquiatría y Psicología Forense &lt;br /&gt; Dirección Regional Nororiente&lt;/p&gt;</summary> <dc:creator>Administrador inmlcf</dc:creator> <dc:date>2025-11-13T21:40:00Z</dc:date> </entry> <entry> <title>Causas que incrementan la vulnerabilidad en los adolescentes del Caribe Colombiano frente a la trata de personas y la explotación sexual</title> <link rel="alternate" href="https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1223918" /> <author> <name>Administrador inmlcf</name> </author> <id>https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1223918</id> <updated>2025-10-09T17:30:18Z</updated> <published>2025-10-09T17:30:00Z</published> <summary type="html">&lt;p&gt; &lt;img src="https://www.medicinalegal.gov.co/documents/20143/1223816/Blog_Norte.png/a071a08f-cff3-61df-585a-99883cbea495?t=1759761223875" /&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Fuente: Elaboración propia&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La trata de personas es la captación, traslado o recepción de personas mediante engaño, coerción o abuso de poder, con fines de explotación (por ejemplo, explotación sexual). Las niñas, niños y adolescentes son especialmente vulnerables, y las consecuencias son profundas: violación de derechos, daños físicos y psicológicos y pérdida de oportunidades educativas y laborales. [1].&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;1) Pobreza, desigualdad y necesidad económica&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La falta de recursos en familias y comunidades empuja a muchas adolescentes a aceptar ofertas de trabajo u “oportunidades” que esconden explotación. La pobreza crónica y la falta de alternativas económicas aumentan la probabilidad de que terceras personas las capten mediante promesas de salario, estudio o viajes. [2].&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;2) Desplazamiento forzado, conflicto y contextos de fragilidad&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En regiones con historial de conflicto armado y desplazamiento - como ocurre en zonas del Caribe y otras regiones de Colombia - las redes criminales aprovechan la desprotección, la ruptura de redes familiares y la movilidad forzada para reclutar y explotar a adolescentes. El desplazamiento y la pérdida de soporte comunitario aumentan la exposición a riesgos de trata. [3].&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;3) Ruptura familiar, violencia intrafamiliar y abuso sexual previo&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Adolescentes que han sufrido violencia doméstica, abuso sexual o negligencia tienen mayor probabilidad de ser captadas porque buscan salir de entornos inseguros o porque ya han normalizado relaciones de poder y control. La presencia de violencia en el hogar es un factor de riesgo bien documentado. [4].&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;4) Falta de oportunidades educativas y laborales&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La interrupción escolar, el bajo nivel educativo y la carencia de formación técnica o empleo digno hacen que las ofertas de trabajo parezcan ventajosas. Esto facilita la captación por parte de explotadores que ofrecen ingresos, formación o viajes que luego derivan en explotación sexual. [5].&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;5) Movilidad y migración irregular (nacional y transfronteriza)&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La migración irregular o desplazamientos por búsqueda de empleo o unión familiar aumentan la vulnerabilidad: viajar sin redes de apoyo, depender de terceros para trámites o transporte, y caer en manos de intermediarios sin escrúpulos son situaciones de riesgo que facilitan la trata. [6].&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;6) Uso de plataformas digitales y nuevas modalidades de captación&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La captación y la explotación se han movido también al espacio digital: redes sociales, aplicaciones de mensajería y plataformas de citas son usadas para contactar, ganarse la confianza y coaccionar a adolescentes. La normalización de compartir información personal y la falta de alfabetización digital aumentan el riesgo. [7].&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;7) Normas de género, estigma y demanda sexual&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Las desigualdades de género, la cosificación de las niñas y adolescentes, y la existencia de una demanda (local o internacional) por servicios sexuales contribuyen al problema. En contextos donde la violencia de género está naturalizada, es más difícil identificar y prevenir la explotación. [8].&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;8) Impunidad, respuesta institucional insuficiente y barreras para denunciar&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Aunque Colombia cuenta con marcos legales e instituciones (policía, ICBF, Fiscalía), persisten barreras: denuncias que no avanzan, descoordinación interinstitucional, miedo a represalias y desconfianza. La falta de acceso a vías seguras de denuncia y reparación facilita que las redes delictivas operen con relativa impunidad. [9].&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;Qué podemos hacer como sociedad &lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;ul&gt; &lt;li&gt;Informarse y no delegar en mensajes engañosos: desconfiar de ofertas de trabajo o estudio que piden dinero o documentación fuera de canales oficiales. [10].&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Hablar con adolescentes sobre riesgos digitales y señales de grooming; promover alfabetización digital en hogares y escuelas. [7].&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Promover oportunidades educativas y laborales en la región Caribe: apoyo a programas técnicos, becas y emprendimiento juvenil. [5].&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Denunciar: informar a las autoridades competentes (líneas de atención del ICBF, Policía Nacional, Fiscalía) y apoyar a quienes necesiten protección. [9].&lt;/li&gt;&lt;/ul&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;Referencias bibliográficas&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;ol&gt; &lt;li&gt;UNODC. &lt;i&gt;Global Report on Trafficking in Persons 2024.&lt;/i&gt; Vienna: United Nations Office on Drugs and Crime; 2024. Disponible en: UNODC Global Report. &lt;a href="https://www.unodc.org/unodc/es/press/releases/2024/December/unodc-global-human-trafficking-report_-detected-victims-up-25-per-cent-as-more-children-are-exploited-and-forced-labour-cases-spike.html?utm_source=chatgpt.com"&gt;Oficina de la ONU contra las Drogas&lt;/a&gt;.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;UNODC. &lt;i&gt;Global Report on Trafficking in Persons 2020.&lt;/i&gt; United Nations; 2020. Disponible en: GLOTIP 2020. &lt;a href="https://www.unodc.org/documents/data-and-analysis/tip/2021/GLOTiP_2020_15jan_web.pdf?utm_source=chatgpt.com"&gt;Oficina de la ONU contra las Drogas&lt;/a&gt;.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;UNODC. &lt;i&gt;Estudio nacional exploratorio descriptivo sobre la trata de personas en Colombia.&lt;/i&gt; Bogotá: UNODC; (fecha variable). Disponible en: Investigación_Trata_CO1.pdf. &lt;a href="https://www.unodc.org/documents/frontpage/Investigacion_Trata_CO1.pdf?utm_source=chatgpt.com"&gt;Oficina de la ONU contra las Drogas&lt;/a&gt;.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;ECPAT. &lt;i&gt;Colombia: investigación sobre explotación sexual de niños, niñas y adolescentes.&lt;/i&gt; ECPAT; (fecha). Disponible en: ECPAT Colombia. &lt;a href="https://ecpat.org/wp-content/uploads/2021/05/Columbia-Reserach_final.pdf?utm_source=chatgpt.com"&gt;ECPAT&lt;/a&gt;.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;ICBF. &lt;i&gt;Análisis de la situación de explotación sexual comercial en Colombia.&lt;/i&gt; Instituto Colombiano de Bienestar Familiar; (pdf). &lt;a href="https://www.icbf.gov.co/sites/default/files/publicacion-51.pdf?utm_source=chatgpt.com"&gt;ICBF&lt;/a&gt;.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;UNICEF LACRO. &lt;i&gt;Niñez en movimiento en América Latina y el Caribe: revisión de la evidencia.&lt;/i&gt; UNICEF; 2023. &lt;a href="https://www.unicef.org/lac/media/40951/file/Ninez-en-movimiento-en-ALC-resumen.pdf?utm_source=chatgpt.com"&gt;UNICEF&lt;/a&gt;.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;UNODC. &lt;i&gt;The effects of the COVID-19 pandemic on trafficking in persons&lt;/i&gt; (brief) y materiales sobre captación digital. UNODC; 2021. &lt;a href="https://www.unodc.org/documents/human-trafficking/2021/The_effects_of_the_COVID-19_pandemic_on_trafficking_in_persons.pdf?utm_source=chatgpt.com"&gt;Oficina de la ONU contra las Drogas&lt;/a&gt;.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Espacios de Mujer. &lt;i&gt;La trata de personas en Colombia: la esclavitud moderna.&lt;/i&gt; Corporación Espacios de Mujer; 2017. &lt;a href="https://www.espaciosdemujer.org/wp-content/uploads/4.CEM_La-Trata-en-Colombia_2017.pdf?utm_source=chatgpt.com"&gt;espaciosdemujer.org&lt;/a&gt;.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;US Department of State. &lt;i&gt;Trafficking in Persons Report (Colombia section).&lt;/i&gt; (2020–2023 reports). Disponible en: US TIP Report. &lt;a href="https://2021-2025.state.gov/reports/2020-trafficking-in-persons-report/colombia__trashed/?utm_source=chatgpt.com"&gt;2021-2025.state.gov+1&lt;/a&gt;&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Corporaciones y ONGs locales (Guías de prevención y sensibilización) — por ejemplo: publicaciones de la OIM sobre lucha contra la trata y guías informativas. &lt;a href="https://colombia.iom.int/es/lucha-contra-la-trata-de-personas?utm_source=chatgpt.com"&gt;https://colombia.iom.int/es/lucha-contra-la-trata-de-personas?utm_source=chatgpt.com&lt;/a&gt;.&lt;/li&gt;&lt;/ol&gt; &lt;p&gt; &lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;Autores: &lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Paola Andrea Arteta Granados&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Harold Alberto Lozano Gutiérrez&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Dirección Regional Norte&lt;/p&gt;</summary> <dc:creator>Administrador inmlcf</dc:creator> <dc:date>2025-10-09T17:30:00Z</dc:date> </entry> <entry> <title>Intervención Forense en Casos de Cadáveres Embolsados</title> <link rel="alternate" href="https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1225069" /> <author> <name>Administrador inmlcf</name> </author> <id>https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1225069</id> <updated>2025-10-08T16:34:48Z</updated> <published>2025-10-08T16:23:00Z</published> <summary type="html">&lt;p&gt;El hallazgo de cadáveres embolsados representa una problemática creciente en Colombia y América Latina, asociada a contextos de violencia urbana, crimen organizado y conflictos armados. Históricamente, el uso de bolsas, costales o envoltorios para ocultar cuerpos ha sido documentado desde finales del siglo XX, especialmente en países como México, El Salvador y Colombia, donde el narcotráfico y los grupos armados ilegales han utilizado este método como forma de intimidación, ocultamiento y deshumanización de las víctimas.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Culturalmente, estos hallazgos generan un fuerte impacto en las comunidades, al simbolizar el abandono, la impunidad y el dolor colectivo. La presencia de cuerpos embolsados en espacios públicos no solo afecta la percepción de seguridad, sino que también influye en la memoria social y en la forma en que se entienden los derechos humanos y la justicia. En este contexto, la intervención forense adquiere un papel fundamental para esclarecer los hechos, identificar a las víctimas y contribuir a la verdad judicial y social.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En los últimos años, el hallazgo de cadáveres embolsados se ha convertido en una constante inquietante en diversas ciudades colombianas. Estos casos, lejos de ser simples estadísticas, revelan patrones complejos de violencia, ocultamiento y tortura que demandan una mirada multidisciplinaria desde la medicina legal.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;¿Qué significa encontrar un cadáver embolsado?&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En Colombia, es cada vez más común hallar cuerpos sin vida dentro de bolsas o costales. Esto refleja violencia extrema y un intento de ocultar el crimen.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;¿Por qué se embolsa un cuerpo?&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Las razones incluyen ocultamiento, facilitar el transporte, tortura o incluso como método para causar la Muerte por mecanismos asfícticos.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;¿Qué hace Medicina Legal en estos casos?&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Los expertos forenses documentan el estado del cuerpo, realizan la autopsia completa siguiendo los estándares del protocolo de Minnesota o protocolo para la investigación de muerte potencialmente ilícitas.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;¿Qué es el Protocolo de Minnesota?&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;El Protocolo de Minnesota es una norma internacional de la ONU publicada por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (y que lleva su nombre por ser desarrollado por un comité de abogados de Minnesota) para guiar la investigación de muertes potencialmente ilícitas o desapariciones forzadas. Su objetivo es asegurar investigaciones efectivas, imparciales y transparentes, protegiendo así el derecho a la vida y promoviendo la justicia y la rendición de cuentas.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;¿Cuáles son las causas de muertes que se encuentran en estos casos?&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Las causas de muerte más comunes son asfixia, heridas con armas blancas, disparos y golpes. En algunos casos, el cuerpo puede estar desmembrado o quemado.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;¿Qué puede aportar la evidencia encontrada con el cuerpo?&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Las bolsas, cintas y otros objetos pueden contener huellas, ADN o fibras que ayudan a identificar a los responsables.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;¿Qué hacer si se encuentra un cadáver embolsado?&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;No tocar nada, llamar a la Policía o al 123, evitar divulgar imágenes y permitir que las autoridades trabajen sin interferencias.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;Casos exitosos en Colombia&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En la regional Noroccidente, se han resuelto casos gracias a huellas encontradas en las bolsas, demostrando la importancia de conservar la escena del crimen.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;Referencias&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. (2016). Protocolo de Minnesota sobre la investigación de muertes potencialmente ilícitas.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. (2023). Manual de procedimientos forenses en Colombia.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Forensic Anthropology Center. (2022). Guidelines for forensic investigation of bagged bodies.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Jennifer Garcia Ospina&lt;/p&gt;</summary> <dc:creator>Administrador inmlcf</dc:creator> <dc:date>2025-10-08T16:23:00Z</dc:date> </entry> <entry> <title>La Violencia contra el Adulto Mayor en Colombia: Una realidad latente</title> <link rel="alternate" href="https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1212696" /> <author> <name>Administrador inmlcf</name> </author> <id>https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1212696</id> <updated>2025-09-02T20:24:58Z</updated> <published>2025-09-02T17:44:00Z</published> <summary type="html">&lt;p&gt;Elaborado por el doctor Jhon Jairo Mueses Samboni - Profesional Especializado Forense, Facilitador Gestión de la Seguridad, Salud en el Trabajo y Ambiente, Grupo Regional Clínica, Psiquiatría y Psicología Forense - Sede Cali San Fernando - Regional Suroccidente.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;br /&gt; El envejecimiento es un proceso natural donde nuestras capacidades físicas y mentales van disminuyendo gradual e individualmente, debido a factores biológicos por daño molecular y celular acumulado. Este proceso debería estar acompañado de respeto, cuidado y reconocimiento, sin embargo, el envejecimiento de las personas muchas veces es asociado con enfermedad, debilidad o capacidad mental disminuida lo cual no es adecuado teniendo en cuenta que es un proceso no lineal ni uniforme en la población general y dependerá de múltiples factores (nutricionales, sociales,&lt;br /&gt; laborales, familiares o comunitarios entre otros).&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Las personas mayores, como deberían llamarse, son aquellas que han superado los 60 años de edad y se prevé que dicha población se duplicara, con creces de 900 millones en el año 2015 a unos 2000 millones en 2050. De acuerdo con información de la Organización Mundial de la Salud, para el año 2022 una de cada 6 personas mayores de 60 años, sufrió algún tipo de maltrato en los entornos comunitarios y teniendo en cuenta el aumento rápido y previsto de esta población, se prevé un aumento de la problemática que requiere un abordaje integral de todos los sectores&lt;br /&gt; de la sociedad.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;El período 2021 a 2030, ha sido declarado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, como la Década del ENVEJECIMIENTO SALUDABLE, orientada a aunar esfuerzos a nivel mundial para promover vidas más largas y saludables, disminuyendo las desigualdades en materia de salud y mejorando la calidad de vida de las personas mayores, sus familias y sus comunidades y es una oportunidad única para abordar el abuso de personas mayores de una forma integral y globalizada.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La violencia contra las personas mayores, no solo constituye una vulneración de los derechos humanos, sino que también obstaculiza el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) aprobados por la ONU en el año 2015. Desde el ODS 3, que busca garantizar la salud y el bienestar en todas las etapas de la vida, hasta el&lt;br /&gt; ODS 16, que promueve la paz, la justicia y la protección de las instituciones, la violencia hacia las personas mayores refleja un desafío transversal. La reducción de las desigualdades (ODS 10), la igualdad de género (ODS 5) y la construcción de comunidades seguras e inclusivas (ODS11) también son metas estrechamente vinculadas a la erradicación de este problema social.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;De acuerdo con datos preliminares del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, durante el periodo enero a junio de 2025, se han realizado 2412 necropsias a nivel Nacional, a personas mayores y de éstas un 14,84% (358 casos) están relacionadas con probable homicidio. En relación con las Valoraciones de Lesiones No Fatales en Adultos Mayores, se tiene un 43,2 % de casos relacionados con violencia interpersonal, un 22,27% con violencia intrafamiliar, un 8,20% de violencia de pareja y un 1,03% por presunto delito sexual, de un total de 6110 Valoraciones en&lt;br /&gt; el periodo registrado.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La violencia hacia personas mayores se define con cualquier acto que le cause daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico o emocional, económico o patrimonial y social, de igual manera se considera la no adopción de medidas apropiadas para evitar otros daños por parte del cuidador o responsable (abandono, desatención, menoscabo de&lt;br /&gt; la dignidad y el respeto).&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En Colombia, la Ley 1251 de 2008 establece medidas de protección para la vejez incluyendo el establecimiento de la Política Nacional de Envejecimiento y Vejez 2022-2031, indicando que las entidades territoriales establecerán planes, programas y proyectos de prevención, promoción y protección frente a las distintas formas de violencia que afectan a la población mayor. Por otro lado, el Código Penal Colombiano sanciona el maltrato, la violencia intrafamiliar y el abandono en su artículo 229A el cual se configura cuando se somete a una persona mayor de 60 años a abandono o descuido que afecte sus necesidades básicas como higiene, vestuario, alimentación y salud, con pena de 4 a 8 años de prisión y multas de 1 a 5 salarios mínimos.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Uno de los ejes centrales de esta política es el diseño y fortalecimiento de rutas de atención en casos de violencia física, psicológica, sexual o por negligencia, articulando los sectores de salud, justicia, protección social y comunidad. Dichas&lt;br /&gt; rutas permiten detectar, atender y hacer seguimiento oportuno a las situaciones de vulneración de derechos, con el fin de garantizar la restitución de la dignidad y la integridad de las víctimas.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En términos generales la puerta de acceso a la atención integral de personas mayores que son víctimas de maltratos se realiza por el sector Salud, pues en las valoraciones medicas preventivas o por cualquier otra causa de consulta, se pueden detectar señales de alerta: Lesiones repetidas con diferentes edades evolutivas; cambios emocionales: depresión, retraimiento, miedo; evidencias de descuido: ropa sucia, desnutrición, falta de medicamentos; restricciones en el acceso a su propio dinero o bienes, entre otros.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Dentro de los factores de riesgo que tienen las personas mayores de ser víctimas de violencia en cualquier forma se encuentran: la dependencia funcional o discapacidad, enfermedades degenerativas o discapacitantes, enfermedades mentales, deterioro cognitivo y dependencia económica; el tipo y calidad de las relaciones tanto intra como extra familiares pueden aumentar el riesgo de maltrato, aunque estos factores son variables. En relación con los entornos comunitarios, la violencia se puede ver representada en la segregación o discriminación por causa de la edad.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Se debe tener en cuenta que los adultos mayores pueden evitar las denuncias de los hechos de maltrato especialmente cuando el presunto agresor es su familiar o su cuidador primario, por temor a represalias, por vergüenza o por dependencia de los mismos cuidadores, siendo este un factor importante en el subregistro de los casos. Una vez el caso es puesto en conocimiento de las autoridades, éstas emiten las órdenes respectivas para garantizar los derechos de las personas mayores que son víctimas de cualquier tipo de violencia.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;El papel que juega el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en estas rutas de atención consiste, en realizar Valoraciones Medico Legales a los sobrevivientes, para poder documentar de manera objetiva las lesiones y emitir los Informes Periciales que orienten a la autoridad en la investigación de cada caso, para lograr una eficaz Administración de Justicia y garantía de los derechos vulnerados en cada caso.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La violencia contra los Adultos Mayores, es un flagelo que existe en nuestra comunidad, afecta su dignidad y debe ser reconocida, visibilizada, prevenida, abordada y denunciada por todos los sectores de nuestra sociedad.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;/p&gt; &lt;p&gt;Los invitamos a participar en el &lt;a href="https://www.medicinalegal.gov.co/foro/-/message_boards/message/1212743"&gt;&lt;u&gt; &lt;strong&gt;foro&lt;/strong&gt;&lt;/u&gt;&lt;/a&gt; relacionado con este tema.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;br /&gt; Para más información y estadísticas del tema:&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Maltrato de las personas mayores, disponible en https://www.who.int/es/news-room/factsheets/detail/abuse-of-older-people&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Envejecimiento y Salud, disponible en https://www.who.int/es/news-room/factsheets/detail/ageing-and-health&lt;/p&gt; &lt;p&gt;ODS, disponible en &lt;a href="https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/objetivos-de-desarrollosostenible/"&gt;https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/objetivos-de-desarrollosostenible/&lt;/a&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Boletines Estadísticos Violencia contra el Adulto Mayor, disponible en &lt;a href="https://www.medicinalegal.gov.co/cifrasestadisticas/boletines-adulto-mayor"&gt;https://www.medicinalegal.gov.co/cifrasestadisticas/boletines-adulto-mayor&lt;/a&gt;&lt;/p&gt;</summary> <dc:creator>Administrador inmlcf</dc:creator> <dc:date>2025-09-02T17:44:00Z</dc:date> </entry> <entry> <title>Daño antijurídico y su prevención desde la prestación de servicios periciales en el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses</title> <link rel="alternate" href="https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1128320" /> <author> <name>Administrador inmlcf</name> </author> <id>https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1128320</id> <updated>2025-01-08T15:47:13Z</updated> <published>2025-01-08T15:34:00Z</published> <summary type="html">&lt;p&gt;La prestación adecuada de los servicios periciales en el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses en Colombia, es fundamental para la prevención del daño antijurídico, garantizando la justicia y la equidad en los procesos judiciales y administrativos.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La prevención del daño antijurídico es una herramienta fundamental en el derecho colombiano. Es importante identificar las causas que conllevan en este caso al Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses como entidad del estado a ser causante de daño en la prestación de sus servicios forenses.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;Daño Antijurídico: &lt;/b&gt;Es el perjuicio causado a una persona o entidad como resultado de una acción u omisión contraria a la Ley.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;El inciso 1o del artículo 90 de la Constitución Política dice: “El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas”. &lt;/p&gt; &lt;p&gt;La Corte Constitucional en sentencia C -644 de 2011, dispuso que la responsabilidad patrimonial del Estado en nuestro sistema jurídico encuentra fundamento en el principio de la garantía integral del patrimonio de los ciudadanos y se configura cuando concurren los siguientes tres presupuestos fácticos:&lt;/p&gt; &lt;ol&gt; &lt;li&gt;Un daño antijurídico o lesión, definido como el menoscabo o perjuicio que sufre la víctima en su patrimonio o en sus derechos personalísimos, sin tener el deber jurídico de soportarlo.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Una acción u omisión imputable al Estado, que se presenta cuando la Administración Pública no satisface las obligaciones a su cargo dentro de las circunstancias de modo, tiempo y lugar en fijadas por la ley. &lt;/li&gt; &lt;li&gt;Una relación de causalidad para que el daño antijurídico atribuido al Estado sea indemnizable. Este reclama que el daño sea consecuencia: a) del incumplimiento de las obligaciones de la Administración desde una perspectiva negativa, b) no derive de un fenómeno de fuerza mayor o sea atribuible a la conducta negligente de la víctima.&lt;/li&gt;&lt;/ol&gt; &lt;p&gt;El Consejo de Estado con el fin de declarar la responsabilidad de la administración pública, exige verificar la configuración de estos elementos: a) el daño, b) falla en el servicio e c) imputación jurídica.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;&amp;quot;1.- En casos como el presente, en los cuales se imputa responsabilidad a la administración por el incumplimiento o el cumplimiento defectuoso de sus obligaciones, la determinación de si el daño causado al particular tiene el carácter de daño antijurídico, depende de acreditar que la conducta de la autoridad fue inadecuada. Si el daño que se imputa a ésta se deriva del incumplimiento de un deber que legalmente le corresponde, o de su cumplimiento inadecuado, la antijuridicidad del daño surgirá entonces aquí de dicha conducta inadecuada, o lo que es lo mismo, de una FALLA EN EL SERVICIO. (...)&lt;/p&gt; &lt;p&gt; “2.- Para determinar si aquí se presentó o no dicha falla del servicio, debe entonces previamente establecerse cuál es el alcance de la obligación legal incumplida o cumplida inadecuadamente por la administración. Debe precisarse en qué forma debió haber cumplido el Estado con su obligación; qué era lo que a ella podía exigírsele; y, sólo si en las circunstancias concretas del caso que se estudia se establece que no obró adecuadamente, esto es, que no lo hizo como una administración diligente, su omisión podrá considerarse como causa del daño cuya reparación se pretende.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;“La falla de la administración, para que pueda considerarse entonces verdaderamente como causa del perjuicio y comprometa su responsabilidad, no puede ser entonces cualquier tipo de falta. Ella debe ser de tal entidad que, teniendo en cuenta las concretas circunstancias en que debía prestarse el servicio, la conducta de la administración pueda considerarse como &amp;quot;anormalmente deficiente&amp;quot;. – Consejo de Estado Rad. 73001-23-31-000-1999-00539-01(22464), 01 de febrero de 2012. M.P. Jaime Orlando Santofimio Gamboa.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;El artículo 140 de la Ley 1437 de 2011, señala: “En los términos del artículo 90 de la Constitución Política, la persona interesada podrá demandar directamente la reparación del daño antijurídico producido por la acción u omisión de los agentes del Estado.”&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;Prevención del Daño Antijurídico:&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La prevención del daño antijurídico es una política de la administración pública, las entidades deben formular, aprobar y ejecutar acciones preventivas o correctivas como estrategia de prevención del daño antijurídico, así como diseñar las políticas generales que orientarán la defensa de los intereses de la Entidad, por tanto, es deber de las entidades públicas no siendo el Instituto ajeno a esto, aunar esfuerzos que permitan realizar una labor preventiva, para contribuir a la reducción del índice de ligitiosidad a partir del mejoramiento de su gestión. La prevención del daño antijurídico por parte de las entidades estatales obedece a la necesidad de reducir progresivamente hasta su eliminación las reclamaciones administrativas, prejudiciales y judiciales que suelen presentarse por acción u omisión del actuar de sus servidores y contratistas, quienes durante el curso ordinario de sus funciones o actividades pueden incurrir en fallas generadoras de daños a terceros, que le implican a la entidad responsabilidades jurídicas con efectos patrimoniales y de responsabilidad para sus colaboradores. (Art. 90 Constitución Política de Colombia)&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La prevención del daño antijurídico tiene como objetivo solucionar las deficiencias administrativas y misionales que se presentan al interior de la entidad y que conlleva a estar inmerso el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses en un proceso judicial que como resultado genere la afectación de recursos públicos.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;Apoyo a la administración de justicia:&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La Ley 938 de 2004, establece la naturaleza y misionalidad del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, siendo una entidad que presta apoyo técnico y científico a la administración de justicia, entidad de referencia Nacional e Internacional.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La prestación de los servicios periciales por parte del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses es fundamental como apoyo a la administración de justicia, garantizando la justicia y equidad en los procesos judiciales y administrativos, garantizando con su actuación la protección de los derechos fundamentales de las víctimas y de los imputados; para garantizar el cumplimiento de la función del Instituto, es además fundamental, que la prestación de los servicios se realice de manera adecuada y respetando los tiempos de respuesta, evitar demoras injustificadas que conlleven a la afectación de las partes involucradas y por ende a la entidad, que puede verse inmersa en un proceso judicial por la afectación del estado a un tercero.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;Beneficios de la prestación adecuada de los servicios periciales:&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Para el desarrollo de la función y misión del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y garantizar el apoyo a la administración de justicia, la prestación de sus servicios incluido la suscripción de los informes periciales, esta, debe realizarse con oportunidad – garantizando los tiempos de respuesta, calidad y objetividad técnico-científica, que permita coadyuvar en la protección de los derechos fundamentales de las víctimas e involucrados en un proceso judicial, y lograr la efectividad de la administración de justicia, generando confianza en los usuarios internos y externos, donde no haya asomo de duda de que la actuación de la entidad es realizada de manera imparcial y con equidad en busca de la verdad, la justicia y reparación integral.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;Consecuencias de la prestación inadecuada de los servicios periciales:&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La prestación inadecuada de los servicios periciales, incluida la demora en la entrega de los informes periciales a la autoridad, además del retardo en los procesos judiciales que pueden conllevar incluso la permanencia injusta en un centro penitenciario y carcelario de una persona privada de la libertad, puede conllevar:&lt;/p&gt; &lt;ul&gt; &lt;li&gt;Violación de derecho fundamentales&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Daño emocional y psicológico a las víctimas y a sus familiares&lt;/li&gt; &lt;li&gt;La causación de daño antijurídico, que genera un costo económico a la entidad&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Pérdida de confianza en el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Desigualdad al momento de la prestación del servicio y la demora en la entrega de informes periciales&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Ineficiencia que conlleva a generar retrasos a la administración de justicia&lt;/li&gt;&lt;/ul&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;Medidas tomadas por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forense para la prevención del daño antijurídico:&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;ul&gt; &lt;li&gt;Implementación de procesos, procedimientos y su divulgación para garantizar la calidad y ética en la prestación de los servicios periciales&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Implementación y divulgación de procedimientos y protocolos para la recopilación y análisis de valoraciones y evidencias&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Implementación y divulgación de procedimientos y protocolos para el desarrollo de las valoraciones médico legales, necropsias medico legales, realización de pruebas y sus análisis, suscripción de informes periciales y entrega a la autoridad&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Implementación y divulgación de los tiempos de respuesta&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Adopción, implementación y divulgación del código de ética de la entidad&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Implementación y divulgación de mecanismos de supervisión y control de las actuaciones periciales&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Capacitación y entrenamiento inicial y continuo para los peritos&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Implementar y garantizar la participación de los peritos y expertos técnicos en talleres, seminarios, conferencias, congresos.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Garantizar el acceso a la información y espacios de participación de los peritos y expertos técnicos&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Evaluación y retroalimentación continua&lt;/li&gt; &lt;li&gt;El Instituto ha implementado la supervisión y control de la calidad de los informes periciales (calidad del dato), siendo esta actividad crucial para garantizar la precisión y confiabilidad en los informes periciales, habiéndose fijado y divulgado los criterios de calidad&lt;/li&gt; &lt;li&gt;El Instituto ha implementado sistemas de seguimiento a la actividad pericial&lt;/li&gt; &lt;li&gt;El Instituto ha establecido tiempos de respuesta y plazos para la entrega de informes periciales, fundamental para garantizar la eficiencia y eficacia de la entidad, creando incluso criterios de priorización de casos urgentes&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Monitoreo continuo a los tiempos de respuesta, a la calidad de los informes periciales&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Implementación de ajustes y mejoras continuas a los procesos, procedimientos y tiempos de respuesta&lt;/li&gt;&lt;/ul&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;Conclusiones:&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;ul&gt; &lt;li&gt;La prestación de los servicios periciales por parte del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses de manera adecuada y respetando los tiempos de respuesta es fundamental para prevenir el daño antijurídico y garantizar la justicia, la equidad en los procesos judiciales&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Cumplimiento estricto de los procesos, procedimientos y protocolos implementados por el Instituto para abordar los diferentes campos médico legales&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Desarrollo de las actividades por parte de los peritos garantizando la equidad, la imparcialidad y confidencialidad&lt;/li&gt;&lt;/ul&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;Bibliografía:&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;ul&gt; &lt;li&gt;Congreso de la República de Colombia (2011). Ley 1437. Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. &lt;a href="https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=41249"&gt;https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=41249&lt;/a&gt;&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Congreso de la República de Colombia (2004). Ley 938. Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la Nación. &lt;a href="https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=68756"&gt;https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=68756&lt;/a&gt;&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Constitución Política de Colombia [Const]. (1991). Artículo 90.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Consejo de Estado de Colombia (2012). Rad. 73001-23-31-000-1999-00539-01(22464), 01 de febrero de 2012. (Jaime Orlando Santofimio Gamboa, M.P.). &lt;a href="https://www.consejodeestado.gov.co/documentos/boletines/99/S3/73001-23-31-000-1999-00539-01(22464).pdf"&gt;https://www.consejodeestado.gov.co/documentos/boletines/99/S3/73001-23-31-000-1999-00539-01(22464).pdf&lt;/a&gt;&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Corte Constitucional de Colombia (2011). Sentencia C-644/11. (Luis Ernesto Vargas Silva, M). &lt;a href="https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2011/c-644-11.htm"&gt;https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2011/c-644-11.htm&lt;/a&gt;&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Universidad Externado de Colombia, Facultad de Finanzas, Gobierno y Relaciones Internacionales – Maestría en Gobierno y Políticas Públicas Bogotá, Colombia 2021 &lt;u&gt;chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://bdigital.uexternado.edu.co/server/api/core/bitstreams/79ee3c76-ad06-4f5c-865e-4102ebc9e570/content&lt;/u&gt;&lt;/li&gt;&lt;/ul&gt;</summary> <dc:creator>Administrador inmlcf</dc:creator> <dc:date>2025-01-08T15:34:00Z</dc:date> </entry> <entry> <title>¿Qué es la Alerta Rosa?</title> <link rel="alternate" href="https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1104398" /> <author> <name>Administrador inmlcf</name> </author> <id>https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1104398</id> <updated>2024-12-20T16:43:21Z</updated> <published>2024-12-20T14:05:00Z</published> <summary type="html">&lt;p&gt; &lt;b&gt;¿QUÉ ES LA ALERTA ROSA&lt;a name="n1"&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href="#_ftn1" id="n1" rel="nofollow"&gt;&lt;b&gt;[1]&lt;/b&gt;&lt;/a&gt;?&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Colombia, como otros países de la región, presenta en la rutina diaria un número importante de menores de edad y mujeres desaparecidas, situación que ha llamado la atención, en los últimos años, de legisladores de diferentes líneas políticas, quienes llevaron la discusión al desarrollo mecanismos que buscan la atención oportuna de los casos y evitar, de esta forma, que menores de edad y mujeres desaparecidas, puedan convertirse en víctimas de delitos como trata de personas, desaparición forzada, entre otros.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En este sentido, surge la Ley 2326 de 2023 que crea la ALERTA ROSA, definida como una &lt;i&gt;alerta masiva multicanal que funciona como sistema de emergencia nacional unificado, formal y oficial&lt;/i&gt;, en los casos de niñas, niños, adolescentes, jóvenes y mujeres desaparecidas. De forma operativa y basado en reglamentaciones previas (Ley 1978 de 2019 artículo 50&lt;a name="n2"&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href="#_ftn2" id="n2" rel="nofollow"&gt;[2]&lt;/a&gt;), la ALERTA ROSA se traduce inicialmente en mensajes de texto que llegan por medio del servicio de telefonía celular y que incluyen boletines de personas desaparecidas en la zona donde ocurrieron los hechos.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Aunque la naturaleza de la ALERTA ROSA se enfoca inicialmente en lo anterior, la ley 2326 crea estrategias y mecanismos para atender la problemática desde la divulgación y prevención, que incluyen campañas pedagógicas de difusión y de educación con enfoque diferencial e interseccional, programas de radio, televisión o cine, protocolos y directrices con perspectiva de género y enfoque diferencial. Además, para su funcionamiento se crea un Comité de Coordinación Nacional de la Alerta Rosa, encargado de las acciones de prevención, búsqueda, localización, ubicación y protección inmediata de las niñas, niños, adolescentes y mujeres desaparecidas, integrado por 7 ministerios&lt;a name="n3"&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href="#_ftn3" id="n3" rel="nofollow"&gt;[3]&lt;/a&gt;, 8 entidades&lt;a name="n4"&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href="#_ftn4" id="n4" rel="nofollow"&gt;[4]&lt;/a&gt; y 2 comisiones&lt;a name="n5"&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href="#_ftn5" id="n5" rel="nofollow"&gt;[5]&lt;/a&gt;.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Este Comité tiene en su estructura operativa la dirección a cargo de la Fiscalía General de la Nación, la Secretaría Ejecutiva en la Policía Nacional y Equipos Locales de Búsqueda en los territorios. A continuación se describen las funciones de las diferentes instancias:&lt;/p&gt; &lt;ol&gt; &lt;li&gt;La Fiscalía General de la Nación, en el marco de la dirección del Comité de Coordinación Nacional de la Alerta Rosa, tiene como función principal el desarrollo de políticas, planeación y coordinación interinstitucional, para la búsqueda, protección y hallazgo de los niñas, niños, adolescentes, jóvenes y mujeres desaparecidas.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;La Secretaría Ejecutiva a cargo de la Policía Nacional, tiene como función la operatividad de las acciones encaminadas a la búsqueda de la niña, niño, adolescente, joven o mujer desaparecida, dentro de las cuales se destacan recibir la denuncia y/o reporte, realizar labores de verificación, coordinar los equipos locales de búsqueda y divulgar de manera local la situación de desaparición.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Los equipos locales de búsqueda son los encargados de las acciones de búsqueda y están integrados por agentes de la Policía Nacional, representantes locales de las organizaciones de derechos humanos y de mujeres, autoridades étnicas, organizaciones campesinas, bomberos, vecinos, entidades y organizaciones del sector religioso en el marco de su autonomía, así como por cualquier persona o institución.&lt;/li&gt;&lt;/ol&gt; &lt;p&gt;Por otra parte, como mecanismos adicionales para la atención integral de los casos de niñas, niños, adolescentes, jóvenes y mujeres desaparecidas creados en la Ley 2326, se destacan los siguientes:&lt;/p&gt; &lt;ul&gt; &lt;li&gt;Plan Operativo de Búsqueda, Localización y Protección de un niño, niña, adolescente, joven o mujer desaparecida&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Registro de niñas, niños, adolescentes, jóvenes y mujeres desaparecidas.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Banco de Ácido Desoxirribonucleico -ADN- de niñas, niños, adolescentes, jóvenes y mujeres desaparecidas y de los parientes que demandan su localización.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Coordinaciones Fronterizas, Bilaterales y Multilaterales.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Restitución Internacional de los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y mujeres desaparecidas.&lt;/li&gt;&lt;/ul&gt; &lt;p&gt;Actualmente, como parte de proceso de reglamentación de la Ley 2326, el Ministerio de Justicia y del Derecho está en proceso de socialización del decreto que aclarará algunos aspectos relacionados con la complementación del Plan Operativo de Búsqueda, Localización y Protección de un niño, niña, adolescente, joven o mujer desaparecida y el &lt;u&gt;Plan Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas&lt;/u&gt; &lt;a name="n6"&gt;&lt;/a&gt; &lt;a href="#_ftn6" id="n6" rel="nofollow"&gt;[6]&lt;/a&gt;, la articulación entre el Registro de niñas, niños adolescentes, jóvenes y mujeres desaparecidas y el &lt;u&gt;Registro Nacional de Desaparecidos&lt;/u&gt; &lt;a name="n7"&gt;&lt;/a&gt; &lt;a href="#_ftn7" id="n7" rel="nofollow"&gt;[7]&lt;/a&gt;, la interoperabilidad entre el Banco de Ácido Desoxirribonucleico -ADN- de niñas, niños, adolescentes, jóvenes y mujeres desaparecidas y de los parientes que demandan su localización y el &lt;u&gt;Banco de Perfiles Genéticos de Desaparecidos&lt;/u&gt; &lt;a name="n8"&gt;&lt;/a&gt; &lt;a href="#_ftn8" id="n8" rel="nofollow"&gt;[8]&lt;/a&gt;, ya que los mecanismos permanentes subrayados, hacen parte de las herramientas creadas para la atención y búsqueda de todas las personas desaparecidas en Colombia. Igualmente, dicha reglamentación establecerá la coordinación de acciones relacionadas con niñas, niños, adolescentes, jóvenes y mujeres desaparecidas en frontera o en el exterior.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Como conclusiones importantes, se puede resaltar que:&lt;/p&gt; &lt;ol&gt; &lt;li&gt;La problemática de personas desaparecidas en Colombia sigue estando en la agenda pública de las autoridades de Estado y Gobierno, ya que su complejidad y magnitud, que no solo abarca desapariciones asociadas al conflicto armado, sino a diferentes tipos de violencia incluyendo la intrafamiliar y de género, ha permitido la creación de múltiples mecanismos de intervención desde el año 2000 a la fecha.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Los mecanismos nacionales de intervención creados para atender la problemática de personas desaparecidas, tanto permanentes como transitorios, requieren una articulación institucional e interinstitucional que debería ser resuelta en la normatividad, ya que existen riesgos de duplicidad de funciones, confusión en las rutas de atención e ineficacia en el objetivo final de búsqueda y hallazgo de las personas desaparecidas.&lt;/li&gt;&lt;/ol&gt; &lt;p&gt;Desde el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses en el año 2025, estaremos dispuestos a adelantar todas las gestiones que permitan que la naturaleza y alcance de la Ley 2326, sea una realidad para los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y mujeres desaparecidas y sus familias.&lt;/p&gt; &lt;div&gt; &lt;hr /&gt; &lt;p&gt; &lt;a name="_ftn1"&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href="#n1"&gt;[1]&lt;/a&gt; Ley No. 2326 del 13 de septiembre del 2023, por medio de la cual se adopta la alerta rosa y otras medidas de prevención, protección y reparación para las niñas, niños, jóvenes, adolescentes y mujeres víctimas de desaparición.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;a name="_ftn2"&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href="#n2"&gt;[2]&lt;/a&gt; Ley 1978 de 2019 Artículo 5. Medidas para promover la localización de menores de edad desaparecidos. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 1098 de 2006, dentro de los dieciocho (18) meses siguientes a la expedición de la presente Ley, la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) realizará un estudio y expedirá la reglamentación que permita diseñar e implementar una alerta nacional ante la desaparición de niños, niñas y adolescentes, mediante la que se difundirá la información de la desaparición del menor edad, previa orden judicial o de ·autoridad competente, con el fin de garantizar su inmediata localización y reintegro a su entorno familiar.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;a name="_ftn3"&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href="#n3"&gt;[3]&lt;/a&gt; Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Justicia y del Derecho, Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior, Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio de Educación, Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;a name="_ftn4"&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href="#n4"&gt;[4]&lt;/a&gt; Migración Colombia, Policía Nacional, Procuraduría General de la Nación, Defensoría del Pueblo, Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, Fiscalía General de la Nación, Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, lnstituto Colombiano de Bienestar Familiar.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;a name="_ftn5"&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href="#n5"&gt;[5]&lt;/a&gt; Comisión de Regulación de Comunicación y Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;a name="_ftn6"&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href="#n6"&gt;[6]&lt;/a&gt; El Plan Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas es un documento de trabajo elaborado por la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas, presentado ante las entidades competentes y sociedad en general, el 15/02/2007 y se encuentra elevado a rango legal de conformidad con los artículos 3°, 9° y 11° de la Ley 1408 de 2010, Decreto Reglamentario 0303 de 2015 y expresamente señalada su obligatoriedad en el artículo 178°, numeral 9° de la Ley 1448 de 2011. Puede ser descargado en el enlace: &lt;a href="http://www.comisiondebusqueda.gov.co/images/PDF/CARTILLAS2012/b_plan_nacional.pdf"&gt;http://www.comisiondebusqueda.gov.co/images/PDF/CARTILLAS2012/b_plan_nacional.pdf&lt;/a&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;a name="_ftn7"&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href="#n7"&gt;[7]&lt;/a&gt; El Registro Nacional de Desaparecidos es un sistema de información referencial de datos suministrados por las entidades intervinientes de acuerdo con sus funciones, que constituye una herramienta de información veraz, oportuna y útil para identificar cadáveres sometidos a necropsia médicolegal en el territorio nacional, orientar la búsqueda de personas reportadas como víctimas de desaparición forzada y facilitar el seguimiento de los casos y el ejercicio del Mecanismo de Búsqueda Urgente. Decreto 4218 de 2005 Artículo 2º.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;a name="_ftn8"&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href="#n8"&gt;[8]&lt;/a&gt; El Banco de Perfiles Genéticos de Personas Desaparecidas es un sistema de información interinstitucional y nacional que tiene como objeto la administración y procesamiento de la información de los perfiles genéticos obtenidos de las personas, cuerpos o restos humanos de las víctimas de desaparición y de las muestras biológicas de referencia tomadas a los familiares de éstas. Decreto 303 del 2015 - Ley 1408 de 2010, el artículo 4°.&lt;/p&gt;&lt;/div&gt;</summary> <dc:creator>Administrador inmlcf</dc:creator> <dc:date>2024-12-20T14:05:00Z</dc:date> </entry> <entry> <title>El machismo como una causa de la violencia en la sociedad</title> <link rel="alternate" href="https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1103920" /> <author> <name>Administrador inmlcf</name> </author> <id>https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1103920</id> <updated>2024-12-18T17:20:17Z</updated> <published>2024-12-18T17:15:00Z</published> <summary type="html">&lt;p&gt;En nuestro país, el concepto popular de “machismo” equivale a fuerza, poder, virilidad, sin embargo, la historia reciente lo está cambiando y esto es &lt;strong&gt;gracias a las mujeres&lt;/strong&gt;, quienes ante las necesidades sentidas de igualdad, oportunidad y respeto están reconfigurando los estereotipos y transformando los cometidos que le habían sido impuestos, mientras algunos hombres continúan aferrados a los roles tradicionales, caracterizados por perpetuar violencias basadas en género, cosificación de lo femenino, inequidad laboral, exclusión política, entre otros factores de riesgos, que sin lugar a dudas, son nocivos para todos.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Y es que, el machismo en Colombia tiene unas raíces profundas y multifacéticas, influenciadas por aspectos históricos, culturales, religiosos y sociales. He aquí algunas de las principales razones que explican su prevalencia:&lt;/p&gt; &lt;p&gt;1. Legado histórico colonial&lt;br /&gt; Durante la época colonial, el sistema patriarcal europeo se impuso como modelo social dominante. Las mujeres eran consideradas subordinadas y relegadas al ámbito doméstico, mientras los hombres asumían funciones de autoridad en la familia y la sociedad. Estas dinámicas se perpetuaron en la construcción de la nación.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;2. Cultura patriarcal&lt;br /&gt; En Colombia, la cultura patriarcal establece la supremacía de los hombres en todos los ámbitos de la vida. Esto se refleja en las relaciones de poder, la estructura familiar y los estereotipos de género, donde los hombres tienen autoridad y control, y las mujeres son vistas como dependientes o secundarias.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;3. Influencia religiosa&lt;br /&gt; La predominante religión católica, ha influido en la consolidación del machismo al promover roles de género tradicionales. La figura de la mujer ha sido idealizada bajo conceptos como el de la &amp;quot;madre abnegada&amp;quot; o la &amp;quot;esposa sumisa&amp;quot;, mientras se refuerzan expectativas de dominancia y fortaleza para los hombres.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;4. Educación tradicional&lt;br /&gt; Ha sido clave en la reproducción del machismo. Durante mucho tiempo, la formación escolar y familiar ha transmitido estereotipos de género, enseñando a los hombres a ser autoritarios y a las mujeres a ser obedientes y serviciales.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;5. Medios de comunicación&lt;br /&gt; La representación en medios de comunicación también perpetúa el machismo. La hipersexualización de las mujeres, la glorificación de hombres &amp;quot;fuertes&amp;quot; y &amp;quot;dominantes&amp;quot;, y la narrativa de roles de género tradicionales refuerzan las formas que se replican en la sociedad.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;6. Conflicto armado y violencia estructural&lt;br /&gt; Colombia ha estado marcada por décadas de conflicto armado, donde el machismo se ha intensificado. La violencia sexual contra mujeres ha sido usada como arma de guerra y las dinámicas de poder en los grupos armados refuerzan modelos de masculinidad hegemónica, asociados con la fuerza y la agresión.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;7. Resistencia al cambio cultural&lt;br /&gt; Aunque se han dado pasos hacia la igualdad de género, muchas comunidades aún resisten los cambios culturales debido al arraigo de tradiciones y valores patriarcales. El miedo a perder privilegios por parte de los hombres y la interiorización del machismo por parte de muchas mujeres dificultan el avance.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Lo dicho hasta aquí supone un contexto desesperanzador, no obstante, la institucionalidad también le está aportando de manera significativa a esta transformación de paradigmas, muestra de ello en el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses se desarrolla la estrategia nacional “Puntos Focales de Género”, que de manera transversal y longitudinal socializa, apoya y enfatiza lo relacionado con: política de género, atención diferencial con enfoque de género y perspectiva de derechos humanos, publicaciones estadísticas, análisis de la violencia contra la mujer, línea de investigación en violencia sexual, entre otras acciones en aras de proteger a las mujeres y mitigar el fenómeno falocentrico en el país.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;“&lt;em&gt;Los hombres no lloran&lt;/em&gt;”, una expresión acuñada de forma generacional en las pautas de crianza dirigidas a los niños y adolescentes, frase que a este ser humano en crecimiento le anula la emocionalidad lo que repercute en su Salud Mental, dadas las representaciones, en particular de: la negación en la expresión de emociones que ocasiona estrés constante, incapacidad de pedir/recibir ayuda porque es sinónimo de debilidad, comportamientos temerarios asumiendo riesgos innecesarios para demostrar su hombría, conductas violentas e impulsivas, relaciones interpersonales disfuncionales, baja autoestima, aspectos de una cadena del dolor que debe cesar y que exige criar a las nuevas generaciones de hombres en una masculinidad más sana, las denominadas nuevas masculinidades, cuyo objetivo es desaprender roles y aprender nuevas tendencias encaminadas a no ser hombres machistas.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;El machismo nos pone en peligro a todos: niños, niñas, adolescentes, mujeres y hombres, debemos propender erradicar este fenómeno en Colombia, por lo que es necesario abordar sus causas estructurales y promover una transformación psicosocial que fomente la igualdad y el respeto entre géneros. Esto incluye educación desde la niñez, legislación efectiva integral e integradora, participación de más hombres en la lucha por la equidad y la visibilización de las consecuencias negativas en toda la sociedad.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Por una Colombia más equitativa, justa y con oportunidades para todos, no más machismo.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Elaborado por: Ricardo Augusto Anave, nacido de una mujer.&lt;br /&gt; Psicólogo Ricardo Augusto Anave.&lt;br /&gt; Profesional Universitario. Dirección Regional Nororiente.&lt;/p&gt;</summary> <dc:creator>Administrador inmlcf</dc:creator> <dc:date>2024-12-18T17:15:00Z</dc:date> </entry> <entry> <title>Formación en masculinidades no hegemónicas: una herramienta para la prevención de la violencia contra la mujer</title> <link rel="alternate" href="https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1095738" /> <author> <name>Administrador inmlcf</name> </author> <id>https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1095738</id> <updated>2024-12-04T15:30:19Z</updated> <published>2024-11-29T12:57:00Z</published> <summary type="html">&lt;p&gt;Antes de hablar sobre la importancia de la formación en masculinidades no hegemónicas, es necesario aclarar algunos conceptos fundamentales que nos ayudarán a comprender mejor el tema.&lt;/p&gt; &lt;ul&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Masculinidad hegemónica: &lt;/strong&gt;Es el modelo tradicional de masculinidad que ha dominado históricamente en la sociedad. Este modelo promueve una imagen de los hombres como fuertes, dominantes, invulnerables, y muchas veces, controladores sobre las mujeres y otros hombres. Este tipo de masculinidad es considerada &amp;quot;ideal&amp;quot; en culturas patriarcales, y refuerza las relaciones de poder entre géneros.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Masculinidades no hegemónicas&lt;/strong&gt;: Son formas de ser hombre, que se apartan del modelo tradicional. Estas nuevas masculinidades promueven actitudes de respeto, equidad, sensibilidad y rechazo a la violencia. No buscan reemplazar la masculinidad hegemónica, sino ofrecer alternativas que favorezcan la justicia de género.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Patriarcado:&lt;/strong&gt; Es un sistema social y cultural que otorga poder y privilegios a los hombres y subordina a las mujeres. Este sistema perpetúa la idea de que los hombres deben tener autoridad sobre las mujeres, y es una de las principales raíces de la violencia de género.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Feminismo:&lt;/strong&gt; Es un movimiento social y político que busca la igualdad de derechos entre hombres y mujeres, cuestionando y desafiando las estructuras patriarcales. El feminismo lucha por la eliminación de la discriminación y violencia basada en el género, y ha sido clave para lograr avances significativos en derechos para las mujeres.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Violencia de género:&lt;/strong&gt; Hace referencia a cualquier acto de violencia basado en el género que resulta en daño físico, sexual o psicológico para la víctima, mayoritariamente dirigido hacia las mujeres. Esta violencia está enraizada en las estructuras patriarcales y las dinámicas de poder desiguales entre hombres y mujeres.&lt;/li&gt;&lt;/ul&gt; &lt;p&gt;Con estas definiciones como punto de partida, podemos entender cómo la formación en masculinidades no hegemónicas representa una estrategia clave en la lucha contra la violencia de género, especialmente en contextos como el del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;El machismo en el contexto latinoamericano&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;A lo largo del tiempo, en América Latina, el machismo ha sido un factor determinante en la perpetuación de la violencia contra las mujeres. Este sistema de creencias, que asigna roles de dominancia a los hombres y roles subordinados a las mujeres, se ha mantenido a través de generaciones, convirtiéndose en una barrera cultural difícil de superar. Aunque movimientos como el feminismo han logrado avances importantes en la defensa de los derechos de las mujeres, llegar a los hombres y lograr un cambio profundo en sus actitudes sigue siendo un desafío.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La realidad es que los hombres también necesitan ser parte de la solución, y la educación sobre nuevas formas de ser hombre es esencial. Esto nos lleva a la pregunta: ¿podrán las estrategias de formación en masculinidades no hegemónicas marcar una diferencia en el entorno laboral de los servidores públicos? ¿Podrán estas formaciones ayudarnos a ofrecer un mejor trato a las víctimas mujeres y a combatir el machismo arraigado en nuestras instituciones?&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;¿Por qué es importante educar a los hombres desde los hombres?&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Históricamente, los hombres han estado apartados de las discusiones sobre género y violencia, viéndolas como &amp;quot;problemas de mujeres&amp;quot;. Sin embargo, el machismo no solo afecta a las mujeres; también limita la vida emocional de los hombres y fomenta relaciones basadas en el poder y la violencia.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Las masculinidades no hegemónicas ofrecen una oportunidad para cambiar esa narrativa. Al enseñar a los hombres que hay formas diferentes, más igualitarias y justas de vivir su masculinidad, se les abre una puerta hacia una vida más plena y libre de las ataduras del patriarcado. Pero lo más importante es que estos hombres, transformados por la educación, pueden convertirse en aliados cruciales para erradicar la violencia de género.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;La utilidad de la formación en masculinidades no hegemónicas en nuestro contexto&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y en todas las Instituciones publicas, los servidores públicos tienen un rol esencial en la atención a las víctimas de violencia. Implementar estrategias de formación en masculinidades no hegemónicas puede tener varios efectos positivos:&lt;/p&gt; &lt;ol&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Mejora en la atención a las víctimas:&lt;/strong&gt; Una formación sólida en nuevas formas de ser hombre puede sensibilizar a los servidores públicos, haciéndolos más empáticos y comprensivos hacia las víctimas de violencia de género. Esto puede llevar a una atención más respetuosa y menos sesgada, mejorando la experiencia de las mujeres que buscan ayuda en nuestras instituciones. Si nuestros funcionarios tienen un entendimiento más profundo sobre cómo las construcciones de género afectan la violencia, estarán mejor equipados para brindar un servicio más humano y efectivo.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Lucha contra el machismo institucional:&lt;/strong&gt; La formación en masculinidades no solo puede beneficiar a las víctimas, sino también a los propios servidores públicos. Promover nuevas formas de masculinidad puede ayudar a eliminar dinámicas patriarcales dentro de la institución, creando un ambiente laboral más justo, equitativo y libre de actitudes machistas.&lt;/li&gt;&lt;/ol&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;Ejemplo de éxito: Programa Hombres por la Equidad en México&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En México, el programa &amp;quot;Hombres por la Equidad&amp;quot; ha sido una iniciativa exitosa en la formación de masculinidades no hegemónicas. Este programa trabaja con hombres para desmantelar patrones de comportamiento machista y promover relaciones más equitativas y respetuosas. Los resultados han mostrado una disminución en la violencia de género y una mejora en las relaciones interpersonales de los participantes.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;Retos y oportunidades&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;No existe un programa estandarizado para la formación en masculinidades no hegemónicas, pero varios movimientos en América Latina han desarrollado metodologías que podrían adaptarse a nuestro contexto institucional. El reto es diseñar programas que sean efectivos y accesibles para los servidores públicos, proporcionando herramientas prácticas que promuevan un cambio real en las actitudes y comportamientos.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Es importante recordar que esta formación no debe verse como una solución mágica, sino como un paso más en la lucha constante contra la violencia de género y el machismo. Los cambios profundos en las estructuras de poder y las creencias culturales toman tiempo, pero con el compromiso adecuado, podemos avanzar hacia una sociedad más equitativa.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;Conclusión&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La formación en masculinidades no hegemónicas es una herramienta poderosa para prevenir la violencia contra la mujer. A través de la educación, podemos ayudar a los hombres a reconocer sus privilegios, a cuestionar el machismo y a ser parte activa en la creación de un mundo más equitativo. En el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, esta formación puede ser clave para mejorar la atención a las víctimas y para erradicar las dinámicas patriarcales que aún persisten en nuestras instituciones.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La violencia de género es un problema que nos afecta a todos, y la solución también debe involucrar a todos. Al promover masculinidades no hegemónicas, no solo estamos creando un entorno más justo para las mujeres, sino también liberando a los hombres de los grilletes del machismo. Juntos, podemos construir un futuro más equitativo y sin violencia.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;Bibliografía&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;ol&gt; &lt;li&gt;Connell, R. W. (1995). Masculinities. Polity Press.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Kimmel, M. (2008). Guyland: The Perilous World Where Boys Become Men. Harper Collins.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Valdés, T. y Olavarría, J. (1997). Masculinidades y Equidad de Género en América Latina. FLACSO.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) (2010). &amp;quot;Programa Hombres por la Equidad.&amp;quot; &lt;/li&gt; &lt;li&gt;Butler, J. (1990). Gender Trouble: Feminism and the Subversion of Identity. Routledge.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;hooks, bell. (2000). Feminism is for Everybody: Passionate Politics. Pluto Press.&lt;/li&gt;&lt;/ol&gt; &lt;p&gt; &lt;/p&gt; &lt;p&gt;Elaborado por: Quebin Fabian Mejía Muñoz&lt;br /&gt; Director Regional Noroccidente&lt;/p&gt;</summary> <dc:creator>Administrador inmlcf</dc:creator> <dc:date>2024-11-29T12:57:00Z</dc:date> </entry> <entry> <title>Renovación tecnológica en el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses</title> <link rel="alternate" href="https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1092466" /> <author> <name>Administrador inmlcf</name> </author> <id>https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1092466</id> <updated>2024-11-18T14:54:30Z</updated> <published>2024-11-18T14:44:00Z</published> <summary type="html">&lt;p&gt;El Instituto Nacional de Medicina legal y Ciencias Forenses (INMLCF) , desde la vigencia 2023 está adelantando un proceso de renovación tecnología en los Laboratorios de Toxicología Forense y Estupefacientes Forense con la finalidad de dotar con nuevos equipos de cromatografía de gases con detector FID y cromatógrafos de gases con detector de espectrometría de masas estas áreas, con el objetivo de mejorar la prestación de los servicios, fortalecer la competencia técnica y validez de los resultados; lo cual impacta directamente en la confianza depositada por las diferentes partes interesadas. &lt;/p&gt; &lt;p&gt;La adquisición de estos equipos contribuye en las actividades de los laboratorios de Toxicología en cuanto a la búsqueda de sustancias químicas tóxicas o con potencial tóxico en muestras biológicas (fluidos y tejidos) de origen humano, así como en muestras no biológicas asociadas a los casos de intoxicación accidental o intencional, recolectadas en la ejecución de la necropsia del cadáver, el reconocimiento médico legal de individuos vivos o recolectadas durante la inspección de la escena, para apoyar la identificación de la causa de muerte y/o las circunstancias en que ocurrieron los hechos. &lt;/p&gt; &lt;p&gt;En cuanto a los Laboratorios de Estupefacientes, la dinámica mundial asociada al aumento del consumo de Nuevas Sustancias Psicoactivas (NSP), drogas emergentes y la producción de nuevas drogas sintéticas que corresponden a moléculas similares a las existentes en el mercado, pero con pequeñas variaciones en su estructura química, con el fin de evadir la legislación actual, se convierte en una necesidad que debe abordar la entidad con tecnología acorde a las necesidades para enfrentar este fenómeno, de tal manera que los laboratorios puedan resolver los interrogantes analíticos que se presentan en la casuística forense. &lt;/p&gt; &lt;p&gt;Para la vigencia 2024, se identificó como prioridad para la renovación tecnológica de cromatógrafos de gases con detector FID y detector de espectrometría de masas para los Laboratorios de Estupefacientes de la Dirección Regional Noroccidente y Dirección Regional Suroccidente y Cromatógrafos de gases con detector de espectrometría de masas para los laboratorios de Toxicología, de las Direcciones Regionales Bogotá, Noroccidente y Nororiente. &lt;/p&gt; &lt;p&gt;Los beneficios asociados a este proceso de renovación se traducen en:  &lt;/p&gt; &lt;ol&gt; &lt;li&gt;Disminución de índices de obsolescencia: Los equipos de cromatografía tienen un periodo de vida útil recomendado por el fabricante y una vez cumplido este tiempo, existe un riesgo significativo de que puedan presentar fallas de manera repentina, prolongada y/o permanente, lo que puede tener impacto en la oportunidad de la prestación del servicio. &lt;/li&gt; &lt;li&gt;Mejora de la capacidad instalada: La adquisición de los nuevos equipos permitirá procesar un mayor número de muestras en un tiempo menor, teniendo en cuenta el incremento significativo en los últimos años de la cantidad de muestras y su complejidad, lo que se traduce en una mejora significativa en la gestión de los procesos de análisis. Así mismo, la capacidad analítica mejorada permite mejorar los criterios de validación de las metodologías analíticas para detección, identificación y cuantificación de diferentes analitos cumpliendo con los criterios analíticos requeridos por estándares internacionales.  &lt;/li&gt; &lt;li&gt;Mejora de la tecnología: La tecnología disponible en el campo de la cromatografía de gases y detectores de espectrometría de masas ha avanzado considerablemente y los nuevos equipos adquiridos tienen mejoras sustanciales en términos de hardware y software, lo que se traduce en mejores parámetros de desempeño en cuanto a precisión y sensibilidad.  &lt;/li&gt; &lt;li&gt;Implementación de generadores de gases de hidrogeno, nitrógeno y aire para reducir el consumo comercial de cilindros de gas y reemplazar el uso de helio por hidrogeno, con lo cual se busca apoyar la iniciativa mundial de sustitución de este gas en la técnica de cromatografía de gases debido a la disminución de las reservas de helio lo cual genera aumento en el costo de adquisición de este insumo. En este sentido también es importante resaltar que los equipos que cuentan con la posibilidad de seleccionar el gas de arrastre de acuerdo con el método cromatográfico seleccionado, presentan mejoras considerables en cuanto al límite de detección de los diferentes analitos, ya que algunos podrán ser identificados utilizando hidrógeno como gas de arrastre y aquellos que se encuentren en menor concentración deberán ser analizados utilizando helio como gas de arrastre. &lt;/li&gt;&lt;/ol&gt; &lt;p&gt;Para los laboratorios de Toxicología las características técnicas de los nuevos equipos están orientadas a mejorar la capacidad de los laboratorios para identificar sustancias que se encuentran en concentraciones muy bajas, tanto en matrices biológicas como no biológicas, por lo cual parámetros tales como la limpieza del cuádruplo, limpieza de la fuente, posibilidad de selección del gas de arrastre y mayor sensibilidad permiten mejorar la capacidad instalada y satisfacer las necesidades de las autoridades. &lt;/p&gt; &lt;p&gt;Los Laboratorios de Estupefacientes han mejorado los límites de detección de sustancias de abuso esto como respuesta a las dinámicas del mercado de las drogas, ya que se evidencia que se están utilizando sustancias de mayor potencia por lo que se adicionan en bajas cantidades en tabletas o blotters o mezclas de diferentes sustancias en los denominados “cocteles de drogas”. &lt;/p&gt; &lt;p&gt;La siguiente gráfica muestra el número de equipos adquiridos en cada vigencia, de acuerdo con la implementación del indicador de renovación tecnológica. &lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;img src="https://www.medicinalegal.gov.co/documents/20143/1014248/Renovacion_tecnologica_INMLCF.jpg" style="float: left;" title="Gráfica: equipos adquiridos en cada vigencia" /&gt;&lt;/p&gt;</summary> <dc:creator>Administrador inmlcf</dc:creator> <dc:date>2024-11-18T14:44:00Z</dc:date> </entry> <entry> <title>Los desaparecidos buscan a sus familiares</title> <link rel="alternate" href="https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1071002" /> <author> <name>Administrador inmlcf</name> </author> <id>https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1071002</id> <updated>2024-09-23T19:41:01Z</updated> <published>2024-09-23T19:33:00Z</published> <summary type="html">&lt;p&gt; &lt;strong&gt;Dirigido a:&lt;/strong&gt; Toda la población, tema de interés para todas las familias de las víctimas.  &lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;Introducción:&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;A medida que pasa el tiempo, tenemos más personas desaparecidas en el mundo y, con esto, miles de familias buscándolas. Pero existe el otro lado de la moneda: por miedo a investigar o a buscar la verdad, son amenazadas y nunca más lo vuelven a intentar. A esto se suma otra historia: por no tener una buena relación con su familia, por no tener un contacto constante o simplemente por no vivir cerca, no se imaginan que algo malo pueda pasar, incluso que se llegase a la muerte. Bajo este contexto, encontramos los casos de los que hoy venimos a hablar: Los Desaparecidos buscan a sus familias. Estas familias, aisladas de todo, no saben, no se imaginan que esta persona llegó al final de su vida y está a la espera de ser reclamada.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Teniendo en cuenta esto, no es bueno dejarlos de buscar, no perder la fe, o mucho menos el contacto, porque a medida que han pasado los años, Medicina Legal ha logrado identificar cientos de cadáveres esqueletizados y frescos que han sido entregados a sus familias, como también cientos de estos plenamente identificados que aún continúan en espera de que alguien venga por ellos y puedan descansar en paz.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Esta es la realidad del día a día: accidentes de tránsito, enfermedades silenciosas, caídas inesperadas, peleas en la calle, incluso estar en el lugar equivocado. Hemos escuchado muchos casos como: Salió de la casa y nunca más volvió, mi familiar es consumidor y no sabemos nada de él, Se fue peleando hace una semana y no ha vuelto, yo vivo en otra ciudad y perdí el contacto con mi hijo, mi hija es adolescente y se fue con el novio, no conocía a sus amigos pero se fue con ellos; y con cada una de estas historias viene lo siguiente: estamos expuestos a enemigos e incluso a la muerte cada segundo.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Por otro lado, personas desaparecidas hace muchos años, víctimas del conflicto, que hasta ahora están siendo recuperados sus cuerpos, grupos al margen de la ley que están contando dónde han dejado a sus víctimas, y cada uno de esos cuerpos recuperados son traídos a Medicina Legal. A partir de esto, tenemos varias formas de poder ayudar a estos cadáveres a hablar y a ser entregados a sus familias. A continuación, les contaremos un poco de este proceso:&lt;/p&gt; &lt;p&gt;El primer plan de acción, apenas ingresa un cadáver, es poder lograr la IDENTIFICACIÓN, esqueletizado o fresco. ¿En qué consiste esta identificación? La primera es por medio de las huellas digitales. Para esto, contamos con el organismo de inspección Lofoscopia. El experto técnico es el encargado de cotejar las huellas decadactilares que están por parte de la Registraduría General de la Nación contra las necrodactilias que son tomadas en el momento que se está realizando la inspección al cadáver.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Si no es posible esta identificación, pasamos a la identificación por parte de odontología bajo cotejo dental. Esta consiste en que los profesionales peritos de odontología realizan una carta dental y posteriormente la comparan contra la carta dental previa a su fallecimiento, si llegase a existir, obteniendo así un resultado positivo o negativo para el cuerpo objeto.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Y por último, tenemos el cotejo genético. Se toma una muestra de sangre a los familiares en primer grado de consanguinidad y se compara con la muestra extraída del cadáver para así poder evidenciar si tienen algún tipo de coincidencia. Es de aclarar que la genética no identifica, pero sí es un puente y una ayuda para orientar si estos comparten o no los mismos genes.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Luego de que logramos la identificación total de este cadáver, pasamos a la DIVULGACIÓN, y consiste en que, por parte de Medicina Legal, se realiza dicha divulgación a nivel nacional a través de entidades como defensoría, personería, alcaldía de la ciudad de donde la persona nació, medios de comunicación, entre ellos, canales de radio, periódicos, comunicadores sociales más reconocidos en la ciudad, etc., para el apoyo y la búsqueda de familiares de esta persona plenamente identificada con nombres completos, apellidos y número de identificación. Pero tristemente su familiar aún no sabe la historia y mucho menos que le llega la vida a su fin, encontrándose bajo custodia del Instituto Nacional de Medicina Legal.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;El panorama anterior no es alentador. Es triste ver cómo pasa el tiempo y las personas fallecidas se quedan sin ser reclamadas y, detrás de esto, una familia triste y desesperada, o quizás resignada con cada caso diferente que se logra evidenciar. El llamado hoy es para que, si tienen algún familiar desaparecido bajo cualquier contexto, lo busquen, indaguen, llamen, pregunten. Medicina Legal cuenta en su página principal con las BÚSQUEDAS PÚBLICAS a nivel nacional, donde por nombres y apellidos pueden acceder a la base de datos de CADÁVERES o PERSONAS REPORTADAS COMO DESAPARECIDAS. Muchos casos han salido positivos, familias que no viven en la misma ciudad pero logran encontrar a su familiar fallecido.&lt;/p&gt;</summary> <dc:creator>Administrador inmlcf</dc:creator> <dc:date>2024-09-23T19:33:00Z</dc:date> </entry> <entry> <title>Abordaje interdisciplinario forense de víctimas sobrevivientes a una agresión sexual</title> <link rel="alternate" href="https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1066279" /> <author> <name>Walter Luvin Sanchez Gomez</name> </author> <id>https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1066279</id> <updated>2024-09-23T19:42:18Z</updated> <published>2024-09-06T16:41:00Z</published> <summary type="html">&lt;p&gt;                                     Diego Vladimir Rodríguez Álvarez&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;Resumen&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;br /&gt; El delito sexual se define como los actos o amenazas que afectan la dignidad y la libertad sexual de una persona y se llevan a cabo mediante el uso de la fuerza física o el engaño con el propósito de imponer una conducta sexual en contra de su voluntad. Las diversas disciplinas involucradas en su estudio completo del ámbito penal trabajan para reconstruir un hecho delictivo a través del análisis de objetos físicos recopilados en la escena o del cuerpo de las posibles víctimas y agresores. Por ello en esta revisión, se dará un enfoque que combine el conocimiento y la experiencia de diversos campos profesionales para investigar de manera integral este tipo de crímenes. Este enfoque interdisciplinario implica la participación y colaboración de profesionales de diferentes disciplinas, tales como la medicina forense, biología forense, genética forense, psicología y psiquiatría forense, toxicología forense y odontología forense en victimas sobrevivientes a una agresión sexual. Con este abordaje interdisciplinario forense del delito sexual se privilegia conseguir una reparación de las víctimas, y lograr que el Fiscal a cargo del caso cuente con todas las herramientas forenses para poder elaborar adecuadamente su teoría del caso y así ayudar la justicia de una forma más contundente.&lt;br /&gt; &lt;strong&gt;Palabras clave:&lt;/strong&gt; Delito sexual, interdisciplinariedad, ciencias forenses, genética,&lt;br /&gt; criminalística.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;Abstract&lt;/strong&gt; &lt;br /&gt; Sexual crime is defined as acts or threats that affect the dignity and sexual freedom of a&lt;br /&gt; person and are carried out through the use of physical force or deception with the purpose of imposing sexual conduct against their will. The various disciplines involved in its complete study of the criminal field work to reconstruct a criminal event through the analysis of physical objects collected at the scene or the body of possible victims and aggressors. Therefore, in this review, an approach will be given that combines the knowledge and experience of various professional fields to comprehensively investigate this type of crimes. This interdisciplinary approach involves the participation and collaboration of professionals from different disciplines, such as forensic biology, forensic genetics, forensic psychology and psychiatry, forensic toxicology, and forensic odontology in victim survivors of sexual assault. With this interdisciplinary forensic approach to sexual crime, it is privileged to achieve reparation for the victims, and ensure that the Prosecutor in charge of the case has all the forensic tools to be able to adequately develop his theory of the case and thus help justice in a more forceful way.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;Keywords:&lt;/strong&gt; Sexual crime, interdisciplinarity, forensic sciences, genetics, criminology&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;Introducción&lt;/strong&gt; &lt;br /&gt; El delito sexual es un flagelo que en la mayoría de los casos deja severas secuelas en sus víctimas, especialmente de tipo psicológico, aunque también puede dejar secuelas físicas, cuando la agresión involucra violencia física, por esto y en aras de ofrecer justicia y reparación a estas víctimas, es importante conocer todas las herramientas que se tienen desde las ciencias forenses para la investigación de este delito y así lograr individualizar al agresor o agresores, adicionalmente permite aportar mayor contundencia probatoria al fiscal a cargo del caso para la elaboración de la teoría del caso y así lograr hacer efectiva la administración de justicia.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Los delitos sexuales son actos que involucran coerción, abuso o violencia sexual hacia otra persona sin su consentimiento. Estos actos pueden incluir una amplia gama de acciones, como el acoso sexual, el acceso carnal, la explotación sexual, la pornografía infantil y el abuso sexual. La violencia sexual está presente en todas partes. No distingue entre edad, orientación sexual, identidad de género y étnico, lo que lo convierte en un problema global.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Estos delitos son considerados graves violaciones a los derechos humanos, ya que no solo causan daño físico, sino también psicológico y emocional a las víctimas. Además, tienen un impacto duradero en la vida de las personas afectadas, pudiendo generar traumas, especialmente trastornos de salud mental y dificultades en las relaciones interpersonales.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En este sentido, el objetivo general de esta investigación es revisar y describir cómo se realiza el abordaje forense del delito sexual en victimas que han sobrevivido a una agresión sexual. Es importante resaltar, que este articulo no pretende explicar detalladamente las técnicas de cada una de las áreas forenses, sino develar qué áreas de las ciencias forenses pueden aportar a la investigación del delito sexual. Así las cosas, para desarrollar este objetivo, se propusieron tres objetivos específicos 1) Revisar cómo se realiza el abordaje forense del delito sexual en victimas que han sobrevivido a una agresión sexual. 2) Describir cada una de las distintas ramas de las ciencias forenses que participan en el abordaje interdisciplinario del delito sexual. 3) Analizar y comprender los roles y responsabilidades de cada disciplina en el proceso de investigación de los delitos sexuales.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Por lo anterior, en este tipo de delitos, se tiene que plantear un abordaje interdisciplinario, en el cual se busque un enfoque que combine el conocimiento científico y la experiencia de diversos campos profesionales para investigar de manera integral este tipo de crímenes. Este enfoque interdisciplinario implica la participación y colaboración de profesionales de diferentes disciplinas, tales como la medicina, biología, genética, psicología y psiquiatría, toxicología y odontología en victimas sobrevivientes a una agresión sexual.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Así las cosas, cada disciplina aporta conocimientos específicos que permiten investigar diferentes aspectos del delito sexual, de esta manera, la justicia penal podrá privilegiar herramientas basadas en mediciones y hallazgos objetivos, apoyados en las distintas ciencias forenses, estos resultados técnicos y científicos ayudan a que la administración de justicia esté basada en la ciencia y no meramente en indicios, los cuales tienen alta probabilidad de error&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En definitiva, el abordaje interdisciplinario forense del delito sexual es fundamental para lograr una reparación de las víctimas, y lograr que el Fiscal a cargo del caso cuente con todas las herramientas forenses para poder elaborar adecuadamente su teoría del caso, comprobarla y así poder ayudar a la administración de justicia de una forma más contundente.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;Metodología&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;El presente artículo científico es de tipo teórico, Villabella (2012) plantea que “.. se desarrolla sobre objetos abstractos, que no se perciben sensorialmente y cuya materia prima son datos indirectos, no tangibles; especulativos; a esos efectos, se emplean métodos del pensamiento lógico, tiene un fin cognitivo, y su propósito es la reconstrucción del núcleo teorético de la ciencia” (p. 28).&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En ese sentido, se acogió el enfoque cualitativo “..cuyo propósito es la descripción de los objetos que estudia, la interpretación y la comprensión. De esta forma, la investigación responde a las preguntas ¿qué es? y ¿cómo es?; tiende a precisar la cualidad, la manera de ser, lo que distingue y caracteriza” (Villabella, 2012, p. 29). Es decir, permite analizar conceptos y describir los objetos que se estudian, para interpretarlos, en otras palabras, se entra a revisar objetos abstractos como teorías contenidas en la doctrina y la jurisprudencia que conllevaran a dar respuesta a la investigación planteada.&lt;br /&gt; El método que se empleó para la obtención y comprensión de resultados, fue el análisis-síntesis, que es aquel que como lo afirma Villabella (2012) “…posibilita descomponer el objeto que se estudia en sus elementos para luego recomponerlo a partir de integrar estos y destacar el sistema de relaciones existente entre las partes y el todo” (p. 79). Teniendo en cuenta lo anteriormente dicho, se estudiaron por separado las normas jurídicas, la doctrina y la jurisprudencia, posteriormente se unieron para hacer una comprensión general y obtener una nueva visión del tema propuesto.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En cuanto a técnicas e instrumentos, se contó con la técnica de revisión bibliográfica, que permitió hacer un rastreo de información que determinaron el objetivo propuesto, teniendo como fuentes primarias la Constitución, Ley 599 de 2000, Jurisprudencia de la Corte Constitucional y Corte Suprema de Justicia y la doctrina. Las fuentes secundarias fueron artículos de investigación y bibliografía especializada consultada en diferentes bases de datos como Ebsco, Scholar, Dialnet, Vlex, entre otras.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;1. Situación del delito sexual en Colombia&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La Procuraduría General de la Nación en el informe de seguimiento a la Ley de acceso a la justicia para las víctimas de la violencia sexual 2022 sostiene que las mujeres y las niñas son las principales víctimas de delito sexual. Así mismo, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses ha evidenciado el aumento de los casos de violencia sexual contra las mujeres desde 2010; registrando el pico más alto en 2019. Este delito no excluye la victimización de hombres.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;2. Disciplinas forenses&lt;/strong&gt; &lt;br /&gt;  &lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;2.1 Medicina&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La guía para el abordaje forense integral en la investigación de la violencia sexual versión 04 de 2018 del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (INML y CF), establece los parámetros a tener en cuenta para una valoración “sexológica”, allí indica que los médicos peritos forenses del INML y CF realizan, a través de un examen médico, el dictamen sexológico de la víctima únicamente por solicitud de la autoridad judicial competente, encargada de investigar y hacer justicia una vez que se ha puesto la denuncia por el delito sexual; dentro de las actividades que debe realizar el médico forense están la toma del relato de la víctima para conocer el contexto del caso, realizar el examen físico, incluido genitales, en búsqueda de posibles lesiones asociadas a los hechos, recolección de la evidencia física y elementos materiales probatorios en la víctima, tales como fluidos vaginales para búsqueda de espermatozoides, muestras de sangre y orina para análisis toxicológico, recuperación de pelos o vellos, fotografías de lesiones e incluso recuperación de prendas que puedan contener fluidos susceptibles de análisis en los distintos laboratorios forenses y que aporten resultados contundentes para el caso.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;2.2 Biología&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En los casos de delito sexual, la biología forense no requiere una interacción directa con la victima sobreviviente, sin embargo, es fundamental en el proceso de análisis del caso. Se encarga de estandarizar y validar las pruebas tanto de orientación como de confirmación de resultados obtenidos de las muestras recolectadas por el médico forense o los investigadores del caso. Las pruebas a tener en cuenta en posibles delitos sexuales son:&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;br /&gt; &lt;strong&gt;2.2.1 Pruebas del área de seminología&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;El número de solicitudes es mayor, se usan para detectar semen en cualquier tipo de muestras (vaginales, orales, anales, prendas, etc). Al hallar el semen o espermatozoides, estos sirven como sustrato genético para cotejo genético con los presuntos agresores.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En ese sentido, Quispe, Tarifa, &amp;amp; Solíz (2009) afirman que:&lt;br /&gt; El fluido seminal es un buen marcador forense, ya que es estable por mucho tiempo, específico porque solo está presente en varones, y su detección en concentraciones mínimas. (3,4,5) Mediante la detección de Determinación de Antígeno Especifico de Próstata (PSA) mediante inmunoensayo y el respaldo de la prueba de Fosfatasa Ácida pueden ser empleados como pruebas confirmatorias en la detección de semen. El PSA como proteína se comporta de manera estable en las manchas de semen como en las prendas e hisopados vaginales, siendo además posible su detección inmediata en cantidades mínimas. Asimismo, la especificidad de especie del PSA como tal, la hace muy específica excluyendo falsos positivos en relación con la reacción de la fosfatasa ácida. La elección de la PSA como marcador específico del semen permite afirmar su valiosa importancia en delitos sexuales, asimismo varios estudios han determinado que su síntesis y secreción se limita a la próstata. (3, 6,7)&lt;br /&gt; Si al practicar este tipo de prueba en un caso de delito sexual llegara a dar un resultado negativo, es decir, no se encontrará semen, no se puede dar por hecho que haya la ausencia de la agresión, pues es muy probable, que los agresores usaran preservativo o no hayan dejado fluido seminal, de ahí, que se debe acudir a otras pruebas forenses.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;/p&gt; &lt;p&gt;2.2.2 Pruebas del área de Inmunohematología&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Son solicitadas con frecuencias y se realizan para detectar sangre humana, la cual puede ser recolectada en la escena del hecho, en el cuerpo y prendas de la víctima o el agresor y una vez confirmada su presencia, se puede solicitar análisis genético o cotejo con presuntos agresores.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;/p&gt; &lt;p&gt;2.2.3 Pruebas del área de Piloscopia&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Se encarga de los estudios de muestras de pelos o vellos, estos al igual que la sangre y semen pueden ser recolectados por los investigadores o médico forense en la escena del hecho, en la víctima, agresor o en prendas de estos. Con este análisis básicamente se determina si es de origen humano o animal, si se trata de una muestra de origen humano, permite cotejar con los presuntos agresores.&lt;br /&gt; En definitiva, la biología forense tiene un rol importante en el abordaje e investigación del delito sexual, dado que esta ciencia se encarga del análisis de los distintos fluidos, sangre, semen, entre otros. Por ejemplo, en el análisis del semen se puede determinar la presencia del antígeno prostático específico, el cual es un marcador exclusivamente producido por los hombres, también se puede realizar búsqueda de proteínas seminales y espermatozoides, lo anterior con el fin de aportar mayor contundencia al relato de la persona víctima de delito sexual en los cuales se tiene un contexto de acceso carnal, y de esta forma el Fiscal logre sustentar mejor su teoría del caso.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;A partir de estas muestras también se puede orientar a los laboratorios de genética forense de la posible existencia de sustrato genético susceptible de análisis para posteriores cotejos con el presunto o presuntos agresores.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;br /&gt; &lt;strong&gt;2.3 Genética&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La genética forense es relevante en la resolución de casos relacionados con delitos sexuales, ya que estos se caracterizan por la presencia de muestras biológicas en la víctima y en el lugar de los hechos, debido esto a la interacción directa que se presenta entre ambos. De igual forma, es una ciencia fundamental que identifica en los procesos judiciales relacionados con la comisión de delitos sexuales, las víctimas y victimarios, el parentesco de consanguineidad entre éstos y la detección de embarazos asociado al evento.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En este sentido, Carracedo (2013) afirma&lt;br /&gt; La Genética forense es una especialidad de la Genética que incluye un conjunto de conocimientos de Genética necesarios para resolver ciertos problemas jurídicos. Los tipos de pericia más solicitados al laboratorio de Genética forense por los tribunales son casos de investigación biológica de la paternidad, pericias de criminalística biológica (estudio de vestigios biológicos de interés criminal como manchas de sangre, esperma, pelos, etc.) y, finalmente problemas de identificación.&lt;br /&gt; Así mismo, Carracedo menciona la existencia de laboratorios de genética en Europa y en el resto del mundo, resaltando la importancia de las bases de datos de ADN con fines de identificación criminal en estos casos. En relación con este tema, Colombia aún no tiene base de datos de perfiles genéticos, siendo estos de vital importancia a la hora de individualizar personas de acuerdo con su marca o huella genética, especialmente cuando se recuperan fluidos susceptibles de análisis genético en las victimas, y se desconocen los agresores.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;br /&gt; &lt;strong&gt;2.3.1 Perfil genético&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;“Un perfil genético es una descripción o información relacionad a con una ubicación o ubicaciones particulares en el genoma de un individuo. El lugar o lugares del genoma de un individuo utilizados para, obtener un perfil genético, solemos denominar marcador(es) genético(s). (Amorim, 2015, p. 1). Es decir, un perfil genético permite la identificación de individuos mediante genética, comparando perfiles genéticos de muestras obtenidas de la víctima y se coteja o compara con el perfil genético del presunto agresor o agresores.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;2.3.2 Pericias de criminalística biológica de ámbito sexual&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Los estudios periciales de genética forense comienzan con la recepción de muestras biológicas, ropa o rastros de la presunta víctima del delito sexual. De modo que, el material que se recibe con mayor frecuencia son hisopos de exudado vaginal, hisopos de exudado anal, hisopos para limpiar diferentes áreas de la piel, portaobjetos con frotis de exudado vaginal, portaobjetos con frotis de exudado anal, trozos de ropa de la víctima (la ropa interior es la prenda de vestir que se recibe con regularidad) y de ropa del lugar donde ocurrió el presunto delito (siendo las sábanas la prenda de vestir más común). Además, prácticamente en todos los exámenes se utilizan hisopos con frotis de células de la mucosa oral de la presunta víctima, para ser utilizadas como muestras de referencia del mismo.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Así mismo, en cuanto al procesamiento de muestras en el laboratorio en el ámbito de la investigación criminal biológica sexual, se comienza con el uso de métodos de orientación para determinar si las muestras biológicas tomadas a la presunta víctima contienen semen u otros rastros biológicos, como saliva o sangre. Este procedimiento es realizado en el laboratorio de biología forense y una vez se conoce que la muestra tiene posible sustrato de ADN se traslada a genética forense.&lt;br /&gt; Es importante decir que el método más utilizado internacionalmente para la investigación del semen es la prueba de fosfatasa; para la investigación de saliva es la prueba de amilasa; para el análisis de sangre es la prueba de peroxidasa.&lt;br /&gt; En definitiva, la genética forense hace un aporte importante en la investigación del delito sexual, pues a partir de los especímenes biológicos obtenidos (pelos, frotis, vaginal, anal y de secreciones, o de prendas) se pueden recuperar contenidos genéticos que posteriormente van a permitir identificar si hubo participación de uno o varios agresores, teniendo en cuenta la determinación de la presencia de los distintos perfiles genético.&lt;br /&gt; En ese sentido, va a permitir comparar dichos perfiles genéticos con el perfil genético del presunto o los presuntos agresores.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;br /&gt; &lt;strong&gt;2.4 Psicología y psiquiatría&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La psicología y psiquiatría forense son ciencias auxiliares que cumplen un papel determinante en la investigación de delitos sexuales. Es así que, en el contexto forense, uno de los principales desafíos que enfrentan los profesionales de la psicología es la identificación de abuso sexual cuando no hay evidencia biológica. En este escenario donde hay ausencia de evidencia física y biológica, no necesariamente implican que no ha ocurrido abuso sexual, en estos casos es de vital importancia la valoración por psicología y/o psiquiatría forense. Sin embargo, la precaución es necesaria en la realización de esta evaluación porque, en el campo psicológico, no existe indicador único que determine si un niño ha sido abusado sexualmente.&lt;br /&gt; En este ámbito, las peritaciones forenses en víctimas de delitos sexuales, son requeridas para determinar las condiciones psicológicas antes, durante o después de los hechos que se investigan y el posible daño en la salud mental.&lt;br /&gt; Cuando las víctimas de delito sexual son niños, niñas o adolescentes, se hacen estas peritaciones tanto para determinar el posible daño mental como para la valoración del relato de los afectados, entre otros aspectos.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;El abuso sexual infantil es una de las formas de maltrato infantil. El maltrato infantil es cualquier acto por acción u omisión realizado por individuos, por instituciones o por la sociedad en su conjunto y todos los estados derivados de estos actos o de su ausencia que priven a los niños de su libertad o de sus derechos correspondientes y/o que dificulten su óptimo desarrollo8.&lt;br /&gt; La mente de los niños y las niñas no funciona de la misma manera que la de los adultos; el desarrollo cognitivo que posibilita la comprensión de los alcances de la sexualidad se realiza junto con los cambios físicos habituales hasta alcanzar el grado de madurez al comienzo de la vida adulta. Cuando el niño, niña o adolescente experimenta una agresión sexual, se altera la identificación con el adulto; ella transcurre de protector a agresor, esta situación genera desconfianza y debilitamiento en la capacidad de relacionamiento afectivo. La violencia sexual impide que el niño integre las imágenes familiares y su propia imagen, su cuerpo y su sexualidad como un objeto de gratificación y fuente de bienestar.&lt;br /&gt; Se afirma que, una de las responsabilidades del perito al abordar a niños, niñas y adolescentes a quienes presuntamente se les ha violado la libertad, integridad y formación sexual es determinar cómo los actos de abuso o violencia han afectado su salud mental. Por lo tanto, es necesario comprender el funcionamiento mental previo a los hechos investigados; el desarrollo psicomotor, psicoafectivo, intelecto-cognoscitivo y ético-moral; y determinar si hay o no alteraciones en su psicología, adaptación o desarrollo psicológico y sexual, así como su relación con la actividad sexual a la que la víctima fue presuntamente expuesta.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Evaluar el estado mental antes, durante y después de los hechos investigados también sirve para determinar el estado de salud mental en el momento de la agresión, el grado de madurez psicológica según la edad y la existencia o no de lesiones personales como perturbaciones mentales.&lt;br /&gt; Las agresiones sexuales a las niñas, niñas y adolescentes no causan síntomas ni signos específicos, pero pueden tener un impacto negativo en su salud mental. Por lo tanto, la evaluación mental de una presunta víctima de agresiones sexuales debe registrar si tiene patologías relacionadas con la exposición a altos niveles de estrés, como un trastorno de estrés agudo o un trastorno de estrés postraumático.&lt;br /&gt; Al evaluar los efectos de la violencia sexual en un niño, niña o adolescente, es importante determinar si había una alteración mental previa a los hechos, lo que aumentaba la probabilidad de ser abusado(a), especificando si esto resultó en una incapacidad para resistir de acuerdo con los artículos 207 y 210 del Código Penal, y si esta alteración afectaba la capacidad para relatar lo sucedido.&lt;br /&gt; El evaluador debe determinar si existe una relación causal entre el evento investigado y el impacto en el psiquismo. Es especialmente importante conocer la cantidad de estrés que experimentó la víctima para determinar si es posible que pueda causar una enfermedad como el síndrome de estrés postraumático o similar. Finalmente, el examinador debe determinar si hubo un impacto en el funcionamiento mental y si quedaron secuelas.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;El testimonio de la víctima es crucial para la autoridad que juzga el caso porque los delitos que involucran actividad sexual con niños, niñas y adolescentes generalmente ocurren en la intimidad, donde casi siempre la víctima es el único testigo.&lt;br /&gt; En situaciones específicas, la autoridad requiere que un experto valore el relato y lo remite para su evaluación. Es así, que el evaluador debe examinar si el relato de la víctima tiene coherencia interna, es decir, si muestra una serie de hechos conectados de tal manera que pueda llegar al resultado de los hechos investigados; si tiene coherencia externa, es decir, si es coherente con la realidad en la que se mueven los actores, si el uso de términos y conceptos de temporalidad, espacialidad, frecuencia y otras capacidades cognitivas está acorde con el desarrollo evolutivo del menor; si el apoyo afectivo está en línea con las ideas que expresa; y si tiene espontaneidad, detalles y contextualización en tiempo y espacio acorde a la edad.&lt;br /&gt; Dado que la sobreexposición a evaluaciones de este tipo puede dar lugar al fenómeno de revictimización, las autoridades que juzgan casos de presuntos delitos sexuales deben sopesar la pertinencia de solicitar una pericia para evaluar el relato de un niño, niña o adolescente cuando ya cuentan con relatos que se han realizado a lo largo de la investigación judicial.&lt;br /&gt; Por último, el objetivo principal de la valoración por psiquiátrica o psicológica forense en niños, niñas y adolescentes presuntas víctimas de delitos sexuales, es establecer las condiciones de salud mental antes, durante y después de los hechos; así mismo, valorar el relato preservándolo para la investigación judicial; y permitir hacer recomendaciones que busquen la restitución de sus derechos.&lt;br /&gt; Al hacer referencia en los adultos, con frecuencia las autoridades requieren contar con elementos de juicio que les permita determinar si al momento de los hechos la víctima fue puesta por el agresor en incapacidad de resistir, o en estado de inconsciencia, o en condiciones de inferioridad síquica que le impidieran comprender la relación sexual o dar su consentimiento(9,10), o si ésta era una persona “incapaz de resistir” (es decir si al momento de los hechos ya se encontraba en estado de inconsciencia o padecía un trastorno mental o estaba en incapacidad de resistir11).&lt;br /&gt; Sin embargo, la “Guía para la realización de pericias psiquiátricas o psicológicas forenses en niños, niñas y adolescentes presuntas víctimas de delitos sexuales”, establece que no es exclusivo para las víctimas adultas, también es fundamental en algunos casos de niños, niñas o adolescentes víctimas de delitos sexuales y son aplicables si se sospecha que el niño, niña o adolescente evaluado fue puesto o ya se encontraba en cualquiera de las situaciones mencionadas.&lt;br /&gt; De acuerdo con la guía antes mencionada, afirma que desde una perspectiva jurídica-forense y en lo que respecta a los delitos contra la libertad y la formación sexuales, el término “incapacidad de resistir” está referido a la imposibilidad de poner en marcha los mecanismos físicos y/o psicológicos necesarios para tener una respuesta de rechazo u oposición a una actividad sexual no consentida.&lt;br /&gt; También, que dicha limitación puede darse bien porque el ofensor realizó maniobras tendientes a alterar la capacidad de respuesta de la víctima (es decir que el sujeto pasivo fue puesto por el sujeto activo en incapacidad de resistir); o bien por circunstancias ajenas al ofensor (es decir que la víctima ya se encontraba en condiciones que le alteraban su capacidad de respuesta y aunque el sujeto activo no influyó para que se dieran esas condiciones, las aprovecha)12 .&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En ese sentido, el Código Penal colombiano contempla en su Título IV, Capítulo I “&lt;strong&gt;DE LA VIOLACIÓN&lt;/strong&gt;”:&lt;br /&gt; “Artículo 207. Acceso carnal o acto sexual en persona puesta en incapacidad de resistir. El que realice acceso carnal con persona a la cual haya puesto en incapacidad de resistir o en estado de inconsciencia, o en condiciones de inferioridad síquica que le impidan comprender la relación sexual o dar su consentimiento, incurrirá en prisión de doce (12) a veinte (20) años.&lt;br /&gt; Si se ejecuta acto sexual diverso del acceso carnal, la pena será de ocho (8) a dieciséis (16) años.”&lt;br /&gt; Los términos usados en el artículo 207, hacen referencia a las siguientes circunstancias:&lt;br /&gt; Puesto en incapacidad de resistir: En estos casos el agresor ejerce cualquier actividad utilizando mecanismos físicos, químicos y/o psicológicos (como amenazas, chantajes o coacción graves), que generan en la victima inhibición de la actividad física o parálisis motriz, con conservación de la conciencia. Es decir, el sujeto pasivo comprende la actividad, pero no puede evitarla13.&lt;br /&gt; Puesto en estado de inconsciencia: El ofensor realiza una acción que genera en la víctima una alteración o perdida del nivel de conciencia14 (mediante el uso de sustancias, anestésicos, trauma craneoencefálico, etc.) y ausencia de respuesta motriz efectiva para rechazar la actividad sexual no consentida. Es decir, aunque el sujeto pasivo pueda o no moverse, no puede ejecutar acciones efectivas para oponerse y no puede comprender la actividad sexual a la que se le somete.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Puesto en condiciones de inferioridad psíquica: El ofensor utiliza medios como la sugestión que alteran la capacidad de autodeterminación del sujeto pasivo, de manera que, aunque la víctima conserva su capacidad motriz, su capacidad de comprensión, consentimiento y/o volición sobre la relación sexual está alterada. Es decir, que, aunque el sujeto pasivo puede moverse, no puede comprender 15.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Por último, la psicología forense realiza gran aporte a la investigación de la delito sexual, ya que en la mayoría de casos no se tienen testigos, y los únicos presentes durante el acto son la víctima y el agresor, adicionalmente en gran parte de los casos no hay hallazgos físicos, sin embargo, esto no descarta o desvirtúa la ocurrencia de un hechos de maniobras de tocamientos, roces, frotes, besos entre otras, por lo cual en estos casos la psicología forense entra a cumplir un papel fundamental, primero porque logra evidenciar si existe algún tipo de afectación en la esfera mental de la víctima producto de la agresión y por otra parte es el área que se encarga de valoración de la consistencia con los hechos, repetitividad del mismo durante todo el proceso y la coherencia del relato, especialmente en personas menores de edad.&lt;br /&gt;  &lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;2.5 Toxicología&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Otro de los elementos importantes utilizados por Medicina Legal en la búsqueda, análisis, verificación y determinación de un delito sexual es la toxicología forense. Según Roque (2016) “La toxicología es la ciencia que estudia los efectos adversos que los agentes físicos y químicos pueden producir en el hombre y los animales”. Entonces, la Toxicología Forense es una especialidad que aplica la toxicología a casos en los que esos efectos adversos tienen consecuencias médico- legales y donde los resultados son susceptibles de ser utilizados en la corte 16”.&lt;br /&gt; Cuando se realizan la mayoría de los análisis toxicológicos, la matriz biológica preferida es la sangre. Sin embargo, en los delitos sexuales generalmente se retrasa la toma de esta prueba, por ello, se puede acudir a la recolección de muestras de orina y cabello, para utilizarlos en los procesos de detección toxicológica.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La sustancia más comúnmente encontrada en casos de agresión sexual es el etanol, asociada con otra sustancias como las benzodiacepinas, gamma-hidroxibutirato (éxtasis líquido) y otras depresoras del sistema nervioso central, que están dentro de una amplia gama de drogas que se usan indebidamente para facilitar la agresión sexual.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;2.5.1 La toxicología conductual&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En un posible caso de delito sexual, el victimario puede lograr su objetivo utilizando sustancias psicoactivas, especialmente depresoras del sistema nervioso central, consiguiendo así, que su víctima entre en un estado de indefensión y evitar que se resista a este. Así las cosas, determinar si la víctima estaba bajo efecto de alguna sustancia supresora del sistema nervioso central, es importante, pues permite dar herramienta al fiscal o ente investigador que la víctima estaba en incapacidad de resistir, que es un estado en el que las personas no son conscientes de sus actos, es una práctica frecuente en los delitos sexuales.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;br /&gt; &lt;strong&gt;2.6 Odontología forense&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La Odontología Forense ayuda a la justicia en situaciones en las que una persona sufre daños en su Sistema Estomatognático debido a un accidente o a la agresión de otra persona.&lt;br /&gt; Morales, N. y Espinosa, P. (2022) plantean que:&lt;br /&gt; La odontología forense puede ser entendida como el estudio de la Odontología en sus relaciones con el derecho, en donde el conocimiento odontológico colabora con el derecho a resolver investigaciones criminales u otros problemas en los cuales es necesario identificar individuos. Esta debe ser considerada como una rama científica independiente dentro de las ciencias forenses que están a disposición de la justicia. (p. 161)&lt;br /&gt; El aporte de la odontología forense se ha ido ampliando para lograr identificaciones positivas en casos de agresiones, accidentes de tráfico y de violencia sexual, es una ciencia en desarrollo.&lt;br /&gt; La huella de mordedura es una alteración física causada por un humano o un animal. A este tipo de huellas se las denomina “lesiones patrón o figuradas” según la American Board of Forensic Odontology (2018), evidenciando de este modo las características físicas del causante.&lt;br /&gt; La lesión de tipo contuso es causada por la combinación de dos mecanismos de presión y tracción utilizados por el agresor. Al analizar esta evidencia, el punto principal se centra en dos conjeturas: la primera es que la forma de la arcada dental y su dentadura son únicas e irrepetibles; y la segunda es que las características de la arcada dental facilitan la identificación del autor. (Chango, Guevara, Armas, 2016)&lt;br /&gt; El odontólogo forense no debe limitarse a comparar o buscar similitudes con una dentadura sospechosa. En cambio, debe examinarla de manera más detallada, considerando factores como el lugar de la lesión, su profundidad y naturaleza tisular, los antecedentes médicos de la persona agredida, el tiempo de duración de la lesión y el grado de la herida. (Reesu &amp;amp; Brown, 2016)&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Si el agredido intenta defenderse, se pueden encontrar marcas de mordida en las mejillas, los labios, los glúteos, los brazos, el rostro, las piernas e incluso el rostro del atacante. (Jimbo, Chusino, Roca, 2019)&lt;br /&gt; Aunque la mayoría de las veces, el médico forense durante su examen físico logra identificar lesiones a nivel oral, en algunas ocasiones se puede requerir el apoyo de un odontólogo forense para identificar equimosis o laceraciones orofaríngeas que posiblemente estén asociadas con abuso sexual o alimentación forzada o inserción forzada de implementos, signos de sexo oral, enfermedades de transmisión sexual (ETS), quemaduras orales/intraorales causadas por alimentos y líquidos calientes o cáusticos17.&lt;br /&gt; En síntesis, el odontólogo forense es parte de la investigación de delitos sexuales. Si el médico encuentra mordeduras durante la valoración, puede consultar al odontólogo forense. Sin embargo, la mordedura no individualiza el agresor, sino que ayudan a orientar de un posible agresor y ya se podrá confirmar con otras evidencias que existan dentro del mismo caso o con cotejos genéticos en caso de que se puedan realizar, si se trata o no de una persona particular, el odontólogo puede tomar muestra de la mordedura y comparar con el aparato dentario del presunto agresor.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;Conclusiones&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;A través de la investigación realizada se concluye que la interdisciplinariedad forense del delito sexual aporta significativamente para lograr que el Fiscal a cargo del caso cuente con todas las herramientas, se dé una adecuada reparación a las víctimas y de esta manera la justicia sea contundente.&lt;br /&gt; El personal que atiende a una víctima de delito sexual debe entender que su comportamiento debe estar enfocado en la búsqueda de su recuperación física y psicológica, así como en la identificación y enjuiciamiento del agresor.&lt;br /&gt; En los delitos sexuales, la medicina forense realiza el abordaje de las víctimas en busca de lesiones que se asocien al hecho, recolecta la evidencia disponible en la víctima y la direcciona a los distintos laboratorios forenses.&lt;br /&gt; La biología forense identifica los distintos fluidos (sangre, semen) o elementos piloscópicos humanos (pelos) que pueden estar presentes en la escena o la víctima, y que a partir de estos se puede tener sustrato genético que servirá para análisis genético.&lt;br /&gt; La genética forense es de vital importancia, pues permite individualizar agresores en los casos en que hay sustrato genético, que pudo haber sido recolectado en la escena o en la víctima, agresor y otros.&lt;br /&gt; Las pericias psicológicas y psiquiátricas según el caso ayudan a determinar la credibilidad de la versión de la víctima, a explicar y entender su conducta, se les interconsulta cuando el médico forense evidencia estrés severo asociado al hecho o evidencia alguna patología mental derivada del hecho, además ayuda a evaluar si esa alteración mental se asocia al evento o no. También el fiscal puede solicitar que se realice una valoración del relato.&lt;br /&gt; La toxicología forense permite determinar si se usaron sustancias, especialmente depresoras del sistema nervioso central, que hayan facilitado la agresión sexual.&lt;br /&gt; La odontología forense define e identifica lesiones en el aparato estomatognático, así como huellas de mordedura que podrán ser cotejadas con las mordidas de presuntos agresores, lo cual, junto con otros análisis, por ejemplo, genéticos ayudan a individualizar los agresores.&lt;br /&gt; La participación de expertos especializados es crucial en una variedad de temas que ayudarán a aclarar la verdad y ayudarán al operador judicial a tomar decisiones con sus ideas. En el ámbito jurídico y forense, estos expertos brindan un testimonio científico responsable, cumpliendo con lo establecido en los artículos 417 y 418 de la Ley 906 de 2004, interrogan y contrainterrogan al perito sobre los temas previamente incluidos en el informe, para que traduzca sus notas y razonamientos a conclusiones prácticas, sencillas y entendibles por las partes, la audiencia y el juez.&lt;br /&gt; Se sugiere que la pericia debe ser interdisciplinaria, tener un alto nivel de ética profesional, conciencia forense, confiabilidad y conocimiento de los derechos humanos para que el Fiscal encargado del caso pueda ayudar al esclarecimiento de este, a través de los distintos elementos físicos y elementos materiales probatorios recolectados por sus investigadores y las distintas áreas forenses mencionadas en la escena del crimen o del hecho delictivo.&lt;br /&gt; Se recomienda que el Sistema Especializado Integral de Investigación, Medicina Legal y Ciencias Forenses se adhiera a un sistema que evite complejidades, en el cual la ciencia y el derecho trabajen juntos para lograr un proceso eficiente y justo, con los resultados obtenidos que serán de gran utilidad para el médico forense y los operadores de justicia.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;br /&gt; &lt;strong&gt;Referencias Bibliográficas&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;American Board of Forensic Odontology (ABFO). ABFO Standards and Guidelines for Evaluating Bitemarks. (2018). Disponible en: http://abfo.org/wp-content/uploads/ 2012/08/ABFO-Standards-Guidelines-for-Evaluating-Bitemarks-Feb- 2018.pdf&lt;br /&gt; Amorim, A. (2015). Genética forense.&lt;br /&gt; Ayón, M. R. (2019). Biología forense. Bolivia: Opera Lilloana.&lt;br /&gt; Carracedo, A. (2013). ADN: La genética forense y sus aplicaciones en investigación criminal. Instituto deficiencias forenses. U. de Santiago de Compostela.&lt;br /&gt; Chango- Iza, R., Guevara- Cabrera, O., Armas- Vega, A.C. (2016). La Odontología forense y su aplicabilidad en el procesamiento de escenas del crimen y demás eventos catastróficos. Odontol. Samartina; vol. 19(1), pp. 52-55. ISSN: 1560-9111&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Cifuentes, S. (2015). Exámenes Médico Legales por Presunto Delito Sexual. Colombia, 2015. Grupo Centro de Referencia Nacional sobre Violencia Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. https://www.medicinalegal.gov.co/documents/20143/49523/Violencia+sexual.pdf&lt;br /&gt; Código de la Infancia y la Adolescencia [Código]. Publicado en el Diario Oficial números 46.446 del 8 de noviembre de 2006 y 46453 del 15 de noviembre de 2006. https://www.icbf.gov.co/sites/default/files/codigoinfancialey1098.pdf&lt;br /&gt; Congreso de la República de Colombia. (2006). Ley 1098 de 2006. Código de la Infancia y la Adolescencia. Diario Oficial N° 46.446. Bogotá, D.C, miércoles 8 de Noviembre de 2006.&lt;br /&gt; Fiscalía General de la Nación. Protocolo De Investigación De Violencia Sexual. Guía de buenas prácticas y lineamientos para la investigación penal y judicialización de delitos de violencia sexual (2016) Bogotá.&lt;br /&gt; García, L. A., &amp;amp; Salcedo, M. (2006). Manejo interdisciplinario de la víctima del delito sexual: una mirada desde el laboratorio de biología forense. Estomatología, 14(1), 11-17.&lt;br /&gt; Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses INMLCF. (2010). Guías para la realización de pericias psiquiátricas o psicológicas forenses en niños, niñas y adolescentes presuntas víctimas de delitos sexuales. Versión 01. Recuperado de Código: DG-M-Guía-09-V01&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses INMLCF. (2010). Guías para la realización de pericias psiquiátricas o psicológicas forenses en niños, niñas y adolescentes presuntas víctimas de delitos sexuales. Versión 01.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;u&gt;https://www.medicinalegal.gov.co/documents/20143/40473/Gu%C3%ADa+para+la+realizaci%C3%B3n+de+pericias+psiqui%C3%A1tricas+o+psicol%C3%B3gicas+forenses+en+ni%C3%B1os%2C+ni%C3%B1as+y+adolescentes+presuntas+v%C3%ADctimas+de+delitos+sexuales.pdf/92f2a895-a717-fde9-f65c-12484302749f&lt;/u&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Reglamento Técnico para el Abordaje Integral de la Víctima en la Investigación del Delito Sexual. Versión 01. Bogotá D.C.: 2002.&lt;br /&gt; Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Guía práctica para el dictamen odontológico forense y dictamen de edad. Bogotá D.C.: 2001.&lt;br /&gt; Jimbo, J.C., Chusino, E., Roca, J.F. (2019). Odontología legal y Forense. Revista Arbitrada Interdisciplinaria de Ciencias de la Salud. SALUD Y VIDA. vol 3.&lt;br /&gt; Ley 1652 de 2013. Disposiciones acerca de la entrevista y el testimonio en procesos penales de niños, niñas y adolescentes víctimas de delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales.&lt;br /&gt; Morales, N. E. y Espinosa, P. E. (2022). Revisión bibliográfica: Odontología Forense en la investigación criminal. Revista Debate Jurídico Ecuador, 5(2), 160-188.&lt;br /&gt; Murali P, Prabhakar M. Mantle of forensics in child sexual abuse. J Forensic Dent Sci 2018; 10:71-4.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Pizarro, O. R. (2004). Peritaje forense y responsabilidad del perito. Revista CONAMED, 9(4), 16-18.&lt;br /&gt; Quispe-Mayta, S. E., Tarifa Espinoza, S. G., &amp;amp; Solíz Pacheco, R. (2009). Pesquisa del fluido seminal en víctimas de violencia sexual por el laboratorio forense. Revista Médica La Paz, 15(1), 11-18.&lt;br /&gt; Reesu, G. V., Brown, N. L. (2016). Inconsistency in opinions of forensic odonatologists when considering bite mark evidence. Forensic Sci. Int., vol. 266, pp. 263-70.&lt;br /&gt; Roque, C. I. (2016). La Toxicología Forense. Revista de Ciencias Forenses de Honduras, 2(1), 63-67.&lt;br /&gt; Schaefer, L. S., Brunnet, A. E., Lobo, B. D. O. M., Carvalho, J. C. N., &amp;amp; Kristensen, C. H. (2018). Psychological and behavioral indicators in the forensic assessment of child sexual abuse. Trends in Psychology, 26, 1467-1482.&lt;br /&gt; Skov, K., Johansen, S. S., Linnet, K., &amp;amp; Nielsen, M. K. K. (2022). A review on the forensic toxicology of global drug-facilitated sexual assaults. European Review for Medical &amp;amp; Pharmacological Sciences, 26(1).&lt;br /&gt; Villabella Armengol, C. M. (2012). Investigación y comunicación científica en la ciencia jurídica. Félix Varela, Ediciones Universidad de Camagüey.&lt;/p&gt;</summary> <dc:creator>Walter Luvin Sanchez Gomez</dc:creator> <dc:date>2024-09-06T16:41:00Z</dc:date> </entry> <entry> <title>“SEXTING”... En niños, niñas y adolescentes: un fenómeno en la era digital</title> <link rel="alternate" href="https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1061742" /> <author> <name>Walter Luvin Sanchez Gomez</name> </author> <id>https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1061742</id> <updated>2024-09-09T15:10:25Z</updated> <published>2024-08-23T04:56:00Z</published> <summary type="html">&lt;p&gt; &lt;img src="https://www.medicinalegal.gov.co/documents/portlet_file_entry/20143/sexting.png/a31c7267-06bc-3b22-b2e3-3f1f6d4a3ae8" /&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;Introducción &lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;El sexting, que consiste en enviar mensajes, fotos o videos con contenido sexual a través de dispositivos electrónicos, es una práctica cada vez más común entre niños, niñas y adolescentes. Esta conducta, que puede parecer inofensiva para algunos, conlleva una serie de riesgos y consecuencias que son cruciales entender para poder abordarla de manera adecuada [1].&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;¿Qué es el sexting?&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;El sexting implica el envío de contenido sexualmente explícito a través de medios electrónicos como teléfonos móviles, redes sociales y aplicaciones de mensajería. La creciente accesibilidad a la tecnología y el internet ha facilitado la propagación de esta práctica entre los jóvenes [2].&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;Causas del sexting entre jóvenes&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;1. Curiosidad y desarrollo sexual: Los adolescentes están en una etapa de exploración y descubrimiento de su sexualidad [3].&lt;/p&gt; &lt;p&gt;2. Presión de grupo: La influencia de amigos y compañeros puede llevar a los jóvenes a participar en el sexting [4].&lt;/p&gt; &lt;p&gt;3. Búsqueda de aceptación: Algunos jóvenes envían contenido sexual para ganar la aprobación de sus pares o de alguien en quien están interesados [3].&lt;/p&gt; &lt;p&gt;4. Acceso fácil a la tecnología: La disponibilidad de dispositivos y el anonimato que brindan pueden facilitar esta práctica [2].&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;Riesgos y consecuencias del sexting&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;1. Pérdida de privacidad: Una vez que se envía el contenido, es difícil controlar su distribución [5].&lt;/p&gt; &lt;p&gt;2. Ciberacoso y chantaje: Las imágenes o videos pueden ser usados para acosar o extorsionar a la víctima [6].&lt;/p&gt; &lt;p&gt;3. Consecuencias legales: En muchos lugares, la posesión y distribución de contenido sexual de menores es ilegal, incluso si es consentido [7].&lt;/p&gt; &lt;p&gt;4. Impacto emocional: Los jóvenes pueden experimentar vergüenza, ansiedad, depresión y otros problemas emocionales [8].&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;Cómo abordar el sexting con niños y adolescentes&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;1. Educación y comunicación abierta: Hablar abiertamente sobre sexualidad, privacidad y las consecuencias del sexting [9].&lt;/p&gt; &lt;p&gt;2. Establecer límites claros: Definir reglas claras sobre el uso de dispositivos y redes sociales [10].&lt;/p&gt; &lt;p&gt;3. Fomentar la autoestima: Ayudar a los jóvenes a desarrollar una imagen positiva de sí mismos para que no busquen validación a través del sexting [9].&lt;/p&gt; &lt;p&gt;4. Vigilancia y supervisión: Supervisar el uso de dispositivos y educar sobre el uso seguro de internet [10].&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;Recursos y apoyo&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;1. Líneas de ayuda: Proveer información sobre servicios de apoyo para jóvenes que se sientan presionados o afectados por el sexting [11].&lt;/p&gt; &lt;p&gt;2. Programas educativos: Participar en programas escolares o comunitarios que enseñen sobre los riesgos y prevención del sexting [11].&lt;/p&gt; &lt;p&gt;3. Profesionales de salud mental: Consultar con psicólogos o consejeros especializados en adolescentes y problemas digitales [12].&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt; Prevención y Manejo del Sexting en Colombia&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;1. Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Min TIC):&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;El MinTIC ha desarrollado campañas de concientización como &amp;quot;En TIC Confío&amp;quot;, que busca educar a niños, niñas, adolescentes y adultos sobre el uso responsable de las tecnologías y los riesgos asociados al uso inadecuado de internet, incluyendo el sexting. Esta campaña ofrece talleres y recursos educativos para colegios y comunidades [14].&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;2. Fundación Renacer:&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt; La Fundación Renacer trabaja en la prevención del abuso sexual y la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes. Han incluido el tema del sexting en sus programas de educación y prevención, ofreciendo talleres y charlas para jóvenes, padres y educadores sobre cómo identificar y manejar situaciones de sexting [15].&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;3. Policía Nacional de Colombia:&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La Policía Nacional, a través del Grupo de Investigación de Delitos Informáticos, realiza campañas educativas en colegios y comunidades para informar sobre los riesgos del sexting y cómo protegerse de cibera coso y otros delitos relacionados. Además, brindan herramientas para denunciar casos de sexting no consensuado y extorsión [16].&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;4. Red PaPaz:&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt; Red PaPaz es una organización que promueve la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes en Colombia. Han desarrollado guías y recursos educativos sobre el uso seguro de internet y los riesgos del sexting. También organizan conferencias y seminarios dirigidos a padres y educadores para fomentar una crianza y educación digital responsable [17].&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;Conclusión&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;El sexting en niños, niñas y adolescentes en Colombia es un fenómeno complejo que requiere una intervención integral y preventiva. Proteger a los jóvenes implica no solo educarlos sobre los riesgos y consecuencias del sexting, sino también fomentar un ambiente de comunicación abierta y confianza. La colaboración entre padres, educadores, profesionales de la salud y las autoridades es esencial para crear estrategias efectivas de prevención y respuesta. Estas acciones conjuntas ayudan a asegurar que los jóvenes puedan navegar el mundo digital de manera segura y responsable, contribuyendo a su bienestar integral y desarrollo saludable. [1, 13].&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;Referencias Bibliográficas&lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;ol&gt; &lt;li&gt; &lt;a&gt;Martínez-Prada MA, Ríos-Álvarez D, Ocampo-Martínez SM. El sexting: una realidad juvenil. Rev Esp Salud Pública. 2018;92:e201804026.&lt;/a&gt;&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;a&gt;Livingstone S, Smith PK. Revisiones anuales de investigación: Daños experimentados por usuarios infantiles de tecnologías móviles y en línea: La naturaleza, prevalencia y gestión de riesgos sexuales y agresivos en la era digital. &lt;/a&gt;J Child Psychol Psychiatry. 2014;55(6):635-654.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Drouin M, Vogel KN, Surbey A, Stills JR. Hablemos de sexting: Conductas sexuales mediadas por computadora entre adultos jóvenes. Comput Human Behav. 2013;29(5):A25-A30.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;National Society for the Prevention of Cruelty to Children (NSPCC). Sexting: consejos para profesionales. [Internet]. 2016 [citado 2024 Ago 2]. Disponible en: https://www.nspcc.org.uk/preventing-abuse/keeping-children-safe/sexting/&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Patchin JW, Hinduja S. Prevalencia, causas y consecuencias del ciberacoso entre adolescentes: Una revisión de la literatura. Arch Pediatr Adolesc Med. 2010;164(6): 514-520.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Wolak J, Finkelhor D, Mitchell KJ, Ybarra ML. Predadores en línea y sus víctimas: mitos, realidades e implicaciones para la prevención y el tratamiento. Am Psychol. 2008;63(2):111-128.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Reyns BW, Burek MW, Henson B, Fisher BS. Las consecuencias no intencionadas de la tecnología digital: Explorando la relación entre el sexting y la cibervictimización. J Crime Justice. 2013;36(1):1-17.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Van Ouytsel J, Walrave M, Ponnet K. Un estudio exploratorio de las conductas de sexting entre adolescentes heterosexuales y minorías sexuales. J Adolesc Health. 2019;64(1):48-54.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Martínez-Prada MA, Ríos-Álvarez D, Ocampo-Martínez SM. La educación sexual y la prevención del sexting en adolescentes. Rev Educ Sex. 2018;3(2):102-110.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Patchin JW, Hinduja S. La supervisión parental y el uso seguro de la tecnología digital entre los adolescentes. J Fam Stud. 2015;21(3):301-315.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;National Society for the Prevention of Cruelty to Children (NSPCC). Programas educativos sobre sexting y prevención. [Internet]. 2017 [citado 2024 Ago 2]. Disponible en: https://www.nspcc.org.uk/preventing-abuse/keeping-children-safe/sexting/&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Wolak J, Finkelhor D. El papel de los profesionales de la salud mental en la prevención y tratamiento del sexting en adolescentes. J Adolesc Psychol. 2017;32(1):45-58.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Livingstone S, Smith PK. La colaboración entre padres, educadores y profesionales de la salud para abordar los riesgos del sexting en la era digital. J Child Psychol Psychiatry. 2019;60(7):765-776.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC). En TIC Confío: Uso seguro y responsable de las TIC. [Internet]. 2020 [citado 2024 Ago 2]. Disponible en: https://www.mintic.gov.co/portal/inicio/81/w3-article-5584.html&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Fundación Renacer. Programas de prevención del abuso sexual infantil. [Internet]. 2020 [citado 2024 Ago 2]. Disponible en: https://www.fundacionrenacer.org.co&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Policía Nacional de Colombia. Campañas de prevención del sexting y Ciberacoso. [Internet]. 2020 [citado 2024 Ago 2]. Disponible en: https://www.policia.gov.co/grupo-investigacion-delitos-informaticos&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Red PaPaz. Guías y recursos sobre el uso seguro de internet. [Internet]. 2020 [citado 2024 Ago 2]. Disponible en: &lt;a href="https://www.redpapaz.org"&gt;https://www.redpapaz.org&lt;/a&gt;&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;p&gt; &lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;b&gt;Autores: &lt;/b&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Paola Andrea Arteta Granados /Harold Alberto Lozano Gutiérrez&lt;/p&gt;&lt;/li&gt;&lt;/ol&gt;</summary> <dc:creator>Walter Luvin Sanchez Gomez</dc:creator> <dc:date>2024-08-23T04:56:00Z</dc:date> </entry> <entry> <title>Metrolo… qué?… ¡Metrología! </title> <link rel="alternate" href="https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1057652" /> <author> <name>Administrador inmlcf</name> </author> <id>https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1057652</id> <updated>2024-08-09T13:57:56Z</updated> <published>2024-08-09T13:46:00Z</published> <summary type="html">&lt;p&gt;La metrología es la ciencia de las mediciones y sus aplicaciones. Implica el estudio, desarrollo y aplicación de métodos y estándares para obtener mediciones precisas y fiables.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La metrología abarca todas las mediciones científicas, industriales y comerciales, y se divide en tres áreas principales:&lt;/p&gt; &lt;ol&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Metrología Científica:&lt;/strong&gt; Se centra en el desarrollo y mantenimiento de los estándares (patrones) de medida más altos. Involucra la investigación para definir unidades de medida, desarrollar nuevos métodos de medición y mejorar la exactitud de las mediciones. Este campo es crucial para la investigación y el desarrollo tecnológico.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Metrología Industrial:&lt;/strong&gt; Aplica los principios de la metrología científica en la manufactura y la producción. Asegura que los equipos y procesos de producción sean precisos y consistentes. Esto es vital para la calidad del producto, la eficiencia de la producción y la competitividad en el mercado.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Metrología Legal:&lt;/strong&gt; Se relaciona con las mediciones que afectan directamente a los consumidores y al comercio, como los pesos y las medidas en las transacciones comerciales. La metrología legal asegura que estas mediciones sean justas y precisas, protegiendo a los consumidores y promoviendo el comercio justo.&lt;/li&gt;&lt;/ol&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;Pero… ¿Por qué es importante la Metrología?&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La metrología es vital para la ciencia, la industria, el comercio y la vida cotidiana. Asegura que las mediciones sean precisas y consistentes, lo que es esencial para asegurar la calidad del producto, la seguridad, la innovación tecnológica, el comercio justo y la protección del medio ambiente y la salud pública. Sin metrología, no podríamos confiar en la exactitud de las mediciones que subyacen a la mayoría de las actividades humanas.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La metrología es fundamental en numerosos aspectos de la vida moderna y tiene un impacto profundo en diversas áreas. A continuación, presentamos algunas razones por las cuales la metrología es importante:&lt;/p&gt; &lt;ol&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Precisión en la Ciencia y la Investigación:&lt;/strong&gt; La metrología proporciona la base para mediciones precisas y confiables, que son esenciales en la investigación científica. Sin mediciones exactas, los resultados de los experimentos no serían reproducibles ni verificables, ni de utilidad.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Calidad y Seguridad en la Industria:&lt;/strong&gt; En la manufactura, la precisión de las mediciones es crucial para garantizar la calidad y seguridad de los productos. Esto es especialmente crítico en industrias como la automotriz, aeroespacial, farmacéutica y alimentaria.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Comercio Justo y Transparente:&lt;/strong&gt; La metrología asegura que las transacciones comerciales sean justas y precisas. Por ejemplo, en el comercio, los pesos y medidas deben ser consistentes y confiables para evitar disputas y asegurar la equidad en las transacciones.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Protección del Consumidor:&lt;/strong&gt; Las medidas precisas protegen a los consumidores al garantizar que reciban la cantidad correcta de productos, desde alimentos hasta combustibles. Las balanzas y medidas exactas son fundamentales para la confianza y seguridad del consumidor.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Medio Ambiente y Salud:&lt;/strong&gt; En el control y monitoreo ambiental, la metrología permite la medición precisa de contaminantes en el aire, agua y suelo, lo cual es crucial para la protección del medio ambiente y la salud pública. También en el sector de la salud, las mediciones precisas son vitales para diagnósticos y tratamientos adecuados.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Tecnología y Desarrollo:&lt;/strong&gt; La metrología impulsa la innovación tecnológica y el desarrollo económico. Tecnologías avanzadas, desde la microelectrónica hasta la nanotecnología, dependen de mediciones precisas para su desarrollo y producción.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Cumplimiento de Normas:&lt;/strong&gt; Las regulaciones y estándares internacionales dependen de la metrología para asegurar que los productos y servicios cumplan con los requisitos legales y de calidad. Esto es crucial para la interoperabilidad y la competitividad global.&lt;/li&gt;&lt;/ol&gt; &lt;p&gt; &lt;strong&gt;¿Y por qué la metrología es importante en el INMLCF?&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La metrología es fundamental en el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses por varias razones, principalmente porque impacta directamente la exactitud y la fiabilidad de los resultados en los diferentes servicios prestados.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;A continuación, presentamos algunas de las razones más importantes:&lt;/p&gt; &lt;ol&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Exactitud en los Análisis Forenses:&lt;/strong&gt; La precisión de las mediciones es esencial para obtener resultados confiables en análisis de laboratorio, como pruebas de ADN, análisis toxicológicos, balística forense y análisis de huellas dactilares. Mediciones inexactas pueden llevar a conclusiones erróneas y afectar el curso de la justicia.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Calibración de Equipos:&lt;/strong&gt; Los equipos utilizados en laboratorios forenses y organismos de inspección deben estar correctamente calibrados para asegurar que las mediciones y resultados sean precisos y seguros. La metrología asegura que los equipos utilizados en dichas áreas funcionen dentro de los estándares aceptados establecidos en los diferentes PET´S, minimizando errores y aumentando la fiabilidad de los datos obtenidos.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Trazabilidad de las Mediciones:&lt;/strong&gt; La trazabilidad garantiza que todas las mediciones se puedan relacionar con estándares nacionales o internacionales, proporcionando una cadena de evidencia que respalda la exactitud, la validez de los resultados y seguridad de las mediciones.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Minimización de la Incertidumbre:&lt;/strong&gt; En un contexto forense, la incertidumbre de las mediciones debe ser minimizada y bien comprendida. La metrología ayuda a cuantificar y gestionar la incertidumbre, lo que es crucial para interpretar correctamente los resultados y las conclusiones derivadas de ellos.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Soporte en la Resolución de Casos Legales:&lt;/strong&gt; La exactitud y la fiabilidad de las mediciones pueden ser determinantes en la resolución de casos legales, incluyendo la identificación de sospechosos, la determinación de causas de muerte, y la verificación de la presencia de sustancias tóxicas o drogas. La metrología proporciona la base para que estos resultados sean válidos y confiables a través del uso de equipos debidamente calibrados.  &lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Cumplimiento de Normas y Regulaciones:&lt;/strong&gt; Los laboratorios forenses deben cumplir con normas y regulaciones específicas que aseguren la calidad y la integridad de las mediciones. La metrología ayuda a estos laboratorios a mantener la conformidad, lo cual es esencial para la acreditación y el reconocimiento legal de sus procedimientos y resultados.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Integridad de la Cadena de Custodia:&lt;/strong&gt; La metrología también juega un papel en la gestión de la cadena de custodia de las pruebas, asegurando que las mediciones y registros asociados a las pruebas sean precisos y trazables desde el momento de la recolección hasta su disposición final.&lt;/li&gt;&lt;/ol&gt; &lt;p&gt;En resumen, la metrología es la ciencia detrás de la exactitud y la confiabilidad en las mediciones, y su importancia se refleja en la calidad, seguridad, confiabilidad, eficiencia y equidad en prácticamente todos los aspectos de la sociedad moderna y es crucial en el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses para asegurar que las mediciones realizadas sean precisas, fiables y trazables. Esto no solo fortalece la calidad de los servicios prestados por el INMLCF, sino que también garantiza que las pruebas presentadas en los tribunales sean robustas y defendibles, contribuyendo así al sistema de administración de justicia de la Nación.&lt;/p&gt;</summary> <dc:creator>Administrador inmlcf</dc:creator> <dc:date>2024-08-09T13:46:00Z</dc:date> </entry> <entry> <title>Aplicaciones Farmacéuticas del Fentanilo y Potencial Riesgo de Abuso</title> <link rel="alternate" href="https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1037773" /> <author> <name>Administrador inmlcf</name> </author> <id>https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1037773</id> <updated>2024-06-17T20:23:52Z</updated> <published>2024-06-17T19:38:00Z</published> <summary type="html">&lt;p&gt;Los opiáceos (de origen natural) u opioides (de origen sintético) corresponden a un grupo de sustancias que actúan sobre los receptores opioides en el sistema nervioso central y el tracto gastrointestinal para producir efectos analgésicos y sedantes, se pueden clasificar en varias categorías teniendo en cuenta su origen o estructura química.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;img alt="Imagen 1 . Clasificación de Opioides, según su origen" src="https://www.medicinalegal.gov.co/documents/20143/1014248/Opioides_1.png" title="Imagen 1 . Clasificación de Opioides, según su origen" /&gt;Imagen 1 . Clasificación de Opioides, según su origen&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Los opioides sintéticos tienen uso frecuente en el manejo del dolor (agudo o crónico) y en programas de tratamiento de dependencia de otros opioides, por lo cual su uso debe ser monitoreado ya que generan un alto riesgo de abuso, dependencia o sobredosis.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Dentro del grupo de los opioides sintéticos se encuentra el fentanilo y sus análogos, estos últimos corresponden a sustancias de estructura química similar a la del fentanilo y su producción puede ser de menor costo. El fentanilo y sus análogos son más potentes que los opioides de origen natural, se utilizan principalmente para el tratamiento del dolor severo en pacientes con cáncer o aquellos que han desarrollado tolerancia a otros opioides.&lt;/p&gt; &lt;ul&gt; &lt;li&gt;La problemática actual asociada al uso no médico del fentanilo, su alto potencial de abuso y adicción/dependencia está relacionada a los siguientes factores:&lt;/li&gt; &lt;li&gt;Esta sustancia es más potente (entre 50 y 100 veces más) que la morfina, la heroína y la oxicodona, por lo tanto, genera mayores efectos en los individuos que la consumen.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;La disponibilidad de estas drogas en las calles con concentraciones variables genera un alto riesgo de abuso en el consumo.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;En la actualidad se ha identificado el fenómeno asociado al consumo del denominado “cóctel de drogas”, donde se mezcla esta sustancia con otras como cocaína, heroína y anfetaminas, lo cual ha generado un aumento en las intoxicaciones o muertes por sobredosis.&lt;/li&gt; &lt;li&gt;La dinámica cambiante de nuevas sustancias psicoactivas asociadas a análogos del fentanilo disponible en el mercado de drogas ilícitas, que no se encuentran bajo las listas de control internacional de acuerdo con la Convención Única de 1961 sobre Estupefaciente enmendada por el Protocolo de 1972 (lista amarilla) y el Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas de 1971 (lista verde) de las Naciones Unidas.&lt;a name="n1"&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href="#_ftn1" id="n1" rel="nofollow"&gt;[1]&lt;/a&gt;&lt;/li&gt;&lt;/ul&gt; &lt;p&gt;Existen diferentes factores asociados con el mecanismo de acción de esta sustancia que lo hacen altamente adictivo y mortal, entre ellos se encuentra:&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;img alt="Imagen 2. Mecanismo de acción y consecuencias de uso" src="https://www.medicinalegal.gov.co/documents/20143/1014248/Opioides_2.png" title="Imagen 2. Mecanismo de acción y consecuencias de uso" /&gt;Imagen 2. Mecanismo de acción y consecuencias de uso&lt;/p&gt; &lt;p&gt;A nivel médico, el fentanilo tiene diferentes formas farmacéuticas y usos tal como se describe a continuación:&lt;/p&gt; &lt;table border="1" cellpadding="0" cellspacing="0" style="width: 100.0%;"&gt; &lt;thead&gt; &lt;tr&gt; &lt;th scope="col"&gt;FORMAS FARMACÉUTICAS&lt;/th&gt; &lt;th scope="col"&gt;USOS MÉDICOS&lt;/th&gt; &lt;th scope="col"&gt;OBJETIVO&lt;/th&gt;&lt;/tr&gt;&lt;/thead&gt; &lt;tbody&gt; &lt;tr&gt; &lt;td&gt;Parches Transdérmicos&lt;/td&gt;&lt;td&gt;Manejo de dolor crónico&lt;/td&gt;&lt;td&gt;Alivio o manejo del dolor&lt;/td&gt;&lt;/tr&gt; &lt;tr&gt; &lt;td&gt;Tabletas bucales o pastillas&lt;/td&gt;&lt;td&gt;Anestesia&lt;/td&gt;&lt;td&gt;Alivio o manejo del dolor&lt;/td&gt;&lt;/tr&gt; &lt;tr&gt; &lt;td&gt;Inyecciones Intravenosas&lt;/td&gt;&lt;td&gt;Dolor agudo y post-operatorio&lt;/td&gt;&lt;td&gt;Alivio o manejo del dolor&lt;/td&gt;&lt;/tr&gt; &lt;tr&gt; &lt;td&gt;Bombas de infusión&lt;/td&gt;&lt;td&gt;Cuidados Paliativos&lt;/td&gt;&lt;td&gt;Alivio o manejo del dolor&lt;/td&gt;&lt;/tr&gt; &lt;tr&gt; &lt;td&gt;Lollipops o Caramelos de Fentanilo&lt;/td&gt;&lt;td&gt;Tratamiento de Pacientes con Tolerancia a Opioides&lt;/td&gt;&lt;td&gt;&lt;p&gt;Debido a su alta potencia el fentanilo puede superar la tolerancia desarrollada a otros opioides&lt;/p&gt;&lt;/td&gt;&lt;/tr&gt;&lt;/tbody&gt;&lt;/table&gt; &lt;p&gt; &lt;/p&gt; &lt;p&gt;En Colombia, los registros que se tienen sobre incautaciones y eventos adversos asociados al consumo de fentanilo están relacionados principalmente con fentanilo farmacéutico, al cual las personas acceden a través de su desviación de la cadena de suministro. En este sentido el Ministerio de Justicia y del Derecho a través del Observatorio de Drogas de Colombia se encarga de hacer seguimiento a estos reportes.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Reducir el potencial de abuso de esta sustancia requiere un enfoque multidisciplinario que permita evaluar aspectos clave tales como: la prescripción regulada como medicamento, educación de población con el objetivo de reducir el consumo, el monitoreo y tratamiento de las personas con consumo problemático, así como el desarrollo de tecnologías de identificación apropiadas al mercado dinámico de estas sustancias.&lt;/p&gt; &lt;p&gt; &lt;/p&gt; &lt;hr /&gt; &lt;p&gt; &lt;a name="_ftn1"&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href="#n1"&gt;[1]&lt;/a&gt; Observatorio de drogas de Colombia-ODC. “Situación actual de la problemática del fentanilo y opioides sintéticos con fines no médicos en Colombia”, 2024. Información disponible en: &lt;a href="https://www.minjusticia.gov.co/programas-co/ODC/Documents/Publicaciones/Fentanilo.pdf"&gt;https://www.minjusticia.gov.co/programas-co/ODC/Documents/Publicaciones/Fentanilo.pdf&lt;/a&gt;&lt;/p&gt;</summary> <dc:creator>Administrador inmlcf</dc:creator> <dc:date>2024-06-17T19:38:00Z</dc:date> </entry> <entry> <title>Algunos contextos de riesgos, para vulneración de los Derechos Humanos en Colombia</title> <link rel="alternate" href="https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1036135" /> <author> <name>Administrador inmlcf</name> </author> <id>https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1036135</id> <updated>2024-06-11T20:20:04Z</updated> <published>2024-06-11T20:12:00Z</published> <summary type="html">&lt;p&gt;Elaborado por el Grupo Regional de Psiquiatría Forense, Unidad Básica de Cali - Regional Suroccidente, como autores ponentes: la doctora Victoria Catalina Durán Bornacelli, Profesional Especializado Forense y el doctor Gustavo Adolfo Ballesteros Castañeda, Profesional Especializado Forense.&lt;/p&gt; &lt;hr /&gt; &lt;p&gt;Dentro de los derechos humanos se encuentran situaciones que llevan a que se vulneren los mismos, desde actores estatales del conflicto armado, e incluso población general. Siendo esta una situación, en la que cualquier ciudadano indistintamente puede verse involucrado en su rol como víctima.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Es así que este blog, busca proponer algunos escenarios en los cuales debemos estar más atentos, para prevenir dichas vulneraciones y para promover el goce efectivo de derechos.&lt;/p&gt; &lt;ol&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Conflicto Armado Interno: &lt;/strong&gt;históricamente la población civil de nuestro país, se ha visto expuesta a escenarios de violencia extrema en medio del conflicto armado. En este conflicto los actores principales que se han identificado son grupos armados ilegales y agentes del estado, sin embargo, el conflicto creció y llegó al punto de involucrar a la población civil, particularmente el campesinado, grupos minoritarios e inclusos niños, niñas y adolescentes. En medio del conflicto no solo se daba afectaciones a la integridad física de las personas, sino que ha vulnerado la vida de miles de colombianos, se afectaron los derechos sexuales y reproductivos de miles de mujeres, reclutamiento de menores, desarraigos familiares y geográficos e impactos psicológicos que pueden perdurar para toda la vida en las víctimas. Aunque no es fácil acabar de manera plena el conflicto, es deber de todos los ciudadanos promover un trato digno, respetuoso, empático.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Desplazamiento Forzado:&lt;/strong&gt; En consecuencia de lo anterior, este fenómeno no solo lleva a un desarraigo territorial, sino que impacta todas las áreas del funcionamiento del individuo, exponiéndolo a situaciones de alto grado de violencia, alejamientos de contexto geográfico y cultural, sensaciones de desprotección, injusticia, viéndose obligados a tener que adaptarse a un sitio ajeno y a veces hostil para el individuo y su familia.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Despojo de Tierras y Otros Bienes: &lt;/strong&gt;La pérdida de su territorio como parte integral de su estructura, lleva a un detrimento en su salud mental y a sus vínculos sociales, exponiéndolo a riesgos psicosociales extremos. En muchos casos estos desalojos destruyen el proyecto de vida del individual, de su familia y su comunidad.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Trata de personas con fines de explotación laboral y sexual:&lt;/strong&gt; Fenómenos como la pobreza, el desplazamiento, el despojo de tierras y el mismo conflicto armado, han favorecido a este tipo de explotación de personas, donde los mismos explotadores identifican los factores de vulnerabilidad de las víctimas y se aprovechan de la situación, llevándolos a escenarios altamente vulnerantes a la dignidad humana.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Tortura:&lt;/strong&gt; Se trata de una grave violación a la autonomía de las personas, al ser sometidas a tratos inhumanos y degradantes, ya sea como forma de castigo, confesión o intimidación. Aunque suele ser un término asociado a la acción de los agentes del estado, en nuestro país la tortura es un delito que puede ser cometido por cualquier ciudadano y que amerita no solo un reproche moral y social, sino también penal. Incluso una persona con antecedentes delictivos tiene derechos y jamás debería ser despojado de su dignidad.&lt;/li&gt; &lt;li&gt; &lt;strong&gt;Delincuencia Común:&lt;/strong&gt; Aunque suele estar relacionada con delitos variados y no siempre se habla de esta con respecto a los derechos humanos, lo cierto es que la delincuencia común volverá de manera frecuente y constante los derechos de las personas, ya sea por medio de homicidios, limitación de la libre deambulación, daños a infraestructuras, amenazas, intimidaciones y un detrimento general en la sensación de tranquilidad y seguridad de la ciudadanía, sumiéndolo en un temor constante, zozobra, que lleva a desesperanza por un mejor futuro.&lt;/li&gt;&lt;/ol&gt; &lt;p&gt;Estos son solo algunos ejemplos de situaciones vulnerantes en nuestro país, sin embargo, debemos estar atentos ante muchas otras posibilidades. Es importante mantener el trato digno, respetuoso y tolerante hacia los demás y no ser permisivo ante las acciones injustas de otros, con el objetivo de forjar un ambiente más tranquilo y de bienestar para todos y todas, sin distingo de etnia, género, condición social, procedencia ni otras variables.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Cabe resaltar y recordar la Declaración Universal de los Derechos Humanos, donde se establece que “&lt;strong&gt;Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos&lt;/strong&gt;” (ONU, 1948). Si usted sospecha algún escenario de posible vulneración de derechos humanos, puede denunciar ante las entidades del estado, incluso de manera anónima y por vía electrónica ante la Fiscalía General de la Nación u otras autoridades quienes son los garantes de la protección de los derechos humanos.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Invitamos a la comunidad en general a participar en nuestro blog, respondiendo las siguientes preguntas luego de haber leído la información, como sigue:&lt;/p&gt; &lt;ul&gt; &lt;li&gt;¿Cómo debe ser un buen trato, respetuoso de los derechos humanos?&lt;/li&gt; &lt;li&gt;¿De qué manera podría usted promover los derechos humanos en su comunidad?&lt;/li&gt; &lt;li&gt;¿Quiénes deben brindar un trato digno a las personas?&lt;/li&gt;&lt;/ul&gt;</summary> <dc:creator>Administrador inmlcf</dc:creator> <dc:date>2024-06-11T20:12:00Z</dc:date> </entry> <entry> <title>Necropsia Clínica versus Necropsia Medicolegal en el Contexto Normativo</title> <link rel="alternate" href="https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1032864" /> <author> <name>Administrador inmlcf</name> </author> <id>https://www.medicinalegal.gov.co/en/c/blogs/find_entry?p_l_id=130271&amp;entryId=1032864</id> <updated>2024-05-30T19:46:52Z</updated> <published>2024-05-30T19:28:00Z</published> <summary type="html">&lt;p&gt; &lt;/p&gt; &lt;p&gt;La reglamentación de las autopsias o necropsias en nuestro país tiene precedente en la Ley 9ª de 1979, “&lt;i&gt;Por la cual se dictan medidas sanitarias&lt;/i&gt;”, en el título IX, establece las normas relacionadas con las defunciones, traslado de cadáveres, inhumación y exhumación, trasplante y control de especímenes, así mismo, ordena reglamentar la práctica de autopsias de cadáveres humanos. Posteriormente, el presidente de la república expide el decreto 786 de 1990, mediante el cual se reglamenta la práctica de autopsias clínicas y médico-legales, así como, viscerotomías y se dictan otras disposiciones, en la actualidad compilado en el decreto 780 de 2016 reglamentario del Sector Salud y Protección Social.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Dicho decreto en su artículo primero precisa la denominación como sinónimos de autopsia o necropsia, al procedimiento mediante el cual a través de observación, intervención y análisis de un cadáver, en forma tanto externa como interna y teniendo en cuenta, cuando sea del caso, el examen de las evidencias o pruebas físicas relacionadas con el mismo, así como las circunstancias conocidas como anteriores o posteriores a la muerte, se obtiene información para fines científicos o jurídicos&lt;a name="n1"&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href="#_ftn1" id="n1" rel="nofollow"&gt;[1]&lt;/a&gt;, definición que ha permanecido vigente con el paso de los años, pese a otras ajustadas al área legal.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En el mismo documento indica que las autopsias se clasifican en médico-legales y clínicas, saldando de forma sencilla la diferencia de la siguiente manera: “&lt;i&gt;son médico-legales cuando se realizan con fines de investigación judicial y son clínicas en los demás casos”, &lt;/i&gt;pero luego, genera confusión al decir: &lt;i&gt;“las autopsias médico-legales y clínicas, de acuerdo con el fin que persigan, podrán ser, conjunta o separadamente&lt;/i&gt;”: i. Sanitarias: si atienden al interés de la salud pública; ii. Docentes: cuando su objetivo sea ilustrar procesos de enseñanza y aprendizaje; iii. Investigativas: cuando persigan fines de investigación científica, pura o aplicada, clasificación que concuerda con la actividad clínica más no con la forense.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Una necropsia médico legal podría tener fines docentes cuando participan médicos en formación, la investigación de esta es judicial mas no de investigación científica y sanitarias solamente si concurre con una manera de muerte violenta. Es por ello, que las necropsias de personas que fallezcan por algún evento de interés en salud pública y las muertes naturales cuando no se tiene diagnóstico clínico corresponden al sector salud y no al Instituto de Medicina Legal como órgano de apoyo técnico-científico en las investigaciones desarrolladas por la Fiscalía General de la Nación y los organismos con funciones de policía judicial.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En este sentido, la circular 0019 de 2007 del Ministerio de Protección Social y la circular conjunta externa de 2018 del Ministro de Salud y Protección Social junto al Fiscal General de la Nación, reiteraron el procedimiento para la expedición de certificados de defunción por muertes naturales, aclarando que cuando la manera de muerte no es violenta y se presume que es una muerte natural pero no se conoce la causa de defunción, procede la realización de una necropsia clínica y el responsable de realizar dicha necropsia es la IPS que prestó la atención en salud a la persona fallecida. &lt;a name="n2"&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href="#_ftn2" id="n2" rel="nofollow"&gt;[2]&lt;/a&gt;&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Una necropsia clínica busca establecer las causas de la muerte, la existencia de patologías asociadas y otras particularidades del individuo y de su medio ambiente. Además, confirmar o descartar la existencia de patologías, su evolución y su relación con el manejo médico, de tal forma, que se logre la correlación entre los hallazgos y el contenido de la historia clínica y finalmente, obtener la información necesaria para diligenciar el certificado de defunción. En resumen, se dice que la necropsia clínica es un procedimiento diagnostico póstumo, que permite visualizar la garantía en la calidad en la atención clínica y el seguimiento epidemiológico de datos de mortalidad para formular políticas de salud pública.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;La Resolución 4622 de 2016 del Ministerio de Salud y Protección Social, estableció que las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios son responsables de garantizar la prestación integral en salud a su población afiliada consecuente con su función de gestor del riesgo en salud de sus afiliados, les corresponde disponer de una red de prestadores para atender la contingencia que representa la determinación de la causa de muerte, incluyendo todos los procedimientos diagnósticos a que hubiere lugar, la atención post mortem y la certificación médica de la defunción cuando un afiliado suyo fallece en el domicilio.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En el caso de las necropsias medicolegales el Decreto 780 de 2016, establece los casos en los que proceden de manera obligatoria la autopsia médico-legal, que se homologan en el ámbito internacional a las muertes Ilícitas o potencialmente ilícitas, esto es, cuando ha habido homicidio o suicidio, cuando se requiera distinguir entre homicidio y suicidio, en muerte accidental o sospecha de la misma, y en otras muertes en las cuales no exista claridad sobre su causa, o la autopsia sea necesaria para coadyuvar a la identificación de un cadáver cuando medie solicitud de autoridad competente, este último, es requisito sine qua non.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;En el Instituto de Medicina Legal, recientemente se ha definido el término de “&lt;i&gt;muertes de interés forense&lt;/i&gt;”, con el fin de coligar aquellas que deben ser sometidas a judicialización y posterior necropsia médico legal, de la siguiente manera: las muertes de interés forense  comprenden tanto las muertes no naturales originadas por causas externas como las muertes naturales que, debido a un interés jurídico o a sospechas de criminalidad, son sometidas al proceso médico-legal por solicitud de familiares, médicos tratantes o autoridades judiciales.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Lo anterior, explica por qué el mencionado decreto describe taxativamente los casos específicos que proceden obligatoriamente, esto es, especifica algunos casos en los que se tendrían que llevar a cabo necropsias medico legales, contemplando las muertes de personas bajo custodia, como aquellas privadas de la libertad o que se encuentren bajo el cuidado y vigilancia del Estado; por enfermedad profesional o accidente de trabajo; por la utilización de agentes químicos o biológicos, drogas, medicamentos, productos de uso doméstico y similares; menores de edad cuando se sospeche que la muerte ha sido causada por abandono o maltrato; cuando se sospeche que la muerte pudo haber sido causada por un acto médico y la muerte de gestantes o del producto de la concepción cuando haya sospecha de aborto no espontáneo&lt;a name="n3"&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href="#_ftn3" id="n3" rel="nofollow"&gt;[3]&lt;/a&gt;. Lo cual contempla, los posibles incumplimientos del Estado en su obligación de proteger la vida o actos u omisiones del Estado, por los cuales deba responder.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Las necropsias medicolegales buscan establecer las causas de la muerte, la existencia de patologías asociadas, contribuir a la identificación del cadáver, establecer el cronotanatodiagnóstico (tiempo de muerte) y establecer circunstancias de la muerte y la manera como se produjo, entre otros, lo cual hace la diferencia en el alcance frente a las necropsias clínicas. Además, su producto final se relaciona con la información para efectos del dictamen pericial que se debe rendir a la autoridad judicial y la emisión del certificado de defunción que contribuya a la generación de datos para el análisis de los fenómenos de violencia en nuestro país.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Los profesionales competentes para la práctica de necropsias medicolegales, son los (a) Médicos dependientes de Medicina Legal, debidamente autorizados; (b) Médicos en servicio social obligatorio; (c) Médicos Oficiales; (d) Otros médicos, designados para realizarlas por parte de una autoridad competente y previa su posesión para tales fines. Con la única condición que deberán ser médicos legalmente titulados en Colombia o con título reconocido oficialmente de acuerdo con las disposiciones legales vigentes sobre la materia.&lt;a name="n4"&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href="#_ftn4" id="n4" rel="nofollow"&gt;[4]&lt;/a&gt; Para efecto, de salvaguardar la información de la actividad medicolegal en Colombia, se ha dispuesto el Sistema de Información Red de Desaparecidos y Cadáveres SIRDEC, a través del cual se debe generar el informe pericial y diligenciar el certificado de defunción antecedente para el registro civil. Mediante acuerdo entre Minsalud y el Instituto de Medicina Legal, la plataforma SIRDEC realiza la migración automática de datos homologados que se consignan en el informe pericial al aplicativo web de registro de nacimientos y defunciones - RUAF-ND.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Esperamos que a través de lo expresado se dé claridad a operadores judiciales, funcionarios del sector salud y demás partes interesadas, acerca de, cuáles muertes deben ser sometidas a necropsia medicolegal y cuales a necropsia clínica, evitando así, generar congestión al sistema judicial y costos administrativos para las entidades encargadas de la investigación penal.&lt;/p&gt; &lt;p&gt;Consientes que con nuestra actividad forense “Aportamos a la justicia en favor de la vida”, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses propende por su propósito institucional.&lt;/p&gt; &lt;div&gt; &lt;hr /&gt; &lt;div&gt; &lt;p&gt; &lt;a name="_ftn1"&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href="#n1"&gt;[1]&lt;/a&gt; Decreto 780 de 2016 reglamentario del Sector Salud y Protección Social.&lt;/p&gt;&lt;/div&gt; &lt;div&gt; &lt;p&gt; &lt;a name="_ftn2"&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href="#n2"&gt;[2]&lt;/a&gt; Memorando No 201522000120093 de la Dirección de Epidemiología y Demografía del Ministerio de Salud.&lt;/p&gt;&lt;/div&gt; &lt;div&gt; &lt;p&gt; &lt;a name="_ftn3"&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href="#n3"&gt;[3]&lt;/a&gt; Decreto 780 de 2016, artículo 2.8.9.7.&lt;/p&gt;&lt;/div&gt; &lt;div&gt; &lt;p&gt; &lt;a name="_ftn4"&gt;&lt;/a&gt;&lt;a href="#n4"&gt;[4]&lt;/a&gt; Decreto 780 de 2016, artículo 2.8.9.9.&lt;/p&gt;&lt;/div&gt;&lt;/div&gt;</summary> <dc:creator>Administrador inmlcf</dc:creator> <dc:date>2024-05-30T19:28:00Z</dc:date> </entry> </feed> 