Blogs INMLCF

Aportes del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses al Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición

El Sistema Integral de verdad, Justicia, Reparación y no Repetición – SIVJRNR, creado mediante el Acto legislativo 01 de 2017, en cumplimiento del acuerdo final para la terminación del conflicto armado y la construcción de una paz estable y duradera, es un sistema compuesto por mecanismos judiciales y extra judiciales para satisfacer en mayor grado los derechos de las víctimas, contribuyendo a la convivencia, la reconciliación y la no repetición del conflicto. El sistema está conformado por la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición; la Unidad para la Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado y la Jurisdicción Especial para la Paz. 

Para el logro de los objetivos del Sistema, se requiere la integración de los mecanismos y articulación con las instituciones, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses no ha sido ajeno a este proceso, dando cumplimiento a su misión fundamental, de prestar auxilio y soporte científico y técnico a la administración de justicia en todo el territorio nacional, en lo concerniente a medicina legal y las ciencias forenses.

Como respuesta a las nuevas necesidades en el marco de los acuerdos de paz, el Instituto creó en la estructura interna dos grupos, el Grupo Nacional de Apoyo a la Jurisdicción Especial para la Paz y el Grupo Nacional de Apoyo a la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el Contexto y en Razón del Conflicto Armado, los cuales tienen como finalidad, entre otras, coordinar, gestionar y apoyar las actividades que tanto la JEP como la UBPD, requieran como apoyo técnico y científico.

El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, desde su creación asumió el compromiso con las víctimas y los familiares de las personas desaparecidas y contribuye de manera permanente al esclarecimiento de la verdad a partir de su participación con aportes científicos a las investigaciones judiciales. 


La Unidad para la Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado – UBPD –
 
De acuerdo con el Decreto 589 del 05 de abril de 2017, la UBPD tiene por objeto “…dirigir, coordinar, y contribuir a la implementación de las acciones humanitarias de búsqueda y localización de personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado que se encuentren con vida, y en los casos de fallecimiento, cuando sea posible, la identificación y entrega digna de cuerpos esqueletizados…”, asimismo, establece que para su funcionamiento se requiere la articulación de entidades como el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. 

La UBPD coordina y adelanta con el apoyo técnico científico del INMLCF acciones para los procesos de búsqueda, localización, recuperación, identificación y entrega digna de cuerpos esqueletizados de personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado. 

En este sentido, la UBPD y el Instituto se han articulado para fortalecer y agilizar los procesos de identificación de cuerpos esqueletizados, la consolidación de información sobre personas desaparecidas y la coordinación de acciones para promover y adelantar la recolección y aporte de muestras biológicas de referencia de los familiares para complementar el Banco de Perfiles Genéticos. 

Para la búsqueda de personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado, la UBPD está coordinando con el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, un capítulo especial del Registro Nacional de Desaparecidos, bajo la coordinación del INMLCF, conforme a lo previsto en el artículo 9 de la Ley 589 de 2000. 

El artículo 9° de la Ley 589 de 2000, ordenó el diseño y puesta en marcha de un registro nacional de desaparecidos, a fin de incluir los datos de identificación de las personas desaparecidas, y de inhumación y exhumación de cadáveres de personas no identificadas; registro que por ley es coordinado por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. 

Por lo anterior y en cumplimiento del decreto 4218 de 2005, reglamentario del artículo 9° de la Ley 589 de 2000, mediante el cual se creó el Registro Nacional de Desaparecidos. El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, cuenta además con los siguientes sistemas de información: Sistema de Información Red de Desaparecidos y Cadáveres -SIRDEC-, Sistema Internet Consulta Masiva Información -SICOMAIN-, Sistema de Información Forense de Medicina Legal Colombia-SIFMELCO y el Banco de Perfiles Genéticos de Desaparecidos -BPGD-; los cuales no solo permiten la recolección de los datos relacionados con las personas desaparecidas, sino que, también permiten ampliar el rango de búsqueda y delimitar, si es posible, la información relacionada con el tipo de desaparición, como lo son las personas desaparecidas presuntamente forzada con ocasión del conflicto armado en Colombia

Estas bases de datos, han permitido la colaboración armónica en los procesos de investigación de la Justicia Especial para la Paz -JEP-, la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas -UBPD- y la Comisión para el esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la no Repetición; con las cuales se comparte información dentro del marco legal establecido en Colombia, protegiendo especialmente la intimidad de las personas desaparecidas y sus familiares, pero, encaminado a contribuir de manera efectiva al Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición.

En el marco del cumplimiento de los anteriores preceptos, se estableció un convenio interadministrativo macro entre el INMLCF y la UBPD, que ha permitido definir los mecanismos de articulación entre las dos entidades. Como resultado este proceso, se ha logrado especialmente la articulación en aspectos tales como: i) actualización de información de cadáveres en condición de no identificados o no entregados ii) recepción, manejo y entrega de cadáveres y elementos asociados, recuperados por la UBPD. iii) creación del procedimiento para la recepción, manejo y entrega de muestras biológicas de referencia recolectadas por la UBPD. iv) Impulso al proceso de identificación de cadáveres en condición de no identificados y v) Acceso a la información disponible en el Instituto, que pueda contribuir a determinar la suerte y paradero de las personas dadas por desaparecidas.

El Instituto y la UBPD acordaron la implementación del proyecto de impulso para la búsqueda de personas desaparecidas a nivel nacional, con el fin de realizar un diagnóstico de la información disponible, relacionada con los cuerpos en condición de no identificados que ingresaron al INMLCF desde el año 1960 hasta la firma del Acuerdo Final. Como resultado se logró ingresar más de 5000 casos de cadáveres no identificados al SIRDEC para el respectivo cruce y seguimiento.

La UBPD ha solicitado la práctica de exámenes médico legales a cadáveres recuperados en el marco de su misionalidad, el procesamiento de muestras tomadas a familiares de personas desaparecidas y los cruces en el banco de perfiles genéticos de desaparecidos. Procesos que contribuyen a la búsqueda, localización, recuperación e identificación de personas desaparecidas.

Para el cumplimiento de los anteriores requerimientos, el Grupo Nacional de Apoyo a la Unidad de Búsqueda en el contexto y en la razón del conflicto armado, conformado por expertos técnicos en diferentes disciplinas como son la medicina, odontología, antropología y genética, cuenta con documentos técnicos como “Funcionamiento y Administración del Banco de Perfiles Genéticos de Desaparecidos (BPGD)”, el cual describe las actividades y tareas propias para el funcionamiento y administración del banco; el instructivo “Ingreso de perfiles genéticos en el del Banco de Perfiles Genéticos de Desaparecidos (BPGD)”, el cual describe los lineamientos para el ingreso individual o carga masiva de perfiles genéticos a la plataforma CODIS del BPGD; y el Instructivo “Recepción y entrega de cadáveres procedentes de recuperaciones humanitarias y extrajudiciales” que permite garantizar la recepción ordenada y sistematizada de cadáveres en las sedes del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, procedentes de recuperaciones realizadas en el marco de procesos humanitarios y extrajudiciales, así como, la respectiva entrega digna de los cadáveres analizados e identificados.

Como seguimiento a la articulación interinstitucional, se realizan mesas técnicas de trabajo con funcionarios de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y la razón del conflicto armado pertenecientes a la Dirección de Prospección Técnica, Recuperación para el impulso de casos; entre las actividades desarrolladas, han solicitado cruces al Banco de Perfiles Genéticos de Desaparecidos, procesamiento de muestras, abordajes de casos en las diferentes regionales, ampliación de las entrevistas para ser ingresadas en el Registro Nacional de Desaparecidos, solicitar nuevos muestradantes informativos, entre otras.

Jurisdicción Especial para la Paz (JEP)

Los objetivos de la Jurisdicción Especial para la Paz están encaminados a satisfacer el derecho de las víctimas a la justicia, ofrecer verdad a la sociedad colombiana, contribuir a la reparación de las víctimas y su lucha contra la impunidad y adoptar decisiones que otorguen plena seguridad jurídica a quienes participaron de manera directa o indirecta en el conflicto armado, respecto a hechos cometidos en el contexto y en razón de éste.

Con la finalidad de disponer de un mecanismo robusto para poder analizar la complejidad de este conflicto armado, la Jurisdicción Especial para la Paz previó la creación de un grupo especializado que permitiera disponer de procesos interdisciplinarios de análisis y generación de contextos para las respuestas judiciales, que deben ser conocidas por los magistrados de las salas y secciones de esta Jurisdicción.

En virtud de lo anterior el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y Jurisdicción especial para la Paz, acordaron aunar esfuerzos técnicos, tecnológicos, logísticos, humanos y administrativos con el propósito de intercambiar informes, estudios, datos y demás información que sea relevante para la toma de decisiones judiciales del Tribunal Especial para la Paz y la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP, en el marco de la normatividad vigente, a través de un convenio interadministrativo firmado en el año 2019. Para el cumplimiento de dicho propósito, el Instituto creo el grupo de Apoyo a la Jurisdicción Especial para la Paz, encargado de articular las diferentes acciones. 

En atención a las medidas cautelares promovidas por el MOVICE, en las que se pretende el cuidado, la protección y la preservación de dieciséis (16) lugares del territorio nacional en donde podrían encontrarse cuerpos de posibles víctimas de desaparición forzada, el Instituto realiza el acompañamiento a la JEP en las labores de recuperación de cuerpos en condición de no identificados en cementerios de país y adelanta el abordaje forense integral de los cuerpos recuperados. Producto de estos análisis se ha logrado la identificación y entrega digna de cuerpos que se encontraban en condición de no identificados y como desaparecidos. Con el mismo objetivo se realizan jornadas de atención integral a familiares de personas desaparecidas, en coordinación con la JEP, que comprenden la realización de entrevistas técnicas forenses con fines de identificación y la obtención de muestras biológicas de familiares. 
Para la contextualizar las medidas cautelares implementadas por la JEP, el Instituto continúa entregando la información y documentos producto de la actividad forense a lo largo de su historia. 

Desde la implementación del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses se consolidó como el apoyo técnico científico de la Jurisdicción Especial para la Paz.

El grupo de Apoyo a la Jurisdicción Especial para la Paz, articulado con el Grupo Nacional de Apoyo a la Unidad de Búsqueda en el contexto y en la razón del conflicto armado gestionan los requerimientos de la Jurisdicción Especial para la Paz, para tal fin se están elaborando los documentos técnicos como el Procedimiento Trámite de solicitudes de la Jurisdicción Especial para la Paz y el Instructivo “El papel del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses ante la Jurisdicción Especial para la Paz.”; Documento de referencia para la atención de solicitudes de caracterización del daño en personas víctimas de graves violaciones a Derechos Humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario en el marco de la justicia restaurativa. 

Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición:

La Comisión para el Esclarecimiento, Verdad, Convivencia y No Repetición es un órgano de carácter extrajudicial, creada formalmente por el decreto 588 de 2017 “Por el cual se organiza la Comisión para el esclarecimiento de la verdad, la convivencia y la no repetición”, que busca contribuir al esclarecimiento de lo ocurrido y ofrecer una explicación amplia de la complejidad del conflicto

 La Comisión tiene como mandato esclarecer y promover el reconocimiento, entre otros de las Prácticas y hechos que constituyen graves violaciones a los derechos humanos y graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH), en particular aquellas que reflejen patrones o tengan un carácter masivo, que tuvieron lugar con ocasión del conflicto armado, así como la complejidad de los contextos y las dinámicas territoriales en las que estos sucedieron.

Para el cumplimiento del mandato de la Comisión de la Verdad, es de particular relevancia el conocimiento e información del Instituto sobre graves violaciones de derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario, por lo cual se estableció el mecanismo de intercambio de información a través de un acta de entendimiento. 

Finalmente, desde el quehacer Forense, el Instituto contribuye en el proceso de búsqueda, localización, recuperación, identificación y entrega digna de personas desaparecidas; el proceso de análisis Forense integral representa un eslabón fundamental en el proceso de búsqueda de la verdad y como alivio a años de incertidumbre y dolor de las familias. 

Los invitamos a participar en el foro relacionado con este tema.

Más entradas de blog

Manera de muerte homicida: Concepto médico legal vs Jurídico

Desde la experiencia acumulada, tanto personal como institucional, planteamos desde el...

Utilidad de los Informes de Psicología y Psiquiatría Forense para la Administración de Justicia

La psicología y la psiquiatría forense se constituyen en disciplinas que trascienden la...

Añadir comentarios

Accesos directos